Autor: Por André Pena Graña, doutor en Arqueoloxía e H
jueves, 10 de abril de 2008
Sección: Historia Antigua
Información publicada por: crougintoudadigo
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A letra “c” en posición invertida “)” , presente na epigrafía de Gallaecia dende o seculo I dC ata o século IV dC, nin significa castellu
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crougintoudadigo13 de abr. 2008Y cada castro es la domus, (domo en locativo) la "casa" de un dominus que estiende su dominium o jurisdicción por el espacio demarcado del castro.
El dominium del dominus comprende no solo las tierras de labor, montes y prados, aguas y fuentes dentro del espacio económico demarcado del castro/domo, sino también a los doméstici, los habitantes del castro a los que da tierras, pone o presta vacas y aperos de labranza a cambio de una renta.
Pues bien, una treba, tribu, túath, etc., lo que los romanos llaman indistintamente civitates/populi, no es un castro, la treba comprende entre cincuenta y el centenar de castros. Al frente de un castro está el señor. Al frente de la treba está un princeps, señor de los señores de los castros y de las gentes (las gentes, los habitantes, sin otro misterio) de la treba.
vamos ahora a ver como se expresa esto en la epigrafía funeraria de la nobleza celtogalaico-romana
crougintoudadigo13 de abr. 2008crougintoudadigo13 de abr. 2008crougintoudadigo13 de abr. 2008[1] María Lourdes ALBERTOS: 1975, p.65
[2] Conimbriga 23 (1984) pp. 43-54, in Jugen UNTERMANN, Actas do enc. cientif. en homenaxe a F. BOUZA BREY. 1993, p. 376
[3] CIL.III 2016
[4] CIL III 4227
[5]En una inscripción aparecida en Hungría (Gyalokue) con antropónimos y trebónimos o nombres de Territorios Políticos Autónomos Celtas: “ABILIVS TVRANCI F. BOBEGIVS VENINIF LANCIE[N]SIS, PENTIVS DOV(I)DERI F. ALIGANTIENSES” (J. UNTERMANN 1993 p. 376). Si bien desconocemos por no contar con una foto este epígrafe apuntamos la posibilidad de una mala lectio atendiendo a la razón de que viniendo el trebónimo adjetival, lancie[n]sis tras el patronímico Venini f. y sucediendo otro tanto en Dov(i)deri f. Aligantiensis, no vemos razón alguna para que no se repita la secuencia con Bobegius (La Terra que luego se llamará Presaras “Simul etiam comendatam uouis facio aliam ecclesiam uocabulo Sancti Michaelis, que simili modo auorum meorum est, nomine Odoari, ualle Presarense, Territorio Bauegio… ano 947 en LÓPEZ FERREIRO, obr cit. T. II apénd.; ahora bién también puede ser que un obscuro celta trebónimo galaico hubiese podido ser substituído en los primeros siglos de la dominación romana por el antropónimo epónimo Babegius de un princeps provincial); de igual modo tras el patronímico Turanci f. (estando aún este trebónimo atestiguado como arciprestazgo y Territorio Político en la Bula de Pascual II de 21 de abril de 1110, bula por la que el Papa confirma la posesión de una serie de antiguas Trebas -ahora (século XII) nombradas Terrae / Territoria y arciprestazgos – para la Iglesia Compostelana , apoyando a Gelmírez en el visitado largo pleito de los arciprestazgos con el Conde de Galicia D. Pedro Froilaz y con