Este buscador realiza búsquedas sobre el texto íntegro de los Artículos, Poblamientos, Imágenes y Archivo de conocimientos, así como sobre los comentarios a los Artículos y Poblamientos.
Pulsa este icono si opinas que la información está fuera de lugar, no tiene rigor o es de nulo interés. Tu único clic no la borarrá, pero contribuirá a que la sabiduría del grupo pueda funcionar correctamente.
Soy nuevo en este foro, en los chats y en Estrabón. Llego tarde, pero necesito ayuda.
He leído cuanto pude de III, 4, 8. Quedo con más intrigas que certezas.
Con sonrojo, escribo:
Los comentarios leídos hasta ahora hacen casi exclusiva referencia a los dos elementos más notorios del régimen que describe el autor:
1) el matriarcado o ginecocracia, que remite al ejercicio o presunto ejercicio del poder por la matriarca (en realidad, el poder reside en la mujer, que lo delega en su consorte, a quien suele cambiar si no le sirve),
2) la matrilinealidad en la trasmisión del poder (en realidad lo trasmite la mujer, no la madre, puesto que lo delega “horizontalmente”. Esta trasmisión horizontal se dá también en la behetrías, donde la mujer de behetría trasmite o apodera a su marido del derecho a la vecindad y al uso de la tierra o bienes comunales, además de trasmitir la nobleza por línea de hembra).
No encuentro que se hayan tratado dos temas que bien pueden ser supervivencias (remnants) de un modo de organización social que debía responder a determinadas conductas que podrían caracterizar un sistema cultural que Ortiz-Ossés denomina mátrico, término más abarcativo. Sin ir más lejos, el tema de la “circulación de las mujeres” (Levi-Strauss), que bien podría considerarse, en el caso, “circulación de los hombres”.
Los sistemas mátricos no penalizan el libre ejercicio de la sexualidad, sino todo lo contrario (culto de Astarté). Como consecuencia, no se castiga el incesto. Y de esta consuetudo sobran ejemplos en España. En Navarra Muza ben Muza casó con Assona Iñiguez, su media hermana (Sanchez Albornoz). En Asturias Fruela, hijo de Alfonso I, fue muerto por sus hombres, “que muintos d’ellos auia feito carnudos” (Liber Regum). A comienzos del X Fruela 2 casa con Urraca, quien a la muerte de su marido casa con el hermano menor, Ramiro (Salazar Acha), remedando los matrimonios de Pérgamo o de los Herodes y tantas otras dinastías del Cercano Oriente. Sancho I el Gordo, rey de León, tuvo dos hijos, hermanos enteros, que fizieron mal su fazenda y tuvieron un hijo que fue el genearca de la ilustre Casa de Cabrera. Bracelos). En 1023 Sancho el Mayor escribe el Obispo de Vich consultándole si era lícito el matrimonio entre parientes. Poco antes de 1054 una hija del rey de Nájera había casado con su hermano/medio hermano. Etc.
El otro tema que no ha sido traído a colación como hipotético remanente es el de los bailes de las doncellas, tan populares en La Rioja, o las alcaldesas, o la pinochada de Vinuesa o Cobaleda, también en los Cameros, o las procesiones de las mondas y las móndidas portando sus panecillos (idolotitos). Y con ellos, directamente emparentados, las lúbricas danzas de las bailarinas de la fenicia Gades y, más reveladoramente, la fiesta de “La Madre Cochina”, en las cercanías de Toledo (que he presenciado), donde una mujer danza descubriendo de tanto en tanto sin pudor – ese es el rito – sus greguescos, es decir, repitiendo el culto de Astarté, que consistía en mostrarle su partes pudendas.
Por otra parte la redacción de Estrabón dice que los cántabros dotaban a las mujeres y éstas eran las que heredaban y se ocupaban de casar a sus hermanos, presunto matriarcalismo anómalo que comentaristas atribuyen al cambio que implicó la romanización (¿romanización hace dos mil años?). La incoherencia que encuentro en la redacción del geógrafo es que quien dotaba al hombre casadero era la reina, la matriarca o la magnate con quien casaban (por definición). Si la mujer casaba afuera (Barbero y Vigil), era ella la que dotaba con el reino.
Alguno tradujo Estrabón como que las cántabras casaban con sus hermanos, no “a” sus hermanos, lo cual parece más coherente con el régimen mátrico a que nos referimos.
