Autor: A.M.Canto
lunes, 22 de enero de 2007
Sección: Artículos generales
Información publicada por: A.M.Canto


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THEODOR MOMMSEN EN LA POLÍTICA DE SU TIEMPO

Este artículo trata sobre las incansables y arriesgadas actividades políticas y periodísticas del más grande, variado, completo y prolífico historiador de Roma que ha existido hasta ahora, el liberal Theodor Mommsen, , un hombre "con coraje civil", que dejó escrito, al final de su vida, que lo mejor que había hecho en ella fue ser un animal político, y tratar de ser un ciudadano activo y útil.





Este artículo trata sobre las incansables y arriesgadas actividades políticas y periodísticas del más grande, variado, completo y prolífico historiador de Roma que ha existido hasta ahora, el liberal Theodor Mommsen, un hombre con "coraje civil", que dejó escrito, al final de su vida, que lo mejor que había hecho en ella fue ser un animal político, y tratar de ser un ciudadano activo y útil.

Lo dedico a todos los que piensan -incluso de buena fe- que la Política no forma parte íntima de la Historia de todos los tiempos. Y a los que creen que un aficionado o un profesional de la Historia puede o debe vivir de espaldas a los problemas de su propia época, o desentendiéndose de ayudar, con sus pocos o muchos conocimientos sobre el pasado de los hombres, a tratar de mejorar el presente y el futuro de su sociedad y de su nación.

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THEODOR MOMMSEN

Nació el 30 de noviembre de 1817 en Garding, Schleswig [h. Alemania]
Murió el 1 de noviembre de 1903 en Charlottenburg, cerca de Berlín.
Su nombre completo fue Christian Matthias Theodor Mommsen . Historiador y escritor alemán, famoso por su obra maestra, aunque inacabada, Historia de Roma (1854-55, 1885); si bien más gigantesca, si cabe, fue la coordinación y edición del Corpus Inscriptionum Latinarum (CIL) (1849...). Fue galardonado en 1902 con el Premio Nobel de Literatura. Su obra fue revolucionaria, y muchos de sus libros y artículos siguen siendo clásicos.

Algunas biografías y bibliografías detalladas:
http://www.mommsen.de
http://search.nobelprize.org/search/nobel/?q=mommsen&i=en&x=0&y=0
http://nobelprize.org/nobel_prizes/literature/laureates/1902/mommsen-bio.html
http://www.poemas-del-alma.com/theodor-mommsen-escritor.html


Foto de hacia 1900, poco antes de morir.


THEODOR MOMMSEN COMO POLÍTICO

En paralelo a su actividad científica, Mommsen fue siempre políticamente activo y se ocupó entre otros temas, muy críticamente, del Antisemitismo, el Imperialismo y, como contemporáneo que fue de la revolución de 1848, del Liberalismo.

Desde 1863 a 1866, y nuevamente de 1873 a 1879, fue diputado en la Cámara de Prusia. Desde 1881 a 1884 fue miembro del Reichstag, primero del Partido de los Progresistas Liberales, más tarde de los Nacional-Liberales y, por último, de los Secesionistas. Se ocupó de forma especial de cuestiones relativas a la política científica, a la Educación, y representó las posiciones nacionales. Finalmente, debido a los desacuerdos acerca de la política imperial, cuyo futuro veía de forma muy pesimista, recomendó con fuerza la cooperación de los Liberales con la Social-Democracia.

Mommsen se enfrentó duramente en 1881 con el canciller Bismarck a causa del tema de las políticas sociales. En la llamada “Batalla antisemita de Berlín” de 1879/1880, se revolvió duramente contra su colega el historiador Heinrich von Treitschke, quien había acuñado el slogan “Los judíos son nuestra desgracia”, con lo que, a los ojos de Mommsen, había puesto de moda el antisemitismo.

Fuente: http://de.wikipedia.org/wiki/Theodor_Mommsen#Mommsen_als_Politiker

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EL MOMMSEN POLÍTICO Y PERIODISTA

Mommsen fue también un belicoso político y periodista. Poseedor de un gran coraje civil, se posicionó en favor de los derechos de los hombres y los ciudadanos, incluso cuando ello le causara perjuicios.

Mommsen tomó parte en 1848/1849 en la revolución en Schleswig-Holstein y en Sajonia a favor de una Alemania libre. Por esta causa aceptó perder su cátedra de Derecho en Leipzig. Posteriormente fue miembro de la Cámara de Diputados de Prusia y del Reichstag.

Tras la fundación del Imperio en 1871, lamentó pública y reiteradamente que los alemanes honraban en exceso un gobierno de poderes tan duros, y renunciaban a la protección de sus propios derechos y libertades. En su testamento de 1899 hizo diversas juicios sobre sí mismo y al mismo tiempo sobre la cultura política de su tiempo: “En lo más íntimo de mi ser, estoy convencido de que lo mejor que hubo siempre en mí fue haber sido siempre un animal político, y que quise siempre ser un ciudadano. Y esto no es posible en nuestro país.”

Fuente: http://www.garding.de/mommsen/
(Interesante sitio de la exposición permanente sobre la vida y obra de Mommsen, en su modesta casa familiar en Garding)

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Su ideología liberal prejuzgó sus puntos de vista sobre la Historia Antigua; sus contemporáneos alemanes son claramente reconocibles en el escenario romano. Aunque era un gran admirador de César, denunció con todo su vigor el cesarismo.

Fuente: http://www.ztonews.com/MOMMSEN/

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Mommsen en su despacho de trabajo (Fuente: Schleswig-Holsteinische Landesbibliothek)


LA POLÍTICA AL VOLVER DE ITALIA

Al volver de Italia, Mommsen encontró a su país sumido en un estado creciente de malestar. En cuanto nativo de Schleswig, era súbdito del rey de Dinamarca, pero se consideraba alemán y deseaba seguir siendo alemán, con la vista puesta en la unidad alemana. Para él la libertad no significaba sólo la independencia de los estados alemanes de la influencia extranjera, sino también la libertad del ciudadano alemán para adaptarse a cualquier clase de constitución que no fuera el despotismo o un estado policial.

Como buen liberal, tenía a la República como forma de Estado ideal, a pesar de lo cual se sentía bastante satisfecho con una monarquía constitucional, siempre que no fuera una tapadera para determinada clase de autocracia pseudo-constitucional.