su hermano el obispo Vallibriense Munio (PENA GRAÑA :1992, pp .97-100): [...] ad perpetuam scae. compost. Ecclesiae pacen ac stabilitatem sancimus ut universa quae ad eiusdem beati Iacobi Apostoli Ecclesiam, in qua nimirum eius corpus requiescere creditur, propietario iure intra vestram relatione didicimus, quieta ommino et integra vobis vestrisque successoribus in perpetuum conserventur, videlicet Terra de Superato [Sobrado. Ptol II, 6,35]; Dormiana [Couto de Dormeá]; Babegium [Condado de Presaras. CIL III 4227]; Coronatum [Arcedianato de Cornado]; Mercia [Partido da Merca]; archipresbyteratus sci Pelagii de Circitello; Mons Sacer; Tabeirolos [Xurisdicción de Tabeirós]; Terra Montium vsque ad Auium [Xurisdicción de Montes]; Morracium [OMorrazo]; Saliniense [Arcedianato do Salnés, Ptol. II 6, 34]; Terra e Termarum (sive potius, cron. Iriens.) Celenes, [Caldas.Ptol. II 2, 6, 25; Plin. IV 111.CIL II 2649]; Terra Arcubus [Arcos]; Iriense [Iria ], Pistomarcus [Posmarcos. Plin. IV 111; Mela 3, 11]; Amaheae et alii Montes [Xurisdicción e partido de Amahía Ptol II, 6, 36]; Prucios [Xurisdicción de Pruzos], Lavacengos >Lapatia(n)co(r)um prumunturium [Arciprestado e Terra de Labacengos Ptol. II 6,4]; Arros [Arciprestado de Arrós. Plin. IV 111]; Nemitos [Terra, Tenencia y arcedianato de Nendos Ptol, II 6,41]; Bisancos (Terra tenencia y arciprestado de Bezoucos), Terra de Faro, Coporos Plin. IV, 111. CIL II 5250. Ptol. II, 6, 24); Celticos (Plin. IV 111),Brecantinos (Terra de Bergantiños Pto. II 6,30), in Montanis duos archipresbiteratus, Dubria, Barcala, Salagia, Gentines, et cetera usque ad Oceanum […] y más adelante: [...] castelum scae Mariae de Lanciata […] (Ptol. II 6,29; Plin. III 28). Cf. Hª Comp. T. I. Cap. XXXVI.
crougintoudadigo13 de abr. 2008[1] Conimbriga 23 (1984) pp. 43-54, in Jugen UNTERMANN, Actas do enc. cientif. en homenaxe a F. BOUZA BREY. 1993, p. 376
[2] CIL.III 2016
[3] CIL III 4227
[4]En una inscripción aparecida en Hungría (Gyalokue) con antropónimos y trebónimos o nombres de Territorios Políticos Autónomos Celtas: “ABILIVS TVRANCI F. BOBEGIVS VENINIF LANCIE[N]SIS, PENTIVS DOV(I)DERI F. ALIGANTIENSES” (J. UNTERMANN 1993 p. 376). Si bien desconocemos por no contar con una foto este epígrafe apuntamos la posibilidad de una mala lectio atendiendo a la razón de que viniendo el trebónimo adjetival, lancie[n]sis tras el patronímico Venini f. y sucediendo otro tanto en Dov(i)deri f. Aligantiensis, no vemos razón alguna para que no se repita la secuencia con Bobegius (La Terra que luego se llamará Presaras “Simul etiam comendatam uouis facio aliam ecclesiam uocabulo Sancti Michaelis, que simili modo auorum meorum est, nomine Odoari, ualle Presarense, Territorio Bauegio… ano 947 en LÓPEZ FERREIRO, obr cit. T. II apénd.; ahora bién también puede ser que un obscuro celta trebónimo galaico hubiese podido ser substituído en los primeros siglos de la dominación romana por el antropónimo epónimo Babegius de un princeps provincial); de igual modo tras el patronímico Turanci f. (estando aún este trebónimo atestiguado como arciprestazgo y Territorio Político en la Bula de Pascual II de 21 de abril