Mis preguntas, mi pedido de ayuda, son pues las siguientes:
1) A Brigantius: ¿pudo haber sido adulterado el texto original?
2) A Brigantius: ¿puedes citarme el párrafo (o las páginas) donde Schulten habla de la promiscuidad sexual de las cántabras?
3) A Kaerkes: ¿A qué trabajos específicos de Robert J. Buchanan y Scout Bidstrup te refieres?
4) A Kaerkes: ¿Qué evidencias sugieren que para facilitar la masturbación ante Astarté los sacerdotes estimulaban oralmente a sus fieles? Hasta donde yo sé, la hipersexualidad de illo tempore no necesitaba de mayores estímulos. ¿Son evidencias o pruebas? Llegado el caso ¿se podría elegir?
5) A Ainé ¿Dónde puedo proveerme de las Cantigas de Escarnio, de las de Eanes, de Alfonso Soares y demás Cantigas Medievales?
6) A Pangur: ¿Qué fuente indica que en la Irlanda altomedieval existían siete (o nueve) clases distintas de esposas?
Soy nuevo en este foro, en los chats y en Estrabón. Llego tarde, pero necesito ayuda.
He leído cuanto pude de III, 4, 8. Quedo con más intrigas que certezas.
Con sonrojo, escribo:
Los comentarios leídos hasta ahora hacen casi exclusiva referencia a los dos elementos más notorios del régimen que describe el autor:
1) el matriarcado o ginecocracia, que remite al ejercicio o presunto ejercicio del poder por la matriarca (en realidad, el poder reside en la mujer, que lo delega en su consorte, a quien suele cambiar si no le sirve),
2) la matrilinealidad en la trasmisión del poder (en realidad lo trasmite la mujer, no la madre, puesto que lo delega “horizontalmente”. Esta trasmisión horizontal se dá también en la behetrías, donde la mujer de behetría trasmite o apodera a su marido del derecho a la vecindad y al uso de la tierra o bienes comunales, además de trasmitir la nobleza por línea de hembra).
No encuentro que se hayan tratado dos temas que bien pueden ser supervivencias (remnants) de un modo de organización social que debía responder a determinadas características que podrían caracterizar un sistema cultural que Ortiz-Ossés denomina mátrico, término más abarcativo. Sin ir más lejos, el tema de la “circulación de las mujeres” (Levi-Strauss), que bien podría considerarse, en el caso, “circulación de los hombres”.
En efecto, los sistemas mátricos no penalizan el libre ejercicio de la sexualidad, sino todo lo contrario (culto de Astarté). Como consecuencia, no se castiga el incesto. Y de esta consuetudo sobran ejemplos en España. En Navarra Muza ben Muza casó con Assona Iñiguez, su media hermana (Sanchez Albornoz). En Asturias Fruela, hijo de Alfonso I, fue muerto por sus hombres, “que muintos d’ellos auia feito carnudos” (Liber Regum). A comienzos del X Fruela 2 casa con Urraca, quien a la muerte de su marido casa con el hermano menor, Ramiro (Salazar Acha), remedando los matrimonios de Pérgamo o de los Herodes y tantas otras dinastías del Cercano Oriente. Sancho I el Gordo, rey de León, tuvo dos hijos, hermanos enteros, que fizieron mal su fazenda y tuvieron un hijo que fue el genearca de la ilustre Casa de Cabrera. Bracelos). En 1023 Sancho el Mayor escribe el Obispo de Vich consultándole si era lícito el matrimonio entre parientes. Poco antes de 1054 una hija del rey de Nájera había casado con su hermano/medio hermano. Etc.
El otro tema que no ha sido traído a colación como hipotético remanente es el de los bailes de las doncellas, tan populares en La Rioja, o las alcaldesas, o la pinochada de Vinuesa o Cobaleda, también en los Cameros, o las procesiones de las mondas y las móndidas portando sus panecillos (idolotitos). Y con ellos, directamente emparentados, las lúbricas danzas de las bailarinas de la fenicia Gades y, más reveladoramente, la fiesta de “La Madre Cochina”, en las cercanías de Toledo (que he presenciado), donde una mujer danza descubriendo de tanto en tanto sin pudor – ese es el rito – sus greguescos, es decir, repitiendo el culto de Astarté, que consistía en mostrarle su partes pudendas.
