Autor: alevin
sábado, 16 de diciembre de 2006
Sección: Artículos generales
Información publicada por: alevin
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Enclaves interprovinciales
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Después de las diversas divisiones provinciales de nuestro país aún existen territorios que , por motivos históricos conocidos en algún caso y desconocidos en la mayoría, están dentro de otra provincia limítrofe diferente a aquella a la que pertenece. Hace unos diez años leí sobre este tema y , a parte de sorprenderme, me llamó la atención de que en una España moderna aún ocurrieran cosas así, pero no solo eso, sino que dentro de las autonomías actuales no hayan reivindicaciones al respecto de terrenos , muchos de ellos baldíos e inhabitados..
Según el Decreto de 1833, en su articulo 3º,”Si un pueblo situado en la extremidad de una provincia tiene parte de su termino dentro de la provincia contigua ,este territorio pertenecerá a aquella en que este situado el pueblo”. Con esto se trataba de fijar los límites de cada provincia respetando las lindes municipales.
En España existen hasta 26 territorios de este tipo, de tamaños bastante variable, muchos de ellos con poblaciones incluidas dentro de sus limites aunque , dado el carácter rural de los mismos, han ido perdiendo habitantes continuamente. La perdida del expediente relativo a la división de 1833 impide explicar la razón de ser de algunos de ellos, no obstante la mayoría obedecen a que al fijar los límites de cada provincia, respetando los de los municipios periféricos, fue de aplicación el mencionado articulo 3º. Es el caso de unos actuales 15 enclaves . Los 11 restantes, constituidos por uno o más municipios, responden a razones supuestamente históricas que constarían en el expediente perdido.
Estos enclaves son:
Rincón de Ademúz:
Extensión 370,48 km2, 3.021 hab. .Es el segundo más poblado de todos. Pertenece a la provincia de Valencia y se encuentra en las de Teruel y Cuenca. Consta de 7 municipios y 17 entidades de población. Regado por el Túria y afluentes, posee gran unidad geográfica. No se habla valenciano. Data de los tiempos en que Jaime I reconquistó definitivamente este territorio y más tarde lo incorporó al Reino de Valencia
Anchuras de los Montes:
Ext. 231 Km2, y 462 hab. . De Ciudad real en Toledo. Forma un municipio con 5 entidades. Fue un agregado posteriormente a 1833 para ampliar la zona de montes de la recién creada provincia de Ciudad Real.
Condado de Treviño:
Ext. 221 Km2,, 1.196 hab. Pertenece a Burgos y esta situado en Álava Se compone de dos municipios y de 49 entidades. No se habla vascuence.. Siempre fue enclave castellano.
Roales-Quintanilla del Molar:
Ext. 37,24 km2 y 393 hab .Pertenece a Valladolid y esta en León y Zamora. Dos municipios con dos localidades. Debido a la mala cartografía de la época estas localidades no figuraban en el mapa base para la división de 1833, pero se decidió incorporarlas a Valladolid ya que dependían del partido de Villalón, perteneciente a esta provincia.
Orduña:
Ext. 33,60 Km2 y 4.194 hab. Pertenece a Vizcaya y esta en Álava .Un municipio y cuatro entidades. Su enclave en Álava viene del tiempo de los Reyes Católicos en que por ciertas desavenencias los habitantes de Llódio, al norte de Orduña, pidieron su incorporación a la Hermandad de Álava, con lo cual Orduña quedo separada de Vizcaya. Hay que señalar además que Orduña posee un sub-enclave en la provincia de Burgos, La Cerca de Villano, en las afueras de la aldea de Villano(Valle de Losa), concedida por Carlos I a cambio de la demolición del castillo de la población.
Petilla de Aragón:
Ext. 21,64 Km2 y 44 hab. De Navarra en Zaragoza . Cabeza de municipio. Fue garantía de un préstamo concedido en 1209 por Sancho el Fuerte de Navarra a Pedro II de Aragón. Al no ser cancelado el préstamo, el territorio quedó para Navarra.
Villaverde de Trucios:
Ext. 20 Km2 y 426 hab.. De Cantabria en Vizcaya. Forma municipio. No se habla vascuence .Es reliquia de derechos señoriales.
Berzosilla:
Ext. 19,61 Km2 y 84 hab. De Palencia en Cantabria Un municipio con 4 entidades. Las dificultades orográficas hacían difícil a sus habitantes la utilización de los servicios en Cantabria, por ello quedaron adscritos a Palencia
La Cepeda:
Ext. 14 Km2 y sin población estable. De Madrid en Segovia y Avila.Es una explotación ganadera.
Llivia:
Ext. 12,84 Km2y 901 hab. De Gerona en Francia. Municipio con dos localidades. Al firmarse la Paz de los Pirineos (1659) se acordó la incorporación a Francia de 33 pueblos de la Cerdaña, pero Llívia era “villa”, no “pueblo”. Goza de un pasillo de acceso con España.