Las actividades políticas de Mommsen comenzaron con la tareas de redacción del periódico Schleswig-Holsteinische Zeitung para el gobierno provisional establecido durante la revolución de 1848. El periodismo no le agradaba del todo, por lo que se sintió feliz cuando, a fines de 1848, le ofrecieron una cátedra de Derecho Civil en la Universidad de Leipzig. Sin embargo, mantuvo su concienciación política a lo largo de toda su vida, como reflexivo pensador y observador muy crítico tanto como político en activo. Fue diputado del Parlamento de Prusia de 1873 a 1879, y representante en el Reichstag alemán de 1881 a 1884. Continuó dedicando su tiempo y sus energías a la política, aunque puede dudarse de que con ello sirviera a los mejores intereses de su país y a sus propios intereses. Mientras era una autoridad reconocida en su campo de estudio, en política no pasó de ser un simpatizante, que alcanzó no mucho más que muchos otros. Es más, en más de una ocasión puso en peligro su carrera debido a sus actividades políticas. En mayo de 1849, a causa de su participación en un levantamiento en Sajonia, perdió su cátedra y casi da con sus huesos en la cárcel.

Después de ser despedido de Leipzig, Mommsen aceptó en 1852 una cátedra de Jurisprudencia en Zürich. El pesar que expresó acerca de ser un exiliado deja traslucir cuán profundamente lamentaba ser él mismo un alemán. Sin embargo, en 1854 le fue ofrecida otra cátedra en Prusia, en la Universidad de Breslau. Por este tiempo se casó con Marie Auguste Reimer, hija de un librero. Su largo y feliz matrimonio tuvo como fruto 16 hijos.

Fuente: http://www.britannica.com/eb/article-4937/Theodor-Mommsen

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El 1 de noviembre del año 1903 moría Theodor Mommsen en su casa de Marchstrasse (Charlottenburg, Berlín). Intelectuales y hombres de Estado de Europa entera expresaron su pesar por la muerte del más grande de los investigadores de la Roma antigua, del genial coordinador de decisivos proyectos científicos, del infatigable estudioso de la Antigüedad, del político comprometido con la vida pública de su tiempo.

Fuente: http://enciclopedia.us.es/index.php/Theodor_Mommsen


© De los textos originales y fotos: las webs indicadas y sus autores.
© De la selección de los textos y las traducciones del alemán e inglés: Alicia M. Canto, Universidad Autónoma de Madrid, 1-octubre-2006.



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Comentarios

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  1. #51 giorgiodieffe 06 de oct. 2006

    Bene, in Italia questo si chiama "arrampicarsi sugli specchi".
    ...non c'è peggior sordo di chi non vuol sentire!

    Yo he puesto el enlace a wikipedia por qué es el mas inmediato que encontré y el mas facil para todos. Te aseguro que he estudiado el derecho como hiciste tu, solo que en escuela diferente....problemente eso cambia nuesta perspectiva.

    Tu interpretacion de la palabra "geschichte" como simple "narracion" es personal: la traduccion primaria del aleman es "historia" y asì la entendieron los que la leeron en 1815, pero a ti no te gusta por qué rompe todo el castillo que montaste.

    Los Longobardos tenian "instituta", no "instituciones politicas": la segunda definicion se compone de dos palabras, que nunca los Longobardos pusieron juntas y que no tuvieron sentido alguno para ellos. Claro? Eso te lo digo como historiador del derecho italiano. Que te creas o no.

    Y gracias por aclarar que el derecho penal romano no se aplicaba...tb las magistaturas romanas no existian mas...
    Pero como te decia "el primer tomo de la Geschichte del Savigny nos ofrece tres capitulos dedicados al sistema judiciario romano"...no al sistema juridico medieval...al romano antiguo. Claro????
    Si eso no es hacer historia del derecho, que es?
    "Narracion" pura?
    Savigny era una abuelita???

    He hablado de Savigny, por qué sin el y la polemica con los codificadores, no habria sentido la obra de Mommsen. Stop.

    Y no molestarte, por qué, cuando se estudia en libros diferentes de escuelas del derecho diferentes, pasa que se tengan puntos de vistas diferente.

  2. #52 Teshub 06 de oct. 2006

    Sin duda hemos estudiado en escuelas diferentes. Pero yo no me he montado ningún castillo, o no me entiendes o no quieres entenderme....máxime cuando resulta que según dices has estudiado Derecho...pues entonces sí que no lo entiendo. Porque podremos estar de acuerdo o no, pero que no me entiendas...
    Geschichte es tan traducible como historia que como narración, o como fábula, no es ninguna interpretación personal. Te remito al diccionario de la universidad técnica de Chemnitz, uno de los mejores on line:
    http://dict.tu-chemnitz.de/dings.cgi?lang=de&service=&opterrors=0&optpro=0&query=geschichte&comment=
    Por ejemplo, "eine nachdenkliche Geschichte" significa un argumento para reflexionar. ¿O tu dices "una historia para reflexionar"?...porque en el español que yo conozco, eso no se emplea, como mucho, "un hecho para reflexionar" (a lo mejor es que ahora tampoco hablo bien español).
    En todo caso, tus argumentos siguen sin contradecirme en nada. Te he dicho bien claro que en 1840 en Inglaterra, Italia (los diversos territorios italianos), España, Francia, podía hablarse de historia del Derecho romano, pero no en Alemania. Y tu vas y apareces con un libro de Savigny donde me vuelves a recalcar: "Pero como te decia "el primer tomo de la Geschichte del Savigny nos ofrece tres capitulos dedicados al sistema judiciario romano"...no al sistema juridico medieval...al romano antiguo. Claro???? Si eso no es hacer historia del derecho, que es? "Narracion" pura?. Savigny era una abuelita???"