Por otra parte la redacción de Estrabón dice que los cántabros dotaban a las mujeres y éstas eran las que heredaban y se ocupaban de casar a sus hermanos, presunto matriarcalismo anómalo que comentaristas atribuyen al cambio que implicó la romanización (¿romanización hace dos mil años?). La incoherencia que encuentro en la redacción del geógrafo es que quien dotaba al hombre casadero era la reina, la matriarca o la magnate con quien casaban (por definición). Si la mujer casaba afuera (Barbero y Vigil), era ella la que dotaba con el reino.
Alguno tradujo Estrabón como que las cántabras casaban con sus hermanos, no “a” sus hermanos, lo cual parece más coherente con el régimen mátrico a que nos referimos.
Mis preguntas, mi pedido de ayuda, son pues las siguientes:
1) A Brigantius: ¿pudo haber sido adulterado el texto original?
2) A Brigantius: ¿puedes citarme el párrafo (o las páginas) donde Schulten habla de la promiscuidad sexual de las cántabras?
3) A Kaerkes: ¿A qué trabajos específicos de Robert J. Buchanan y Scout Bidstrup te refieres?
4) A Kaerkes: ¿Qué evidencias sugieren que para facilitar la masturbación ante Astarté los sacerdotes estimulaban oralmente a sus fieles? Hasta donde yo sé, la hipersexualidad de illo tempore no necesitaba de mayores estímulos. ¿Son evidencias o pruebas? Llegado el caso ¿se podría elegir?
5) A Ainé ¿Dónde puedo proveerme de las Cantigas de Escarnio, de las de Eanes, de Alfonso Soares y demás Cantigas Medievales?
6) A Pangur: ¿Qué fuente indica que en la Irlanda altomedieval existían siete (o nueve) clases distintas de esposas?
Es verdad. En caso de haber existido tal "matriarcado" pueden haber mil variantes políticas y distintos grados de evolución (no necesariamente unilineales).
De todas maneras, me parece necesario acabar con ese concepto equívoco de "matriarcado". Habría que empezar por definir y acotar los conceptos de "poder" y de "mando". Digo yo.
Biblioteca: El supuesto matriarcado de los cántabros.
Soy nuevo en este foro, en los chats y en Estrabón. Llego tarde, pero necesito ayuda.
He leído cuanto pude de III, 4, 8. Quedo con más intrigas que certezas.
Con sonrojo, escribo:
Los comentarios leídos hasta ahora hacen casi exclusiva referencia a los dos elementos más notorios del régimen que describe el autor:
1) el matriarcado o ginecocracia, que remite al ejercicio o presunto ejercicio del poder por la matriarca (en realidad, el poder reside en la mujer, que lo delega en su consorte, a quien suele cambiar si no le sirve),
2) la matrilinealidad en la trasmisión del poder (en realidad lo trasmite la mujer, no la madre, puesto que lo delega “horizontalmente”. Esta trasmisión horizontal se dá también en la behetrías, donde la mujer de behetría trasmite o apodera a su marido del derecho a la vecindad y al uso de la tierra o bienes comunales, además de trasmitir la nobleza por línea de hembra).
No encuentro que se hayan tratado dos temas que bien pueden ser supervivencias (remnants) de un modo de organización social que debía responder a determinadas conductas que podrían caracterizar un sistema cultural que Ortiz-Ossés denomina mátrico, término más abarcativo. Sin ir más lejos, el tema de la “circulación de las mujeres” (Levi-Strauss), que bien podría considerarse, en el caso, “circulación de los hombres”.
Los sistemas mátricos no penalizan el libre ejercicio de la sexualidad, sino todo lo contrario (culto de Astarté). Como consecuencia, no se castiga el incesto. Y de esta consuetudo sobran ejemplos en España. En Navarra Muza ben Muza casó con Assona Iñiguez, su media hermana (Sanchez Albornoz). En Asturias Fruela, hijo de Alfonso I, fue muerto por sus hombres, “que muintos d’ellos auia feito carnudos” (Liber Regum). A comienzos del X Fruela 2 casa con Urraca, quien a la muerte de su marido casa con el hermano menor, Ramiro (Salazar Acha), remedando los matrimonios de Pérgamo o de los Herodes y tantas otras dinastías del Cercano Oriente. Sancho I el Gordo, rey de León, tuvo dos hijos, hermanos enteros, que fizieron mal su fazenda y tuvieron un hijo que fue el genearca de la ilustre Casa de Cabrera. Bracelos). En 1023 Sancho el Mayor escribe el Obispo de Vich consultándole si era lícito el matrimonio entre parientes. Poco antes de 1054 una hija del rey de Nájera había casado con su hermano/medio hermano. Etc.