de 1110, bula por la que el Papa confirma la posesión de una serie de antiguas Trebas -ahora (século XII) nombradas Terrae / Territoria y arciprestazgos – para la Iglesia Compostelana , apoyando a Gelmírez en el visitado largo pleito de los arciprestazgos con el Conde de Galicia D. Pedro Froilaz y con su hermano el obispo Vallibriense Munio (PENA GRAÑA :1992, pp .97-100): [...] ad perpetuam scae. compost. Ecclesiae pacen ac stabilitatem sancimus ut universa quae ad eiusdem beati Iacobi Apostoli Ecclesiam, in qua nimirum eius corpus requiescere creditur, propietario iure intra vestram relatione didicimus, quieta ommino et integra vobis vestrisque successoribus in perpetuum conserventur, videlicet Terra de Superato [Sobrado. Ptol II, 6,35]; Dormiana [Couto de Dormeá]; Babegium [Condado de Presaras. CIL III 4227]; Coronatum [Arcedianato de Cornado]; Mercia [Partido da Merca]; archipresbyteratus sci Pelagii de Circitello; Mons Sacer; Tabeirolos [Xurisdicción de Tabeirós]; Terra Montium vsque ad Auium [Xurisdicción de Montes]; Morracium [OMorrazo]; Saliniense [Arcedianato do Salnés, Ptol. II 6, 34]; Terra e Termarum (sive potius, cron. Iriens.) Celenes, [Caldas.Ptol. II 2, 6, 25; Plin. IV 111.CIL II 2649]; Terra Arcubus [Arcos]; Iriense [Iria ], Pistomarcus [Posmarcos. Plin. IV 111; Mela 3, 11]; Amaheae et alii Montes [Xurisdicción e partido de Amahía Ptol II, 6, 36]; Prucios [Xurisdicción de Pruzos], Lavacengos >Lapatia(n)co(r)um prumunturium [Arciprestado e Terra de Labacengos Ptol. II 6,4]; Arros [Arciprestado de Arrós. Plin. IV 111]; Nemitos [Terra, Tenencia y arcedianato de Nendos Ptol, II 6,41]; Bisancos (Terra tenencia y arciprestado de Bezoucos), Terra de Faro, Coporos Plin. IV, 111. CIL II 5250. Ptol. II, 6, 24); Celticos (Plin. IV 111),Brecantinos (Terra de Bergantiños Pto. II 6,30), in Montanis duos archipresbiteratus, Dubria, Barcala, Salagia, Gentines, et cetera usque ad Oceanum […] y más adelante: [...] castelum scae Mariae de Lanciata […] (Ptol. II 6,29; Plin. III 28). Cf. Hª Comp. T. I. Cap. XXXVI.
crougintoudadigo13 de abr. 2008[1] A. PENA: “O Territorio e as Categorias sociais na Gallaecia Antiga: Un Matrimonio entre a Terra (Treba) e a Deusa Nai (Mater). Anuario BRIGANTINO nº 17. 1995, pp. 62-63.
crougintoudadigo13 de abr. 2008crougintoudadigo13 de abr. 2008[1] M. L. ALBERTOS: “Perduraciones indígenas en la Galicia Romana : Los castros las divinidades y las organizaciones gentilicias en la epigrafía”. En Actas del coloquio internacional sobre el Bimilenario de Lugo. 1977, p. 17 ss.
crougintoudadigo13 de abr. 2008[1] CIL II 2484. Viriatis 1 (1957), p. 105. foto. Pastoriza. Chaves, in G. PEREIRA MENAUT: “Los Castella y las comunidades de Gallaecia”, IN Zephyrus (XXXIV), 1982, p.275.
crougintoudadigo13 de abr. 2008[1] Como por ejemplo, según nos lo propone Eulogio LOSADA BADÍA, “pertencente a”, que precisamente, señala este profesor, es el significado que el signo envorcado ) tiene en el lenguaje matemático.
[2] A. PENA GRAÑA: Obra citada. 1995, pp. 63-64.
[3] O subraiado en negriña é noso.
[4] G.PEREIRA MENAUT: “Los Castella y las comunidades de Gallaecia”, in Zephirus 1982, p.264.