    1) Te he dicho bien claro que Alemania nunca formó parte del imperio romano, salvo algunas zonas de renania y baviera, la "historia" que cuenta Savigny se refiere a otros territorios donde había imperio romano, y que, por tanto, no son Alemania ¿O ahora has decidido cambiar la geografía?. Yo puedo explicar la historia de los maoríes en Nueva Zelanda, pero no puedo escribir sobre la historia de los maoríes en España...porque nunca hubo.
    2) Vuelves a mencionar el sistema judicial romano (que no judiciario, eso es francés. Además, judiciaire es una cosa y juridique es otra)..no me lo confundas con el Derecho, por favor. Que los pretores hacían el Derecho, pero no eran Derecho, como los jueces no son Derecho, son administración pública. Y es obvio que la magistratura romana, como los cursus honorum, es algo que desapareció con el imperio romano. Hablar de Calígula es hablar de historia, hablar de la ley Rhodia de iactu en 1840 en Alemania no lo era (con independencia de que pudieras explicar su evolución o aplicación).
    3) Léete el también libro de Savigny, "System des heutigen römischen Rechts", y me cuentas a ver a qué historia del Derecho romano en Alemania se refiere con él (debió de ser que la abuelita rejuveneció en 15 años)
    4) Ni los longobardos ni nadie pueden poner juntos las instituciones y la política en el sentido de los textos romanos, ya que las instituta sólo se refería a las ciencias (como la jurídica) y la política no lo era, luego no podía tener elementos o principios técnicos. Por lo demás, los longobardos no aportaron nada a la historia del Derecho europeo, asi que me importan muy poco, aunque sean tus ancestros (si naciste en las zonas de Italia controladas por ellos). Además, todo el derecho longobardo está en internet (lo que no puedo decir del español)
    5) Constituciones en el sentido de 1840 -entendiendo por tales cuando menos la americana, y en su caso, la francesa, aunque ambas no se parecen en nada- existieron antes de los romanos (Atenas tuvo varias, que yo recuerde, la de Draco, la de Solón y Clístenes...aunque a lo mejor Aristóteles era como Mommsen y escribía sobre lo que no había) y nunca los romanos sintieron la menor necesidad o interés en recordarlas ni mucho menos en copiarlas.

    Por lo demás, si disfrutas pensando que en Alemania se podía escribir sobre historia del Derecho romano en referencia a la propia Alemania, pues vale, tú mismo. De todos modos, creo que si vamos a seguir discutiendo de derecho, lo mejor es abrir otro foro de debate, que este iba sobre Mommsen

  3. #53 giorgiodieffe 06 de oct. 2006

    Ok hablamos lenguas diferentes, y no solo por qué yo hable italiano y tu espanyol.

    P.D. Gracias por la aclaracion que Alemania no fue parte del imperio romano, pero tienes que corrigirte, por qué una parte de Alemania lo fue.
    Te suena Colonia Agrippina?

  4. #54 giorgiodieffe 06 de oct. 2006

    Y te anyado que por hacer historia del derecho tienes tb que hacer historia de la administracion publica del derecho y de las normas que la regulan.
    Eso es el "sistema giudiziario" en italiano, por consecuencia tengo bien clara la diferencia entre judiciaire y juridique.

  5. #55 Teshub 06 de oct. 2006

    Un inciso sobre el libro de Savigny relativo a la Edad Media (Geschichte des römischen Rechts im Mittelalter):

    "Advertencia preliminar:
    Esta obra se divide en dos grandes partes, abarcando respectivamente el tiempo anterior y posterior a la fundación de la escuela de Bolonia, alrededor del 1100 DC. La etapa previa es objeto del primer y segundo volúmenes, que se refieren consecuentemente al mismo período. Específicamente, el primer volumen contiene la evidencia general de la preservación del Derecho romano antes del 1100 DC; mientras que el segundo se dedica al examen de las particulares huellas de esa permanencia, que existían entre los diferentes Estados y naciones, antes de dicha fecha"
    Estos son los capítulos del libro, en la edición inglesa de Edimburgo de 1829, traducido por Cathcart:

    Capítulo I Las fuentes del Derecho en el s. V Pag. 1

    Capítulo II Estructura y características del sistema judicial romano en el s. V Pag. 16

    Capítulo III Las fuentes del Derecho en los nuevos reinos germánicos tras la conquista Pag. 99

    Capítulo IV El sistema judicial de los germanos, antes y después de la conquista, Pag. 169

    Capítulo V Sistema judicial romano, tras la conquista germana, Pag. 272

    Capítulo VI Situación de la enseñanza del derecho durante la primera parte de la Edad Media. Pag. 435

    El libro en total tiene 451 pag, de las cuales las fuentes del Derecho en el s. V son 15 (y es la única época en donde se puede hablar propiamente de Derecho romano, y sólo hasta cierto punto, ya que en el 476 Odoacro acaba con el sistema jurídico-político romano, y en esa época ya estaban vigentes el Edicto de Teodorico, el de Papiano, y el Breviario de Alarico, que no eran propiamente Derecho romano). En cualquier caso, está claro que ese libro no es de Derecho romano --pues en 15 pagínas no se puede explicar el Derecho romano ni loco-, sino del sistema político-institucional y judicial romano y su supervivencia en la Edad Media a través de las facultades de Derecho y de los sistemas jurídicos germanos.
    El título más adecuado para ese libro, visto su contenido (y habiendo leido tres de los capítulos, lo que deberíamos hacer todos) sería "Pervivencia de Elementos del sistema jurídico romano durante la Edad Media", o "Supervivencia de las instituciones jurídicas romanas en la Edad Media". Desde luego, "Historia del Derecho romano en la Edad Media", no...por mucho que lo hayan traducido así. La propia introducción del libro bien lo aclara, los dos primeros capítulos hablan de la pervivencia del Derecho romano (o mejor dicho, de las instituciones jurídicas romanas) durante la alta Edad media.
    Ahora ya podemos discutir el título con conocimiento de causa (y sin wikipedia).....pero en otro foro.



  6. #56 Teshub 06 de oct. 2006

    "P.D. Gracias por la aclaracion que Alemania no fue parte del imperio romano, pero tienes que corrigirte, por qué una parte de Alemania lo fue.
    Te suena Colonia Agrippina?"
    ¿Sabes donde están Renania y Baviera, o esa parte de los Lander alemanes no te suenan?...porque las he citado en todas mis referencias a Alemania. Que he vivido en Luxemburgo, así que conozco mejor las fronteras del imperio de lo que te puedas creer. Es más, te voy a añadir Treveris, que era mucho más importante que Colonia...y lo tenía a 30 kms de distancia. He recorrido el Rhin desde Maastricht hasta Maguncia, me conozco los asentamientos romanos muy bien.