El otro tema que no ha sido traído a colación como hipotético remanente es el de los bailes de las doncellas, tan populares en La Rioja, o las alcaldesas, o la pinochada de Vinuesa o Cobaleda, también en los Cameros, o las procesiones de las mondas y las móndidas portando sus panecillos (idolotitos). Y con ellos, directamente emparentados, las lúbricas danzas de las bailarinas de la fenicia Gades y, más reveladoramente, la fiesta de “La Madre Cochina”, en las cercanías de Toledo (que he presenciado), donde una mujer danza descubriendo de tanto en tanto sin pudor – ese es el rito – sus greguescos, es decir, repitiendo el culto de Astarté, que consistía en mostrarle su partes pudendas.
Por otra parte la redacción de Estrabón dice que los cántabros dotaban a las mujeres y éstas eran las que heredaban y se ocupaban de casar a sus hermanos, presunto matriarcalismo anómalo que comentaristas atribuyen al cambio que implicó la romanización (¿romanización hace dos mil años?). La incoherencia que encuentro en la redacción del geógrafo es que quien dotaba al hombre casadero era la reina, la matriarca o la magnate con quien casaban (por definición). Si la mujer casaba afuera (Barbero y Vigil), era ella la que dotaba con el reino.
Alguno tradujo Estrabón como que las cántabras casaban con sus hermanos, no “a” sus hermanos, lo cual parece más coherente con el régimen mátrico a que nos referimos.
Mis preguntas, mi pedido de ayuda, son pues las siguientes:
1) A Brigantius: ¿pudo haber sido adulterado el texto original?
2) A Brigantius: ¿puedes citarme el párrafo (o las páginas) donde Schulten habla de la promiscuidad sexual de las cántabras?
3) A Kaerkes: ¿A qué trabajos específicos de Robert J. Buchanan y Scout Bidstrup te refieres?
4) A Kaerkes: ¿Qué evidencias sugieren que para facilitar la masturbación ante Astarté los sacerdotes estimulaban oralmente a sus fieles? Hasta donde yo sé, la hipersexualidad de illo tempore no necesitaba de mayores estímulos. ¿Son evidencias o pruebas? Llegado el caso ¿se podría elegir?
5) A Ainé ¿Dónde puedo proveerme de las Cantigas de Escarnio, de las de Eanes, de Alfonso Soares y demás Cantigas Medievales?
6) A Pangur: ¿Qué fuente indica que en la Irlanda altomedieval existían siete (o nueve) clases distintas de esposas?
Estimados y sabios druidas: HELP!
Biblioteca: La sexualidad en los pueblos antiguos.
Soy nuevo en este foro, en los chats y en Estrabón. Llego tarde, pero necesito ayuda.
He leído cuanto pude de III, 4, 8. Quedo con más intrigas que certezas.
Con sonrojo, escribo:
Los comentarios leídos hasta ahora hacen casi exclusiva referencia a los dos elementos más notorios del régimen que describe el autor:
1) el matriarcado o ginecocracia, que remite al ejercicio o presunto ejercicio del poder por la matriarca (en realidad, el poder reside en la mujer, que lo delega en su consorte, a quien suele cambiar si no le sirve),
2) la matrilinealidad en la trasmisión del poder (en realidad lo trasmite la mujer, no la madre, puesto que lo delega “horizontalmente”. Esta trasmisión horizontal se dá también en la behetrías, donde la mujer de behetría trasmite o apodera a su marido del derecho a la vecindad y al uso de la tierra o bienes comunales, además de trasmitir la nobleza por línea de hembra).
No encuentro que se hayan tratado dos temas que bien pueden ser supervivencias (remnants) de un modo de organización social que debía responder a determinadas características que podrían caracterizar un sistema cultural que Ortiz-Ossés denomina mátrico, término más abarcativo. Sin ir más lejos, el tema de la “circulación de las mujeres” (Levi-Strauss), que bien podría considerarse, en el caso, “circulación de los hombres”.