[5] Se sobrentiende que es [miembro de la Casa o del linaje del señor de la treba] del principe .
crougintoudadigo13 de abr. 2008[…] ex / castello Tulei […]princep[s] vixit annis LXVIII
crougintoudadigo13 de abr. 2008Ubi dico
En un plis plas nuestro paredros Andrés atiende a su caridad
didaco
En un plis plas nuestro paredros Andrés atiende a su caridad
[…] ex|(castello) Ercorio/bri(gensi) […]
[…] ex/ Ercoriobri […]
non empeesça et valla
crougintoudadigo13 de abr. 2008crougintoudadigo13 de abr. 2008Elguismiqum = de los elguismos, Dagenicum= de los dagenos; Malugeniqum= de los malugenos ¿de los nacidos de Malu?; Aucaliqum= de los aucalos; Aeturiqum= de los eturos; Maureicum= de los Moreos
Y por ahora no le puedo decir más, supone mi paredros que estos 'gentilicios' explican muy bien el sistema celtoaltántico de la Tanistry, ya sabe la costumbre de los grupos familiares celtoatánticos de hacerse una piña al frente de un cabeza de familia.
Grupos que celebran sus sacra y cultos privados colectivamente, como las familias de hoy celebran las navidades, que presumen y tienen un antepasado epónimo mítico y melusino el que les da bonitos nombres que vd. cita, que dominan territorios y en ellos tienen su necrópolis familiar, y dominante sobre ella, como sucede en toda la Europa Atlántica y aún en Galicia, mamoa do rey, coto do rey, arca do rey, modia do rey, ect., se trataría probablemente un dólmen con una estela funeraria por imaginar calcolítica. Esa es la sacrosanta tumba fundacional del linaje Elguismico y esta es la estela de Elguismo -a una estela parecida calcolítica le pusieron en latin bajomedieval Fulano hijo de Mengano Aquí Yace (es la de Celtiati), piensa mi paredros Crougintoudadigo que por si quedaban dudas-.
Estos grupos nobiliares familiares Eturos o Moreos, son como los del clan Pétriz gallego, "Prolix Petriz" decian ellos, viven segun nuestro paredros Andrés Pena en el seno de la Tanistry todavía en la Edad Media, toman sus decisiones en consejos de familia, presididos por el tanaiste, en el caso de los Pétriz por el Conde Don Pedro y a su muerte por el Conde Don Fernando Perez, primer conde de Trastámara, y así hasta la muerte del último de ellos Rodrigo Gómez, sine semine.
Es una familia que tiene tambien todos su sus bienes en régimen (fintiu) de co-propiedad, percibiendo cada miembro una cuota o quiñon.
Y dice nuestro caro paredros Andrés Pena que si le cunde su explicación, que la use y la aproveche. Pero que
Bergan. Y dice crougintoudadigo que expiando nuestro pecado, y pese a su falta de caballerosidad y descortesía cuando se queja de tercería y no ante el interesado Cual es nuestro pecado?, atendiendo sin embargo a que es vd. persona abonada, catalán de origen gallego e ainda de As Lagoas, me pide nuestro caro paredros Andrés Pena le conteste, aun contrariado con su descortesía, auque se teme que revisitándole parcialmente lo que ya ha leido se le salgan con la suya los murmuradores. Por otra parte me avisa Silverius que todo tiene un límite, y que no debo intervenir tanto.
Será lo último por hoy.
decíamos Hungría (Gyalokue) entre antropónimos y trebónimos o nombres de Territorios Políticos Autónomos Celtas aparecen: “ABILIVS TVRANCI F. BOBEGIVS VENINIF LANCIE[N]SIS, PENTIVS DOV(I)DERI F. ALIGANTIENSES” (J. UNTERMANN 1993 p. 376).