    Para explicar el derecho (y más uno no vigente) yo no necesito explicar qué juez lo aplica, eso lo necesito saber cuando quiera introducir una acción o un recurso. Yo he estudiado 4 años de derecho civil y nadie me ha contado qué tribunales lo aplican, para eso está el derecho procesal.
    ¿Te suena la diferencia entre derecho sustantivo o material y derecho procesal?. ¿O eso no se estudia en Italia?

    Aquí esta´el libro9 completo de Savigny, System des heutigen römischen Rechts
    Berlin , 1840
    http://dlib-pr.mpier.mpg.de/m/kleioc/0010/exec/books/%22199236%22

    Me parece que andarse con estas tonterías esta fuera del tema, así que yo acabo aquí. Si quieres hablar de Derecho romano, de la recepción del Derecho romano en el s. XIX o de temas relacionados, abre uno y seguimos ahí.
    Perdón a todos por el tiempo perdido

  7. #57 MARCOVITO 07 de oct. 2006

    Haya paz, que aunque dura la dispita, se mantien en términos, que a los que nos dedicamos aunque sea de forma marginal a la Historia del Derecho, era muy interesante. Yo creo Teshub y Giorgio, que os estais ofuscando por nada, que más da, si decimos que Momsem, era historiador del Derecho, o no, lo cierto es que era un personaje impresionante.

  8. #58 A.M.Canto 09 de oct. 2006

    Se produjo aquí en días pasados un largo debate sobre qué era Mommsen. En esencia, Giorgiodieffe defendió que Mommsen "era un historiador del derecho" y Teshub que "yo lo dejaría en jurista con afición por la historia". Otros lo hemos definido como un hombre polifacético, pero esencialmente como un historiador de la Antigüedad.

    Para que este punto no quedara sin dilucidar, he andado localizando a ratos perdidos un artículo que recordaba vagamente, y ya di con él, porque creo que podemos, o debemos, dar preferencia a cómo se juzgaba el propio Mommsen.

    En 1948 se dio a conocer un codicilo de su testamento, firmado en Heringsdorff el 2 de septiembre de 1899, por tanto pocos años antes de morir. En 1952 se publicó su traducción al inglés, en la entonces nueva revista Past and Present (Th. Mommsen, "Last Wishes", nº 1, p. 71). Casi al comienzo del codicilo, Mommsen dejó dicho:

    "Circunstancias fortuitas me colocaron entre los historiadores y los expertos clasicistas, aunque mi formación y, supongo, mi talento, no eran suficientes para estas dos disciplinas." (la versión inglesa: "External accidents placed me among historians and classical scholars, although my training, and also, I suppose, my talent, was not sufficient for these two disciplines.").

    Mommsen, por consiguiente, se consideró a sí mismo como "un historiador y un filólogo clásico", aunque con el hándicap (según él) de no haber tenido la suficiente formación para serlo. Una extraordinaria modestia, dicho sea de paso.

  9. #59 Amerginh 09 de oct. 2006

    Efectivamente, que Mommsen careciese (quizás no sea un verbo muy acertado en este caso) de una formación de historiador, no implica que no lo fuese. Más vale el talento y la inteligencia, y, sobre todo, el saber interpretar y ver mas allá de lo obvio, que la formación reglada, en mi opinión, muy sobrevalorada hoy en día en unos casos, y tan poco valorada en otros. Su modestia sólo implica que era consciente de sus limitaciones... algo de lo que algunos historiadores (con una regia formación eso si) directamente pasan...

    Para mi, era un historiador del derecho, entre otras muchas facetas de su vida e intereses.

  10. #60 Teshub 10 de oct. 2006

    Bueno, si revisamos lo que dijo en su testamento, Mommens no habría sido nada "satisfactorio", ya que en dicho texto afirmaba que en su vida, a pesar de sus sobresalientes trabajos, no consiguió destacar en Derecho. Luego parece que lo que buscaba era ser alguien eminente en Derecho (In seinem Testament (1899) stellte Mommsen selbstkritisch fest: „Ich habe in meinem Leben trotz meiner äußeren Erfolge nicht das Rechte erreicht.“ ). Así que parece que se consideraba jurista frustrado e historiador/clasicista accidental.
    La verdad es que lo que da de sí catalogar a una persona. Bueno, Sra Cantó, no se quejará de que no hemos sacado partido a su tema. Personalmente, más que sobre la figura de Mommsen, preferiría hablar sobre lo que escribió.

  11. #61 Brigantinus 10 de oct. 2006

    Por cierto, Teshub.
    Dices en uno de tus mensajes que el derecho vigente en Alemania en 1840 era el Romano.
    Si no me equivoco, en 1814 Thibaut apelaba a la creación de un derecho alemán que superara las diferencias y contradicciones de los distintos ordenamientos jurídicos de los estados alemanes. El derecho Romano era subsidiario, aunque muchas veces ya se recurría directamente a él para evitar follones.

    ¿En 1840 la situación era la misma, o ya se habían dado pasos para superar el caos jurídico -a tenor de tu comentario- dando prioridad de modo definitivo al Derecho Romano?

  12. #62 giorgiodieffe 10 de oct. 2006

    A.. M. Canto...

    por cierto que era un hombre polifacetico, el Mommsen.
    Entre las otras cosas era un historiador del derecho. Eso lo mantengo.

    Y en Alemania, que Teshub diga lo que quiera, ya antes existian historiaderes del derecho.
    Von Savigny fue uno de aquellos.

    Por cierto la negacion que hace Teshub es "de escuela" (pero Teshub, caro: non è che chi non la pensa come te deve per forza essere un ignorantone...).

    En Italia, se dice normalmente que la Geschichte de Savigny no es solo un ejemplo de historia del derecho en general, sino que es un tb ejemplo de historia de la literatura juridica, fundada sobre las obras de Sarti e Fattorini y sobre la "Storia della letteratura" de Girolamo Tiraboschi.
    Sin Savigny, que fue de ejemplo por Mommsen, la historia del derecho actual no seria tal.

