Autor: Luis Carlos Díaz Salgado
domingo, 16 de julio de 2006
Sección: Artículos generales
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EL problema de las normas. El caso andaluz



El problema de las normas. El caso andaluz

Luis Carlos Díaz Salgado
lcdiaz@rtva.es

Sevilla, marzo de 2000
Diferentes conceptos de norma

El primer problema que se nos plantea en lingüística al estudiar el concepto de «norma» nos llega en el momento en que intentamos definir el término. En su libro La lengua como libertad, Manuel Alvar 1, tras recopilar hasta un total de siete definiciones, todas ellas de prestigiosos lingüistas, concluye que el término «norma» responde básicamente a dos conceptos:

* Norma como conjunto de reglas gramaticales, léxicas y fonéticas que delimitan el uso correcto de una lengua.
* Norma como conjunto de los usos habituales, también gramaticales, léxicos y fonéticos, que hacen los hablantes de una lengua determinada.

Diferentes tipos de norma

En base a estas dos definiciones diferentes, podemos hablar ya de norma académica y de norma lingüística, respectivamente. Se denomina norma lingüística a aquella que tiene un carácter meramente descriptivo, mientras que la norma académica se caracteriza por ser normativa o prescriptiva. Según esta definición, la norma lingüística existe per se; ya que al estar basada en la descripción de hechos no tiene ningún móvil extralingüístico. Este concepto es relativamente nuevo en el mundo de la lingüística, dominada hasta hace un siglo por la gramática normativa, y su concepción se debe principalmente a De Saussure, Hjelmslev y Coseriu. Este último nos define la norma lingüística como aquélla que determina lo que es normal de lo que no es normal respecto de los usos lingüísticos:

No se trata de la norma en el sentido corriente, establecida o impuesta según criterios de corrección y de valoración subjetiva de lo expresado, sino de la norma objetivamente comprobable en una lengua, la norma que seguimos necesariamente para ser miembros de una comunidad lingüística, y no aquélla según la cual se reconoce que «hablamos bien» o de manera ejemplar, en la misma comunidad. Al comprobar la norma a la que nos referimos, se comprueba cómo se dice, y no se indica cómo se debe decir: los conceptos que, con respecto a ella, se oponen son normal y anormal, y no correcto e incorrecto. El hecho de que las dos normas puedan coincidir no nos interesa aquí; cabe, sin embargo, señalar que muchas veces no coinciden, dado que la «norma normal» se adelanta a la «norma correcta», es siempre anterior a su propia codificación 2.

La norma académica define, por contra, lo que es correcto de lo que es incorrecto en el terreno lingüístico. Nace como una actividad de tipo político que busca principalmente la unidad del idioma. Todas las civilizaciones advirtieron la importancia del lenguaje como elemento ambivalente de cohesión y coacción social. Por esto, el establecimiento de una norma doctrinal sobre la lengua que sirviera de regla es un hecho muy antiguo en la historia de la humanidad. La lengua es indudablemente un arma cargada de poder, y para que este poder pueda ser canalizado es necesario que exista una norma clara y definida que regule los criterios de corrección en el uso de dicha lengua. El problema es que usualmente para definir estos criterios de corrección tan sólo se suelen tener en cuenta los hábitos lingüísticos de las clases privilegiadas. A causa de esto, la lengua utilizada por el pueblo llano siempre ha sido tachada, según la norma académica tradicional, de estar llena de incorrecciones, vicios y defectos.

Sin embargo, a esta serie de críticas al concepto impositivo de la norma académica hay que oponer un criterio que también es comprobable lingüísticamente: todos los hablantes de una lengua poseen un ideal de corrección de dicha lengua. Un ideal al que tienden en cualquier momento de duda, y que les sirve de base común cuando utilizan la lengua no sólo como individuos, sino como miembros de un colectivo. De estudiar este ideal lingüístico que poseen los usuarios de una lengua se encarga la norma sociolingüística, que determina con respecto a la lengua lo que socialmente es prestigioso o no: puesto que el enunciado se construye entre dos personas socialmente organizadas, siempre se prefigura al interlocutor como integrante de un grupo social.