Desconociendo este epígrafe, si está bien leido, y dicho esto como mera intuición, señor Bergan, le dice Crougintoudadigo, por no mudar su costumbre, que nuestro caro paredros Andrés Pena apuntó en su dia la posibilidad de una mala lectio atendiendo a que viniendo lo que parede ser el trebónimo ( inmoderatio uerborum, nos referimos al nombre del territorio político atonomo celtoatlantico) adjetival, lancie[n]sis tras el patronímico Venini f., y sucediendo otro tanto luego en Dov(i)deri f. Aligantiensis, le parecia extraño qeu no se repitiera la secuencia en la cláusula con Bobegius (La Terra que luego se llamará Presaras y citabamos entonces este documento “Simul etiam comendatam uouis facio aliam ecclesiam uocabulo Sancti Michaelis, que simili modo auorum meorum est, nomine Odoari, ualle Presarense, Territorio Bauegio… ano 947 en LÓPEZ FERREIRO, obr cit. T. II apénd.,
Antes de contestarle, le dire dos cosas. Las trebas en principio se mantienen inmutables en sus inmarcesibles marcos jurisdiccionales, pero sus nombres cambian como pasa San Petersburgo a Leningrado, Trasanci, Lapatianci, Arrotrebas, pasan a ser Trasancos, Lapacengos/Cetaria, y Ortumgalia.
Pero tambien las trebas/ciuitates/populi/territoria se fraccionan ocasionalmente con el paso de los tiempos, así ambas amaeas se fracionan para dar la Terra de Santiago, Brecantinos se fracciona para dar la Terra de Faro, y si estudia atentamente la sentencia de Alfonso V, sobre pleitos por los confines entre el condado de Aveancos y los de Cornado y Benbejo (aviancos cor(1007 López Ferreiro Apéndices II, LXXXII ) verá que los inviolables límites territoriales de los Trebas, Toudos/ ciuitates/populi/respubicae/ commissa (siue potius commissos) mandationes/territoria,/comitatos / y las dioceses/arciprestazgos, no eran tan imviolables.
Y dice Crougintoudadigo que constándole a su caro paredros, que es vd. un extraordinario medievalista, y aún de fina y limpia pluma, de bueno, sobrio y claro estilo, y nada afectado, ya podría vd.entrar, y mejor que nuestras paredrias, en las circunstancias en que se produjo la supuesta serrata esa del comitatus, si es que se produjo. Auque se convendrá conmigo que lo que en realidad pasó fue que el commiso pasó a ser de Supperado, perdiendo su antigua denominación y prosapia. Pero ésta vieja denominación , al igual que sucede con sus raices, caro Bergan y con sus genes, que todo se hereda menos acaso el dinero, aunque el tronco de su paredria se nos esté con sus ramas en Cataluña, no se perdió del todo y nos quedó la Gandera de Bavegio, reducida de egregia treba prerromana a mero topónimo medieval. Sic transit gloria mundi. Lo mismo le sucedió a Labacencos.
Se nos sorprendería vd, caro Bergman viendo a nuestras paredrías disfrutar con estas cosas (amen de la común consuetam rationem, el común derecho privado...., los comunes usos y costumbres, y quizás entonces apartando vd. un rato la vista de Cataluña, como en el epigrama de Marcial escucharía el canto del Océano Galaico... ) ya no en Babegio, ni el la Urbe Gallaecia, sino en Irlanda, y en Inglaterra, y en Escocia, y en Gales, y en la cara Bretaña.... Naciones heredera al cabo de la común tradición institucional celtoatlántica.
Espero que por darle gusto a vd., malhumoradillo señor:-), no haya agotado Crougintoudadigo la paciencia del caro Silberius.
Salud y Gloria.
Y le dice también nuestra paredria, vengándose un poco por sus quejumbrosas expresiones, o por agravarle el caso, que lo que a él más le preocuparía de la cuestión que su caridad plantea, radica en considerar que de ser Babegius o antropónimo o gentilicio latino, se nos pudo introducir en la cosa, suplantado en época imperial el nombre prerromano de una treba, ciuitas o populus. Pero se quiere pensar que Babegius es nombre prerromano autoctono.
No se si le habrán respondido bien , caro señor , a vd., nuestras paredrías, que tambien, le son como un puntillo 'medievalistas', y le sabemos paleografía y afectos a la documentación alto medieval.