    Pongo un enlace, que no es propio de wikipedia, sino del prof. Conte

    EMANUELE CONTE
    Le edizioni di testi giuridici medievali tra "storia interna" e "storia esterna": una rassegna.
    Relazione letta all’Academia delle Scienze di Bologna in occasione della presentazione dei
    primi risultati della Bibliotheca Glossatorum.

    http://www.labinf-digips.unisi.it/glossatorum/index.php?s=file_download&id=1


    Y ahora me piro, sino paso de la historia a las hostias :-)

  13. #63 giorgiodieffe 10 de oct. 2006

    Pues que en Alemania cada romanista sea tb un civilista y utilize el derecho romano como lectura critica del codigo, mientras en los paises del Sur de Europa el romanista sea estudioso del derecho romano tout court ES OTRA HISTORIA.

    Ser romanista-civilista no es una deminutio, pero crea algunos problemas.

    Palabras del prof. Baldus

    "In Germania c’è una corrente di romanisti che cerca di studiare il diritto civile in chiave storica facendo riferimento anche al diritto comparato e a quello comunitario, in alcuni casi con l’intento di collaborare criticamente alla creazione del diritto privato comunitario. I colleghi del Mediterraneo sono invece romanisti puri, che conoscono le fonti in maniera molto più profonda dei colleghi tedeschi".

    http://www.unitn.it/unitn/numero50/attualitadiritto.html

  14. #64 A.M.Canto 10 de oct. 2006

    Teshub (Hoy, a las 15:28): Gracias. No, no me quejo, ciertamente (lo de Giorgio era muy esperable, que ignorara la opinión del propio Mommsen).

    Aunque, si se fija bien, de lo que yo quería hablar era de Mommsen como máximo ejemplo de la compatibilidad de la Historia Antigua y la Política del propio tiempo. Pero se ve que "no tocaba" y, en este sentido, en defender eso nos hemos quedado solos el espíritu de donTeodoro y yo... aunque debo reconocer que no es tan mala la compañía ;-)

  15. #65 giorgiodieffe 10 de oct. 2006

    Bueno si tengo que ser interpretado por otros es mejor que me autointerpreto.

    Cuando digo que es historiador del derecho no quiero excluir que sea tb un historiador de la Antigüedad.
    Lo es. Quiero decir que, si bien con todas las debilidades en su formacion (muchas de pura modestia) no fue nunca una persona que no tenia los instrumentos necesarios para hacer el historiador fuera de la rama del derecho.

    Lo que dice en testamento es importante, pero es tb algo escrito "por estilo" (la modestia por estilo es como la buena educacion:sierve a conocer la persona, pero dice "su verdad", non es algo objetivo).

    Y cuando cito a Savigny en mi descurso previo no es por qué no sé que el y Mommsen no pertenecian a la misma corriente: lo sé, pero los dos no tienen que ser de una misma corriente para ser (tambien y no solo) historiadores.

  16. #66 Teshub 17 de oct. 2006

    Brigantinus
    Aunque tarde, te respondo:

    El escrito de Thibaut de 1814 al que te refieres es el ''Über die Notwendigkeit eines allgemeinen bürgerlichen Rechts für Deutschland'' ("Sobre la necesidad de un Derecho civil general para Alemania"), donde expuso la conveniencia de crear un código jurídico unificado para todo el territorio alemán, debido a la dispersión jurídica existente. Pero el problema es que en ese escrito no se dice que haya muchos derechos germanos diferentes (como al parecer piensan otros contertulios), sino que el principal derecho aplicable en 1814, el romano, estaba tan disperso, tan interpretado de manera malévola y tan artificiosamente complicado, que era imposible que nadie pudiera conocerlo medianamente en profundidad y aplicarlo razonablemente. Nada decía Thibaut del derecho germánico, para él estaba bien claro que lo único que se aplicaba en Alemania, con mayor o menor burocratización y complejidad, era el Derecho romano. De hecho, lo que propuso fue compilar ese Derecho romano disperso, y crear un código al estilo francés, que sirviese para que todo alemán tuviera un referente para conocer sus derechos, y que no llegasen abogados sin escrúpulos a timarlo.
    Y por cierto, Thibaut mencionaba sólo el Derecho civil (bürgerliches Recht), porque bien clarito decía que para él el derecho penal (Kriminalrecht), el privado (Privat Recht) y el procesal (Prozess Recht) formaban parte de ese Derecho civil, que más propiamente deberíamos llamar "Derecho ciudadano" (aunque siempre se traduce por civil, de hecho, el código civil alemán, el BGB, es Bürgerliches Gesetzbuch, no Privat Gesetzbuch)
    El problema es que en los libros de historia del Derecho en Alemania, te cuentan que Thibaut y compañía querían unificar el derecho germano de los diferentes principados y estados...pero si lees el texto original de Thibaut (lo que no hace nadie), verás que el asume muy claramente que toda Alemania (Austria incluida) aplica en 1814 el Derecho romano, pero con tanta tergiversación e interpretaciones falseadas que aquello resultaba ininteligible.....porque si un Derecho se aplica e interpreta de manera falseada y torticera, existiendo tantos textos y estudios sobre el mismo que resulta imposible conocerlos todos, imagino que como mínimo es un derecho vigente que los jueces aplican...sino hablar del derecho romano en 1814 resultaría absurdo. Thibaut no hace referencias a ningún derecho germánico histórico o consuetudinario, su tesis sólo habla del Derecho romano. ¿Y quá sentido tiene proponer que se codifique un Derecho que hace 1400 años que no se aplica?. La explicación es que el Derecho romano era lo que sí se aplicaba entonces, el punto 15 de su escrito lo expone claramente ("Die letzte und hauptsächlichste Rechtsquelle bleibt daher für uns das Römische Gesetzbuch, also das Werk einer uns sehr ungleichen fremden Nation aus der Periode des tiefsten Verfalls derselben, die Spuren dieses Verfalls auf jeder Seite an sich tragend!"), es decir, "La última y fundamentalmente coherente fuente de Derecho para nosotros, en consecuencia, es el Derecho romano, de modo que nuestro propio trabajo resultaría tan adecuado para nosotros como para las naciones amigas desde el periodo de la profunda decadencia, las huellas de esa decadencia aún son visibles en cada lugar actualmente".
    La confusión aparece por el patriotismo de Thibaut...el quiere que el código alemán sea hecho por alemanes y para alemanes, pero el error ahí es creer que el derecho romano no era derecho alemán. Es que para Thibaut el derecho alemán era el derecho romano. La cuestión es que en aquella época los lander de la zona del Rhin habían asumido el código de Napoleón (Renania, por ejemplo), y contra eso es contra lo que se dirige Thibaut...pero no contra el Derecho romano, al revés, esta es la base para expulsar a los franceses jurídicamente hablando. En todo el texto de Thibaut no aparece una sola mención al derecho alemán, a las costumbres jurídicas alemanas o algo equivalente. Thibaut proponía hacer algo similar a lo que había hecho Justiniano, una nueva codificación, pero, como dice en el punto 26, ese código ha de ser "un coherente libro de Derecho nacional, elaborado con la fuerza alemana sobre el espíritu germano, que resultase accesible para inteligencias moderadas en todas sus partes, y que nuestros abogados y jueces puedan aplicar en cada caso en que se cuestione la existencia de un derecho. Además con ese libro resultaría posible avanzar verazmente en la elaboración de opiniones jurídicas" (se habla de la fuerza alemana, del espíritu alemán...¿pero se dice algo del derecho o costumbres alemanas?).
    A esta tesis respondió Savigny con otro escrito, el ''Vom Beruf unserer Zeit für Gesetzgebung und Rechtswissenschaft''' (Sobre el empleo de nuestro tiempo en la legislación y la jurisprudencia), publicado en Heidelberg también en 1814: La codificación impediría evolucionar al Derecho, y el Derecho es el reflejo de la personalidad del pueblo que lo construye (alemán en este caso), así que codificar el derecho alemán sería como anquilosar el espíritu del pueblo alemán.