San Lorenzo:
Ext. 10,95 Km2 y despoblado. De Valladolid en León
Villodrigo:
Ext. 9,08 Km2 y 156 hab. De Palencia en Burgos. Una localidad municipio.
Bastanes:
Ext. 6,62 Km2.De Navarra en Zaragoza. Sin población estable, depende del mencionado Petilla de Aragón.. Pertenece a Navarra por la misma razón mencionada para Petilla de Aragón.
El Villar:
Ext. 5,96 Km2 y 788 hab. De Córdoba en Sevilla.. Proviene del privilegio de pastos que se concedió a Fuente Palmera(Córdoba) durante la Repoblación de Sierra Morena, en tiempos de Carlos III-
Lastrilla:
Ext. 4,95 Km2 y 9 hab.. De Palencia en Cantabria. También por motivos de comodidad orográfica quedo adscrito a Palencia
Valielles:
Ext. 3,31 Km2. De Gerona en Barcelona. Sin población estable.
Ternero:
Ext. 2,27 Km2. De Burgos en La Rioja. Explotación agraria
Cesura:
Ext. 1,69 Km2 y 6 hab. De Palencia en Cantabria. Por motivos de comodidad orográfica, quedo adscrito a Palencia
Los Barrancos
Ext. 1,26 Km2. De Guadalajara en Madrid. Despoblado.
La Rebolleda:
Ext. 1,21 Km2 y 18 hab. De Burgos en Palencia.
Aguanares:
Ext. 1,16 Km2. De Palencia en Burgos. Despoblado
Malagarriga:
Ext. 1,05 Km2. De Lérida en Barcelona. Lo habitaba una familia en la época.
Sajuela:
Ext. 90 Ha. De Burgos en La Rioja. Despoblado
Can Vies:
Ext. 35 Ha. De Tarragona en Barcelona. Lo habitaban cuatro familias.
Sant Pere de Graudescales:
Ext. 236 m2. De Barcelona en Lérida. Despoblado
Vuelvo a repetir que los datos que he manejado son de hace 10 años, con lo que las cifras demográficas seguro que han tenido variación, no así los enclaves propiamente dichos, pues no he encontrado noticia de que ninguno haya dejado de serlo integrándose plenamente en la provincia en la que físicamente se encuentra. Únicamente recuerdo hace unos años un movimiento vecinal en Treviño solicitando la incorporación definitiva a Álava, más que nada por la proximidad de Vitoria y sus servicios en contraposición a Burgos. Espero que si este articulo merece la atención de algún estudioso del tema, me informe de nuevos datos para ponerlo al día.
Paz y bien
Bibliografía.- Enclaves interprovinciales en España- Ramón Carnicér
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Alevin
Procede en esta relación nombrar el enclave de España en Francia, Llivia, que quedó al otro lado de la muga, en una burbuja, por el tratado de los Pirineos en 1659, por ser villa en vez de pueblo según privilegio de Carlos V. Este tratado fue firmado en la Isla de los Faisanes, un islote en medio de la desembocadura del río Bidasoa, actualmente el condominio más pequeño del mundo (2000 m2), administrado alternativamente por España y Francia durante seis meses al año.
También resultan interesantes los problemas de fronteras administrativas entre provincias. Entre los ayuntamientos de Otxandio (Ochandiano) en Vizcaya y Aramaio (Aramayona) en Álava, existe un terreno llamado El Limitado de 556 ha.que está en disputa sobre su jurisdicción desde el siglo XIII o XIV, ni se sabe.
Este curioso conflicto llegó al Ararteko (Defensor del Pueblo) impulsado por un vecino. El Ararteko emitió un informe del que expongo aquí la parte histórica
CONFLICTO TERRITORIAL DE EL LIMITADO: MEDIACIÓN
DEL ARARTEKO ENTRE LOS AYUNTAMIENTOS DE
ARAMAIO Y OTXANDIO, Y ENTRE LAS DIPUTACIONES
FORALES DE ÁLAVA Y BIZKAIA
Con motivo de una queja presentada por un propietario de terrenos situado en El
Limitado, se planteó ante el Ararteko el histórico conflicto que afecta a este territorio.
El Limitado es un paraje de 565 hectáreas de superficie, cuya jurisdicción, desde el
siglo XIII o XIV, se la han venido disputando los municipios de Aramaio (Álava) y Otxandio
(Bizkaia).
Esta franja de territorio está situada entre la villa de Otxandio y el núcleo rural de
Olaeta (Álava), extendiéndose por el sur hasta los montes que limitan con la cola del
pantano de Urrúnaga, y por el norte hasta el límite con el municipio de Abadiño, junto
a la carretera que conduce al puerto de Urkiola.