Mi paredros Andrés Pena es autor de un libro Narón un concello con historia de seu II A Terra de Trasancos ollada dende os Mosteiros de Pedroso e Xuvia na Idade Media (1993), donde transcribimos en un apéndice el 'códice' 63b del AHNde Juvia, y tratamos a lo largo de 601 páginas, pormenorizadamente estos temas del paso de lo antiguo y tardoantiguo a lo medieval.
Y recientemente, pasado año, ampliamos de nuevo estos estudios que de un modo fundamental versan sobre complejas cuestiones del desarrollo de derecho privado, la evolución del territorio y la jurisdicción por una parte y de la propiedad por otra, hasta finales del siglo XII.
Por si es de su interés, le dice crougintoudadigo que la Historia de Narón, en tres volúmenes, con una rica factografia medieval, de nuestro paredros Andrés Pena Graña no está en su website www.andrepena.org, pero que es el trabajo al que ha dedicado su vida y sin reservas. Lo demás, el aburrimiento de este domingo que me hace dar a la tecla, el gusto de escribirle a vd. y las cosas celtillas a las que nos dedicamos, son grato pasatiempo.
no
crougintoudadigo14 de abr. 2008crougintoudadigo14 de abr. 2008Estoy de acuerdro con la segunda parte de su clausula, es correcto lo que dice " Ercoriobri, será ablativo de un Ercoriobris (como Miobri de Miobris), que da, efectivamente, los abundantes –bres gallegos"
Pero por lo arriba espuesto no puede ser, claro es nuestra opinión, En cuanto a "ese ex c(astello) "
Aunque sea el signo castello o ex, una vez que sabemos que este signo pervive durante todo el imperio, ya es irrelevante por lo arriba expuesto.
La cosa tenía relevancia cuando nos querían hacer creer que el signo invertido era una forma de organización autoctona mientras que las ciuitates eran una forma de organización romana, impuesta con los flavios, efecto de la concesión del ius latii, y muestra de la supuesta 'romanización' de Gallaecia. Esta era el paralogismo (falso razonamiento), no adjetivaré esta vez, y valoración (de Pereira Menaut en Galicia) que interesadamente se hacía el Galicia.
Una vez demostrado que el signo invertido dura todo el imperio, que no desaparece, desaparece la interpretación que quería ver en su caida y desaparición del registro epigráfico el efecto de la romanización.
Una vez demostrado esto, y pues que viene repetido el castro en el topónimo en ablativo que sigue a la letra c invertida, considerando que las dos formas de organización politica de los mini estados celtas son el continente o treba y el contenido , los cincuenta o cien castros que tiene en su interior, consideramos tambien que el valor del signo es irrelevante, pues que ya sabemos lo que quiere decir, diría exactamente lo mismo en un caso o en otro, y no se cambiaria en nada la comprensión del epígrafe.
La otra cosa, maniobrar con el signo invertido, como con los ojos del Guadianas, haciendolo desaparecer, obscura per obscuriora, en epoca Flavia, por personales necesidades, es una falacia metodologica que creo que hemos dejado a la vista de todos. ¿Hay alguien aún en vista mencionado del cuadro evolutivo de las letras latinas de Monteagudo que se crea que el signo cae en el siglo I d.C? Es lo mismo que pasó con el "lusitano" o con la inscripción de Arroyo. No eran prerromanas, eran bajoimperiales. El resultado lo sabemos todos.
crougintoudadigo14 de abr. 2008Croug. en este caso la letra ) es como "La letra escarlata." ;-)
Saudos
crougintoudadigo14 de abr. 2008Aunque el sistema de las tijeras pueda ser bueno, en este caso no veo la razón para retirarlo. Ni se ha faltado a nadie, ni está falto de interés -al contrario- por lo tanto, si fuera imprescindible retirarlo, espero que se nos avise antes para salvar los muebles y guardarlo en el disco duro.