    Podríamos analizar cada código civil de los territorios alemanes y Austria del s. XIX, y verías que la mayoría ni tan siquiera acepta nuevos conceptos iuscivilistas que sí están en el código napoleónico, como el negocio jurídico o el contrato sinalagmático, que no existían como tales jurídicamente en Roma -sólo las obligaciones-. Pues bien, tanto el código civil bávaro (Codex Maximilianaeus Bavarius Civilis.de 1756), como el código civil austriaco (Algemeine Bigurlische GesetzBuch - ABGB) de 1811 -que estuvo vigente en Checoeslovaquia hasta 1950-, por ejemplo, mantienen la clasificación justinianea sin variarla un ápice y sin admitir las formas jurídicas desarrrolladas desde la Edad media.

    Pero quizás la muestra más clara de la realidad del Derecho romano en Alemania lo constituya el programa electoral de 1920 del partido nazi (Documento No. 1708-PS del Juicio de Nuremberg - Nazi Conspiracy and Aggression, Volume IV
    Office of the United States Chief Counsel for Prosecution of Axis Criminality; Washington, DC : United States Government Printing Office, 1946). Dicho programa constaba de 25 puntos, y el decimonoveno decía: "Propugnamos la sustitución del Derecho romano, que sirve a los intereses de un orden mundial materialista, por un Derecho germano común"....y entonces llevaba 20 años en vigor el código civil alemán, pero todavía en muchos lugares de Alemania se seguía aplicando el derecho romano tal cual. Por eso los nazis pretendían erradicar definitivamente el uso del Derecho romano, aunque curiosamente, luego ellos querían ser el Reich de mil años, a imitación de Roma. En todo caso, el que un partido político tuviese en su programa electoral eliminare l Derceho romano, 80 años después de que Mommsen estudiara derecho, demuestra bastante claramente que lo que siempre se aplicó el Alemania fue Derecho romano, tal cual, tergiversado e interpretado de mil maneras, pero Derecho romano. Los derechos germanos consuetudinarios o escritos nunca existieron más allá de unas fórmulas posesorias y hereditarias (de hecho, Savigny distinguía la "posesión romana" de la aplicada en su época: "Das Recht des Besitzes. Eine civilistische Abhandlung". Gießen bey Heyer, 1803).

    Adjunto unos párrafos del escrito de Thibaut para que tu mismo decidas qué es lo que proponía Thibaut, y que no venga nadie acusándome sin conocimiento de que yo digo lo que me cuentan en clase:

    Thibaut, "Über die Notwendigkeit eines allgemeinen bürgerlichen Rechts für Deutschland", Heidelberg 1814

    [12] Ich bin dagegen der Meinung, daß unser bürgerliches Recht (worunter ich hier stets das Privat- und Kriminalrecht und den Prozeß verstehen werde) eine gänzliche schnelle Umänderung bedarf und daß die Deutschen nicht anders in ihren bürgerlichen Verhältnissen glücklich werden können, als wenn alle deutschen Regierungen mit vereinten Kräften die Abfassung eines, der Willkür der einzelnen Regierungen entzogenen, für ganz Deutschland erlassenen Gesetzbuchs zu bewirken suchen.

    Man kann und muß an jede Gesetzgebung zwei Forderungen machen: daß sie formell und [13] materiell vollkommen sei; also daß sie ihre Bestimmungen klar, unzweideutig und erschöpfend aufstelle und daß sie die bürgerlichen Einrichtungen weise und zweckmäßig, ganz nach den Bedürfnissen der Untertanen, anordne. Leider gibt es aber kein einziges deutsches Reichsland, wo auch nur Eine dieser Forderungen halb befriedigt ist ....

    [14] So ist also unser ganzes einheimisches Recht ein endloser Wust einander widerstreitender, vernichtender, buntscheckiger Bestimmungen, ganz dazu geartet, die Deutschen voneinander zu trennen und den Richtern und Anwälten die gründliche Kenntnis des Rechts unmöglich zu machen...