Las relaciones entre estos tres tipos de norma distan mucho de ser fluidas, y en los últimos años no es raro encontrar lingüistas que muestran su desacuerdo con la existencia misma y al establecimiento de una norma académica. Sin embargo, el concepto de un ideal de corrección es, como hemos visto, importante para los hablantes. Es necesario pues que la norma académica, si se establece, esté basada en los datos que ofrecen las investigaciones lingüísticas y sociolingüísticas. Según Coseriu, el «deber ser» de las lenguas tiene que asemejarse al «modo de ser normal» de las lenguas 3. En caso contrario, la norma académica no cumple con su misión de guía, sino que se convierte en un código artificial, que permite y fomenta discriminaciones sociales basadas en diferencias léxicas o fonéticas. Sin embargo, este deseable entendimiento entre las normas descriptivas y prescriptivas no suele producirse, sobre todo porque la norma académica no ha adoptado todavía como suyas muchas de las verdades epistemológicas de la lingüística y la sociolingüística.
Unidad y variedad de las lenguas

La norma académica, como consecuencia de estar establecida la mayoría de las veces por un ideal político de unidad, tiende a considerar a las lenguas como sistemas monolíticos, unitarios y acabados. Por eso intenta que sus reglas también lo sean. Sin embargo, esto va en contra de la propia esencia de las lenguas que son, desde un punto de vista lingüístico, sistemas de posibilidades de realización en continua variación. No sólo hay una diversidad de lenguas en el mundo, sino que todas estas lenguas están compuestas de una variedad de modalidades. Este hecho, desde un punto de vista semasiológico, se produce porque al hablante no le importa la forma lingüística como una señal estable y siempre igual a sí misma, sino como un signo variable y elástico. También el receptor, el que comprende, al pertenecer al mismo colectivo, está orientado hacia la forma lingüística no como señal inamovible, sino como un signo cambiante y mutable. Esta verdad lingüística ha provocado desde el inicio de la historia numerosas discusiones filosóficas, en las que se intentaba esclarecer el dilema que supone que el vehículo de cohesión más humano, el lenguaje, fuera al mismo tiempo, debido a su diversidad, un factor de disgregación. Nos dice Cassirer:

La filosofía del lenguaje se enfrenta en este caso con el mismo dilema que asoma en el estudio de toda forma simbólica. La misión más alta, y hasta la única, de estas formas radica en unir a los hombres; pero ninguna de ellas puede promover esta unidad sin, al mismo tiempo, dividir y separar a los hombres. Sin el lenguaje no habría comunidad de hombres y, sin embargo, ningún obstáculo más serio se opone a tal comunidad que la diversidad de las lenguas 4.

Por este motivo, el hombre siempre ha soñado con encontrar una ideal lingua adamica que representara el lenguaje real de nuestro primeros antepasados. Un concepto que terminaría con la maldición bíblica de la Torre de Babel. Sin embargo, la verdadera maldición con respecto a las lenguas, si es que podemos llamarla así, no es sólo la de que haya un número extensísimo de ellas, sino el que las mismas lenguas sean intrínsecamente variables, que siempre estén sujetas a cambio, y que no pueda hablarse de una lengua determinada sino como la unión de varias modalidades de esa lengua, y en un momento determinado de su historia. Una lengua está compuesta por un conjunto de dialectos, niveles y estilos. El error que suele cometerse a la hora de instaurar una norma académica es el de creer que la diversidad intrínseca de las lenguas va en contra de su homogeneidad. Por este motivo la norma académica busca adjudicar al signo lingüístico un carácter eterno por encima de las diferentes clases sociales, para convertirlo en un signo monoacentual. Se olvidan así dos de los universales esenciales del lenguaje: la creatividad, como rasgo de la individualidad del hablante, y por otro la alteridad, el hecho de que el lenguaje no sea simplemente comunicación, sino comunicación con otro. Por eso es necesario no olvidar que todas las lenguas están compuestas de diversas normas, y que sin embargo los hablantes poseen el concepto de una norma que las engloba a todas. Este concepto se denomina norma ejemplar.
Concepto de norma ejemplar