El primer intento de solución de este centerario conflicto hay que situarlo en la
escritura de cesión o concordia que el 2 de junio del año 1457 la condesa de Aramaiona,
doña Elvira de Leira, en nombre de su hijo, firmó con el Concejo de la villa de Otxandio,
presidido por Juan Pascual de Otxandio:
“...en el dho nombre del dho Juan Alfonso otorgamos e conoscemos que desde
agora en adelante para siempre jamás, damos e entregamos perpetuamente
al Concejo de la villa de Ochandiano e a los vecinos e personas singulares
del uso e fruto e aprovechamiento de todas o cualquier tierra o tierras e terrenos
e frutos e frutales que llevan fruto y llevan e aguas corrientes e estantes e
yerbas e pastos de herbajos e bellotas de robres e lio de hayas e de otro cualquier
arbol de cualquier natura en estos linderos”.
Esta escritura de concordia fue ratificada a su regreso unos años después, el 20 de
junio de 1470, por el señor de Aramaiona, don Juan Alfonso de Múgica y Butrón, hijo
de doña Elvira de Leira.
En virtud de este pacto, el señor de Aramaiona reconocía a favor de los vecinos de
la villa de Otxandio el derecho, entre otros, a pastar el ganado y cortar leña para sus
hogares y ferrerías en los montes contiguos a la villa, que en tal escritura quedaban
perfectamente delimitados, de ahí su nombre de El Limitado.
A lo largo de los siglos XVI y XVII fueron numerosos los litigios que enfrentaron a
Aramaio y Otxandio, en los que ambas partes reivindicaban para sí la jurisdicción sobre
El Limitado, produciéndose diversos pronunciamientos judiciales de la Chancillería de
Valladolid y, también, del Juez Mayor de Bizkaia. En estos procesos judiciales se planteaban
cuestiones muy concretas, de las que hoy en día, lejos del contexto de la época
en que acaecieron, resulta muy difícil extraer conclusiones definitivas para determinar
la actual adscRIPción territorial de El Limitado.
Al hilo de la ejecución de una de estas sentencias judiciales se instauró en el año
1754 la costumbre de que la Corporación de Otxandio, acompañada de los vecinos de
la villa, llevara a cabo todos los años una visita de inspección de los mojones o linderos
de El Limitado, recogiéndose testimonio en un libro de actas. Esta costumbre perdura
hasta la actualidad, teniendo lugar la inspección en el mes de septiembre.
138 ARARTEKO. INFORME 1999
La recaudación de las levas por las que los municipios, en función de su territorio
y por medio de las diputaciones forales, contribuían a financiar los gastos y dispendios
de las guerras de la Corona española avivaron las disputas y enfrentamientos entre los
vecinos de Aramaio y Otxandio. Hasta tal punto que, para evitar males mayores, a
finales del siglo XIX, las Diputaciones Forales de Álava y Bizkaia, de común acuerdo
con los ayuntamientos, decidieron acudir a una solución de arbitraje, cuya labor fue
encomendada a la Diputación Foral de Gipuzkoa.
El 12 de octubre de 1911 la Diputación Foral de Gipuzkoa hizo suyo el dictamen
de la Comisión Especial al efecto designada, y se pronunció reconociendo a favor del
Valle de Aramaiona la jurisdicción y exacción de contribuciones sobre los terrenos del
punto conocido como El Limitado. Esta resolución arbitral nunca fue reconocida por la
Diputación Foral de Bizkaia, alegando que la Comisión Especial se había apartado del
procedimiento pactado, por lo que careció de virtualidad alguna.
A lo largo de este último cuarto de siglo en diferentes momentos se han producido
conversaciones entre las administraciones afectadas, pero sin concretarse en ningún
resultado positivo.
* * *
La indefinición administrativa sobre la adscRIPción territorial de El Limitado da
lugar a numerosos conflictos, principalmente de orden fiscal. Así, a modo de ejemplo,
encontramos que este territorio está incluido tanto en el catastro de Aramaio como en
el de Otxandio, de ahí que tanto la hacienda alavesa como la vizcaína recaben para sí la
recaudación de los impuestos que gravan los bienes inmuebles, sin tener en cuenta si
dicho tributo ya ha sido abonado a la Hacienda del otro territorio. También surgen
conflictos sobre quién es el Ayuntamiento competente para establecer la ordenación
urbanística o para conceder las licencias de obras, incluso sobre a quién le corresponde
inspeccionar y sancionar las obras ilegales. Con menos frecuencia se plantean, asimismo,
otros problemas, como por ejemplo los registrales, al estar de forma aleatoria unas
fincas inscritas en el Registro de la Propiedad de Vitoria y otras en el de Durango.
El arateko planteó esto en el 1999. Creo que está todavía sin solucionar.
Un saludo
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