    [15] Die letzte und hauptsächlichste Rechtsquelle bleibt daher für uns das Römische Gesetzbuch, also das Werk einer uns sehr ungleichen fremden Nation aus der Periode des tiefsten Verfalls derselben, die Spuren dieses Verfalls auf jeder Seite an sich tragend! Man muß ganz in leidenschaftlicher Einseitigkeit verfangen sein, wenn man die Deutschen wegen der Annahme dieses mißratenen Werkes glücklich preist und dessen fernere Beibehaltung im Ernst anempfiehlt. Unendlich vollständig ist es zwar, aber etwa in eben dem Sinne, wie man die Deutschen unendlich reich nennen kann, weil ihnen alle Schätze unter ihrem Boden bis zum [16] Mittelpunkt der Erde gehören. Wenn sich nur alles ohne Kosten ausgraben ließe: da liegt die leidige Schwierigkeit! Und so denn auch bei dem Römischen Recht! Es läßt sich nicht bezweifeln, daß tief gelehrte, scharfsinnige unermüdete Juristen über jede Theorie etwas Erschöpfendes aus den zerrissenen Fragmenten dieses Gesetzbuchs zusammentragen können und daß wir vielleicht nach tausend Jahren so glücklich sind, über jede der tausend wichtigen Lehren, welche noch zur Zeit im Dunkeln liegen, ein klassisches, erschöpfendes Werk zu erhalten. Allein den Untertanen liegt nichts daran, daß gute Ideen sicher in gedruckten Werken aufbewahrt werden, sondern daß das Recht lebendig in den Köpfen der Richter und Anwälte wohne und daß es diesen möglich sei, sich umfassende Rechtskenntnisse zu erwerben. Dies wird aber bei dem Römischen Recht stets unmöglich bleiben. Die ganze Kompilation ist zu dunkel, zu flüchtig gearbeitet, und der wahre Schlüssel dazu wird uns ewig fehlen....

    [20] Wären aber auch alle diese Vorwürfe ungegründet, so bleibt doch noch immer der alles denkbare Schlechte übertreffende Umstand übrig, daß wir - unglaubigerweise - in dem Römischen Recht ein Gesetzbuch haben, dessen Text wir nicht besitzen und dessen Inhalt insofern einem Irrlicht zu vergleichen ist. Kein authentischer oder patentierter Text ist aufgenommen, sondern das ideale Recht, wie man es nennen möchte, welches sich in den ganz verschieden lautenden vorhandenen zahllosen Handschriften vorfindet. Die Masse dieser Varianten ist nun aber ungeheuer. Bloß in der Gebauerschen Ausgabe nimmt ihr Abdruck so viel Raum ein als ein Vierteil des Textes; und doch ist es bekannt genug, daß bei dieser Ausgabe nicht der hundertste Teil der unentbehrlichen Hilfs[21]mittel benutzt ist. Wie ein Gelehrter nur ein paar Wochen lang gute Handschriften oder Ausgaben vergleicht, entdecken sich immer neue überraschende Varianten....

    [22] Freilich ist es nicht zu leugnen, daß die Einführung des Römischen Rechts unserm gelehrten Treiben vielfach sehr förderlich war, besonders dem Studio der Philologie und Geschichte, und daß die ganze große rätselhafte Masse dem Scharfsinn und der Kombinationsgabe der Juristen immer [23] viel Gelegenheit gab und geben wird, sich zu üben und zu verherrlichen. Allein der Bürger wird immer darauf bestehen dürfen, daß er nun einmal nicht für den Juristen geschaffen ist, so wenig als für die Lehrer der Chirurgie, um an sich lebendigen Leibes anatomische Versuche anstellen zu lassen. Alle eure Gelehrsamkeit, alle eure Varianten und Konjekturen, - alles dies hat die friedliche Sicherheit des Bürgers tausendfältig gestört und nur den Anwälten die Taschen gefüllt. Das Bürgerglück frägt nicht nach gelehrten Advokaten, und wir würden dem Himmel inbrünstig zu danken haben, wenn es durch einfache Gesetze herausgebracht würde, daß unsre Anwälte ganz der Gelehrsamkeit entraten könnten, wie wir auch allen Grund hätten, überselig zu sein, wenn unsre Ärzte mit sechs Universal-Arzeneien alle Krankheiten mechanisch zu heilen vermöchten. Für wahre wissenschaftliche Tätigkeit giebt es immer so viele Gegenstände, daß man nie genötigt sein wird, Knoten zu schürzen, um sie nachher lösen zu können. Aber ich behaupte noch mehr: eure beste Gelehrsamkeit hat für das bürgerliche Wesen den wahren echten juristischen Sinn von jeher nicht [24] belebt, sondern getötet. Die Masse des Positiven und Historischen ist zu ungeheuer. Der gewöhnliche Jurist, dem doch das Glück der Bürger in der Regel überlassen bleibt, kann diese Massen nur notdürftig mit dem Gedächtnis festhalten, aber nie geistvoll verarbeiten. Daraus entsteht denn eine Hölzernheit und Ängstlichkeit, welche Erbarmen erregt, und am Ende liegt immer ein alter Tröster im Hintergrunde, woraus mechanisch der nötige Rat geschöpft wird....

    Nehmen wir nun dies alles zusammen, so muß jedem Vaterlandsfreunde der Wunsch sich aufdrängen, daß ein einfaches Gesetzbuch, das [25] Werk eigner Kraft und Tätigkeit, endlich unsern bürgerlichen Zustand, den Bedürfnissen des Volks gemäß, gehörig begründen und befestigen möge und daß ein patriotischer Verein aller deutschen Regierungen dem ganzen Reich die Wohltaten einer gleichen bürgerlichen Verfassung auf ewige Zeiten angedeihen lasse....

    Zuerst, den Gelehrten zu gefallen, die Sache nur von der wissenschaftlichen Seite betrachtet: welcher unendliche Gewinn für die wahre, höhere Bildung der Diener des Rechts, der Lehrer und Lernenden! Bisher war es unmöglich, daß irgend jemand, und wäre er auch der fleißigste Theoretiker gewesen, das ganze Recht übersehen und mit Geist gründlich durchdringen konnte. Jeder hatte höchstens nur seine starken Seiten; an tausend Orten Nacht und Finsternis! Von den unschätzbaren Vorteilen des Übersehens der Wechselwirkung aller einzelnen Glieder der Rechtswissenschaft ist uns zuteil geworden. Ein [26] einfaches National-Gesetzbuch, mit deutscher Kraft im deutschen Geist gearbeitet, wird dagegen jedem auch nur mittelmäßigen Kopfe in allen seinen Teilen zugänglich sein, und unsre Anwälte und Richter werden dadurch endlich in die Lage kommen, daß ihnen für jeden Fall das Recht lebendig gegenwärtig ist. Auch läßt sich nur bei einem solchen Gesetzbuch eine wahre Fortbildung der Rechtsansichten als möglich denken. Mit unsern bisherigen gelehrten Erörterungen haben wir uns zwar immer tiefer in Philologie und Geschichte hineingewühlt, aber der kräftige Sinn für Recht und Unrecht, für die Bedürfnisse des Volks, für ehrwürdige Einfalt und Strenge der Gesetze, ist bei diesem mühseligen Treiben immer stumpfer geworden....