En efecto, los sistemas mátricos no penalizan el libre ejercicio de la sexualidad, sino todo lo contrario (culto de Astarté). Como consecuencia, no se castiga el incesto. Y de esta consuetudo sobran ejemplos en España. En Navarra Muza ben Muza casó con Assona Iñiguez, su media hermana (Sanchez Albornoz). En Asturias Fruela, hijo de Alfonso I, fue muerto por sus hombres, “que muintos d’ellos auia feito carnudos” (Liber Regum). A comienzos del X Fruela 2 casa con Urraca, quien a la muerte de su marido casa con el hermano menor, Ramiro (Salazar Acha), remedando los matrimonios de Pérgamo o de los Herodes y tantas otras dinastías del Cercano Oriente. Sancho I el Gordo, rey de León, tuvo dos hijos, hermanos enteros, que fizieron mal su fazenda y tuvieron un hijo que fue el genearca de la ilustre Casa de Cabrera. Bracelos). En 1023 Sancho el Mayor escribe el Obispo de Vich consultándole si era lícito el matrimonio entre parientes. Poco antes de 1054 una hija del rey de Nájera había casado con su hermano/medio hermano. Etc.
El otro tema que no ha sido traído a colación como hipotético remanente es el de los bailes de las doncellas, tan populares en La Rioja, o las alcaldesas, o la pinochada de Vinuesa o Cobaleda, también en los Cameros, o las procesiones de las mondas y las móndidas portando sus panecillos (idolotitos). Y con ellos, directamente emparentados, las lúbricas danzas de las bailarinas de la fenicia Gades y, más reveladoramente, la fiesta de “La Madre Cochina”, en las cercanías de Toledo (que he presenciado), donde una mujer danza descubriendo de tanto en tanto sin pudor – ese es el rito – sus greguescos, es decir, repitiendo el culto de Astarté, que consistía en mostrarle su partes pudendas.
Por otra parte la redacción de Estrabón dice que los cántabros dotaban a las mujeres y éstas eran las que heredaban y se ocupaban de casar a sus hermanos, presunto matriarcalismo anómalo que comentaristas atribuyen al cambio que implicó la romanización (¿romanización hace dos mil años?). La incoherencia que encuentro en la redacción del geógrafo es que quien dotaba al hombre casadero era la reina, la matriarca o la magnate con quien casaban (por definición). Si la mujer casaba afuera (Barbero y Vigil), era ella la que dotaba con el reino.
Alguno tradujo Estrabón como que las cántabras casaban con sus hermanos, no “a” sus hermanos, lo cual parece más coherente con el régimen mátrico a que nos referimos.
Mis preguntas, mi pedido de ayuda, son pues las siguientes:
1) A Brigantius: ¿pudo haber sido adulterado el texto original?
2) A Brigantius: ¿puedes citarme el párrafo (o las páginas) donde Schulten habla de la promiscuidad sexual de las cántabras?
3) A Kaerkes: ¿A qué trabajos específicos de Robert J. Buchanan y Scout Bidstrup te refieres?
4) A Kaerkes: ¿Qué evidencias sugieren que para facilitar la masturbación ante Astarté los sacerdotes estimulaban oralmente a sus fieles? Hasta donde yo sé, la hipersexualidad de illo tempore no necesitaba de mayores estímulos. ¿Son evidencias o pruebas? Llegado el caso ¿se podría elegir?
5) A Ainé ¿Dónde puedo proveerme de las Cantigas de Escarnio, de las de Eanes, de Alfonso Soares y demás Cantigas Medievales?
6) A Pangur: ¿Qué fuente indica que en la Irlanda altomedieval existían siete (o nueve) clases distintas de esposas?
Estimados y sabios druidas: HELP!
Biblioteca: La sexualidad en los pueblos antiguos.
Para Brigantius
Es verdad. En caso de haber existido tal "matriarcado" pueden haber mil variantes políticas y distintos grados de evolución (no necesariamente unilineales).
De todas maneras, me parece necesario acabar con ese concepto equívoco de "matriarcado". Habría que empezar por definir y acotar los conceptos de "poder" y de "mando". Digo yo.
Hay 3 comentarios.
1