Según Coseriu, la norma académica confunde casi constantemente lo correcto con lo ejemplar, la corrección del hablar con la ejemplaridad idiomática:

Lo correcto y lo ejemplar, no sólo no son lo mismo, sino que no son siquiera comparables entre sí y no deberían poder confundirse, ya que pertenecen a planos reales y ámbitos conceptuales totalmente distintos: lo correcto es un modo de ser del hablar y lo ejemplar es una lengua: una técnica histórica del hablar. Por lo mismo, el juicio de corrección es una valoración del hablar, mientras que el juicio de ejemplaridad es una comprobación de índole histórica concerniente a un estado de lengua 5.

Afirma Coseriu, con respecto a los criterios de corrección, que todo acto de habla reúne tres tipos diferentes de saber lingüístico: 6.

a) Saber elocucional: Saber hablar de acuerdo con los principios generales del pensar. Saber hablar de manera congruente.

b) Saber idiomático: Hablar de acuerdo a las normas de una lengua. A este tipo de saber le corresponde el juicio de lo correcto.

c) Saber expresivo: Utilizar un determinado tipo de discurso dependiendo de las circunstancias en las que nos encontremos. A este tipo de saber le corresponde el juicio de lo apropiado. Tiene tres vertientes: hablaremos de manera adecuada si utilizamos el discurso apropiado de acuerdo con aquello de lo que se habla. De manera conveniente, con respecto a las personas con las que se habla, y de manera oportuna, si decimos algo en su momento exacto.

Muchas veces decimos que alguien está hablando mal cuando en realidad queremos decir que lo está haciendo de manera incongruente o inoportuna. Así, pues, la ejemplaridad idiomática tiene muchas veces poco que ver con la corrección del hablar. Con frecuencia la norma académica suele reducir lo correcto a lo ejemplar, y así aboga por la supresión de todos aquellos usos que se consideren incorrectos, a pesar de que estos usos sean a menudo comunes, tradicionales y sólidamente establecidos. Cualquier establecimiento de una norma académica que no tenga en cuenta estas diferencias entre normas de corrección idiomática y normas de ejemplaridad está condenada al fracaso.

Como hemos visto, las lenguas son por un lado variables, debido a su carácter creativo, y por otro homogéneas, a causa de su función social y comunicativa. Cada lengua tiene además tres tipos diferentes de variedades:

a) Diatópica, la variedad de la lengua en el espacio.

b) Diastrática, las variedades socioculturales de la lengua.

c) Diafásica, la variedad que impone el estilo y circunstancias de cada hablante.

Por otro lado, las lenguas también presentan tres tipos diferentes de homogeneidad:

a) Sintópica, sin diferencias en el espacio

b) Sinestrática, sin niveles de lengua

c) Sinfásicas, sin estilos de lengua

De acuerdo a esta distinción metodológica podemos hablar de que una lengua posee diferentes dialectos (andaluz, castellano, porteño, limeño, etc. en el caso del español), diferentes niveles de lengua (nivel culto, medio y popular) y diferentes estilos de lengua (estilo formal e informal, estilo familiar, etc.) Pero por encima de todas estas características que presentan las lenguas, existe el concepto de lengua ejemplar, que es la norma ideal de la lengua común, que conlleva un proceso de reunificación de las diversas variedades regionales y confiere a la lengua común un carácter nacional y unitario. Nuevamente Coseriu:

Lo ejemplar es una lengua dentro de la lengua histórica, la lengua de más alto nivel, la lengua que se considera como lengua, como modelo ideal para toda la lengua de la comunidad histórica. Lo común de una lengua común. Quiere decir que una lengua común corresponde, por lo menos idealmente, y en las intenciones de los hablantes, a toda la comunidad de la lengua histórica como una lengua por encima de la variedad de esta lengua 7.