    [27] Aber auch noch von einer andern Seite würde ein solches einfaches National-Gesetzbuch dazu beitragen, daß der so wichtige praktische Sinn unsrer Lernenden mehr geschärft werden könnte. Jetzt erschöpft sich alles im Auswendiglernen zahlloser verwirrter Gesetze, Definitionen, Distinktionen und historischer Notizen. Für Wohlredenheit, für Gewandtheit im Angreifen und Verteidigen, für Ausbildung des Talents, einer Rechtssache gleich vom Anfange an den besten Wurf zu geben, für die Kunst, Geschäfte vorsichtig einzurichten, für dialektische Schärfe und Schnellkraft - für das alles geschieht mehrenteils nichts und kann bei der gelehrten Überfüllung nichts [30] Genügendes geschehen. So werden daher unsre Entlassenen in die Welt hinausgestoßen, um selbst durch Fallen das Gehen zu lernen; und so muß man noch dem Himmel danken, wenn nur nachher in einer langen Reihe von Jahren die Hälfte desjenigen, was ein geschickter akademischer Unterricht in kurzer Zeit leicht mitteilen könnte, mühselig errungen wird. Wodurch sind auch die klassischen Juristen der Römer so groß geworden? Nicht durch endlose Ableitung dunkler Rechtssätze aus griechischen und römischen Altertümern; sondern dadurch, daß einfache vaterländische Gesetze die Grundlage ihrer Auslegungen waren und daß so ungehindert für volle Gewandtheit des Geistes alles Mögliche geschehen konnte....

    [32] Sehen wir nun ferner auf das Glück der Bürger, so kann es gar keinen Zweifel leiden, daß ein solches einfaches Gesetzbuch für ganz Deutschland die schönste Gabe des Himmels genannt zu werden verdiente. Schon die bloße Einheit wäre [33] unschätzbar. Wenn auch eine politische Trennung stattfinden muß und soll, so sind doch die Deutschen hoch dabei interessiert, daß ein brüderlicher gleicher Sinn sie ewig verbinde und daß nie wieder eine fremde Macht den einen Teil Deutschlands gegen den andern mißbrauche. Gleiche Gesetze erzeugen aber gleiche Sitten und Gewohnheiten, und diese Gleichheit hat immer zauberischen Einfluß auf Völkerliebe und Völkertreue gehabt. Außerdem macht der bürgerliche Verkehr jene Einheit fast zu einer schreienden Notwendigkeit. Unsre deutschen Länder können allein durch einen lebhaften inneren, wechselseitigen Verkehr ihren Wohlstand erhalten, und von dem schneidenden Volksegoismus, den der französische Code ausspricht, darf bei uns durchaus nichts gehört werden. Ist also keine Gleichheit des Rechts, so entsteht das fürchterliche Unwesen der Kollision der Gesetze....

    [34] Die Einheit des Rechts würde dagegen den Weg des Bürgers von dem einen Lande in das andre eben und sicher machen, und schlechte Anwälte würden nicht mehr Gelegenheit finden, bei dem Verkauf ihrer Rechtsgeheimnisse die armen Ausländer schändlich auszusaugen und zu mißhandeln.

    [63] Doch könnte man vielleicht ferner einwenden: die Abfassung eines solchen Gesetzbuchs über Privat-, Kriminal und Prozeßrecht durch eine so große Versammlung, wozu jedes Land wenigstens einige Mitglieder zu ernennen habe, müsse [64] höchst langwierig und kostbar werden. Allein nur die Kleingeistigkeit kann einen solchen Einwand machen. Die Summe der Kraft, welche auf ein solches Werk zu verwenden ist, beträgt nicht ein Tausendteil dessen, was man zusetzen muß, wenn ferner in jedem Lande, wie bisher, ein neues Gesetz das andre verdrängt und damit sogar noch die bloße Rechtsanwendung grenzenlos schwierig und kostbar gemacht wird. Auch läßt sich darauf rechnen, daß die Vollendung des Werks in zwei, drei, vier Jahren geschehen kann, da wir in dem preußischen und österreichischen Gesetzbuch, dem französischen Code und in dem, was neuerlich in Sachsen und Bayern vollbracht ist, so höchst lehrreiche Vorarbeiten haben, daß vieles schon jetzt als abgetan angesehen werden kann. Die Kosten sind aber wohl nicht des Nennens wert und werden für jedes Land schwerlich mehr betragen als der Unterhalt einiger berühmten Schauspieler und Schauspielerinnen. Sollte indes irgendein Oberrechner darauf beharren, daß seine Kasse zu solchen Zwecken nichts hergeben könne, so werden die Rich[65]ter und Anwälte des Landes, wenn sie ihren wahren Vorteil verstehen, gern bereit sein, die kleine Ausgabe aus dem Ihrigen zu bestreiten. Denn wie unendlich war der geschickte praktische Jurist bisher dadurch beschränkt, daß er mit seinem Wissen in andern Ländern nichts anfangen konnte und daher oft lebenslänglich gebückt und gedrückt auf der Erdscholle stehen bleiben mußte, wo ihn das Schicksal auf die Welt geworfen hatte! Ein gleiches bürgerliches deutsches Recht würde auch diese Beschwerde heben, den Fürsten die Wahl brauchbarer Diener erleichtern und verdiente Männer gegen die Mißhandlungen des Napotismus und der Aristokratie in die gehörige Sicherheit setzen .... "


  17. #67 giorgiodieffe 17 de oct. 2006

    Dice TESHUB

    "El problema es que en los libros de historia del Derecho en Alemania, te cuentan que Thibaut y compañía querían unificar el derecho germano de los diferentes principados y estados..."

    ..si es que queda claro que la suya es una interpretacion de escuela.

  18. Hay 67 comentarios.
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