Abundando en lo expuesto por Bergan, tengo entendido que la comisso de Bavegio se corresponde aproximadamente con el actual arciprestazgo de Benvexo (que incluye el concello de O Pino, entre Santiago y Curtis).
crougintoudadigo14 de abr. 2008crougintoudadigo14 de abr. 2008crougintoudadigo14 de abr. 2008Aquí Yace (lo ponemos al principio porque hace más bonito) Popilio Velloso (un alcume que decimos en Galicia) hijo de Flavio hijo de Vendieco de la Casa de Vacoi
Aquí Yace (lo ponemos al principio porque hace más bonito) Popilio Velloso (un alcume que decimos en Galicia) hijo de Flavio hijo de Vendieco, Lanciense, de la Casa de Vacoi
crougintoudadigo14 de abr. 2008Aquí Yace (lo ponemos al principio porque hace más bonito) Popilio Velloso (un alcume que decimos en Galicia) hijo de Flavio hijo de Vendieco de la Casa de Vacoi
est POSí
Aquí Yace (lo ponemos al principio porque hace más bonito) Popilio Velloso (un alcume que decimos en Galicia) hijo de Flavio hijo de Vendieco, Lanciense, de la Casa de Vacoi
crougintoudadigo14 de abr. 2008crougintoudadigo14 de abr. 2008crougintoudadigo14 de abr. 2008crougintoudadigo14 de abr. 2008crougintoudadigo14 de abr. 2008Amaco:
En [Deo Marti ?] Neto (?) / Valerius Avit[us] / M(arcus) Turranius Sulpici[anus], / de vico Baedoro / gentis Pinto(num), vico Baedoro expresa el lugar de residencia -y quizás de nacimiento- y el gentis pintonum sería prácticamente equivalente al Domo Vacoieci de la de Popillius, puesto que domus en latín es1 - maison, logis, domicile. - 2 - demeure, habitation. - 3 - pays, patrie. (domo emigrare, Caes. : quitter son pays. ) - 4 - maison, famille. (domus Assaraci, Virg. : les descendants d'Assaracus )
Por cierto Amaco, ¿se ha encontrado con que en la filiación de la difunta, no solo aparezca el padre, sino el marido también? Las dos inscripciones que he presentado, de la Sagra, entre Madrid y Toledo, indican que la mujer no cambiaba de gentilidad por matrimonio, sino que se conservaba la del nacimiento.
.
crougintoudadigo14 de abr. 2008crougintoudadigo14 de abr. 2008Sabe Crougintoudadigo que el texto que les quiero poner es un poquillo largo. Pero piensa nuestro paredros que es necesario que todos partamos de una base común. Les pide crougnintoudadigo permiso para poner ese texto larguillo ¿Lo podemos poner?
Et antea non Dixiemus lo que nuc Pixiemus, non empeesça et valla, cara Simarillion
Salud y gloria a todos
crougintoudadigo14 de abr. 2008crougintoudadigo14 de abr. 2008Creo que sí[1]
, pero como no lo sé seguro, hago una prueba. He copiado, puesto el cursor en el espacio de la respuesta, y luego dado a CONTROL + V. NO SALE EL TEXTO ANTERIOR A LA PRIMERA NOTA, QUE LUEGO HE AÑADIDO.
[1] O pienso que sí
Parece que sí[1]
.
[1] ¡Aleluya!
Coug
Oye. Para ir resolviendo tus problemas de código con los textos, te daré la receta que usamos los participantes añejos.
No escribas el texto en Word sino en el bloc de notas de tu ordenador, vale decir en texto sin formato.
Una vez que lo has copipegado en la casilla correspondiente, le das a lsa negritas y demás con la sherramientas de la web. El editor web y el Word no se llevan bien y luego te quedan todos esos textos que escarallan las páginas. Y menos que menos se te ocurra emplear el editor web de office que es como colocar una bomba.
Hazme caso y verás como se resuelven los problemas. Y sí, reconozco que el tema de las notas al pie y el W es un drama, pero bueno, tenerle paciencia.
crougintoudadigo14 de abr. 2008Hay 204 comentarios.
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