Como vemos, la noción de lengua ejemplar es histórica y política, y en este sentido coincide con la idea de norma académica. Pero la misma norma ejemplar presenta diferencias que son las varias normas o modalidades lingüísticas que la componen. Podemos concluir por lo tanto que una norma académica para ser establecida con rigor tiene que basarse en la lengua ejemplar y no en determinados criterios de corrección, ya que toda modalidad lingüística de una lengua tiene sus propios criterios que pueden diferir de los que marque en su momento la norma académica en su sentido tradicional. En el caso del español, y de la norma académica española, vemos como tradicionalmente se ha utilizado el criterio de corrección de la norma castellana como vara de medir el criterio de corrección de la lengua común. Esto ha provocado que la mayoría de modalidades lingüísticas del español hayan sido tachadas siempre como modelo de vicios e incorrecciones. Sin embargo, es cierto que se han producido ya algunos avances en este sentido y que la misma Real Academia de la Lengua ya admite el hecho, por otra parte incuestionable, de que existen dos normas principales para el español: la norma centronorteña peninsular y la norma atlántica, con lo que parece que al fin se está aceptando que la variedad del español debida a sus diferentes normas no es obstáculo para que la unidad del idioma esté garantizada. Aceptando que las lenguas están formadas por diferentes modalidades, cada una de ellas con sus criterios de corrección, estamos dando los primeros pasos para establecer una verdadera lengua ejemplar que no discrimine a las diferencias, sino que las aúne y las conserve.
Lengua hablada frente a lengua escrita

Otro error metodológico propio de la norma académica ha sido el de dar preponderancia a la lengua escrita frente a la hablada, ya que desde un punto de vista lingüístico sucede justo lo contrario, y se da por hecho la primacía de la lengua hablada frente a la escrita. La justificación a este criterio normativo académico hay que buscarla en el hecho de que durante siglos los filólogos se impusieron a los lingüistas. Así, el estudio de las lenguas escritas y muertas, principalmente el latín y el griego, marcaron la pauta para el estudio de las lenguas habladas y vivas. Todo aquello que se alejara de los criterios marcados por las gramáticas grecolatinas era inmediatamente tachado de incorrecto. Aún hoy en día son escasos los trabajos lingüísticos sobre la sintaxis oral de las lenguas, y aún más escasas todavía las normas académicas que se fundamentan en el discurso oral y no en los textos escritos. Y ello a pesar de que se reconoce que nadie habla como escribe. Resumiendo: la norma académica de una lengua determinada tiene que estar fundamentada en los estudios lingüísticos basados en el habla de dicha lengua y no en los estudios filológicos basados en los textos escritos de lenguas ajenas.

La norma académica es igualmente conservadora a la hora de definir cuáles son las reglas ortográficas. Como sabemos, la ortografía de una lengua es más exacta cuanto más exacta es la adecuación de los signos ortográficos a los fonemas de esa lengua. En este sentido, es cierto que el español es una de las lenguas ortográficamente más avanzadas, ya que si la comparamos con el francés, el inglés o el alemán, nuestra ortografía es mucho más simple y exenta de complicaciones. Sin embargo, esto no significa que sea perfecta. A este respecto, la norma académica española tendría que estar abierta a una mayor simplicidad en sus postulados. Hay que recordar el alud de críticas que, a un lado y otro del océano, se produjo cuando García Márquez abogó en el Congreso de Zacatecas por jubilar la ortografía. Estas críticas se centraron básicamente en defender la ortografía actual aduciendo que pertenecía ya al acervo cultural del español. Nadie, sin embargo, demostró que la desaparición de las h intercaladas, o de los acentos en algunas palabras monosilábicas, como dé o sé, o de la dualidad j/g fuera en contra de la unidad del idioma común.

Más bien al contrario, nuestra ortografía mejoraría substancialmente si se le hicieran algunas reformas. No necesariamente muchas porque, como ya he expuesto, la ortografía española es simple en su constitución. Pero más lo sería, y no sólo más simple, sino más útil si se decidiera acabar con todas aquellas grafías que no representan fonema alguno. Conviene recordar aquí, el acuerdo alcanzado entre las diferentes academias de Austria, Alemania y Suiza para reformar la ortografía del alemán. El acuerdo permitirá que de unas 40 reglas ortográficas se pase a un total de 7.

Convendría, pues, resolver con criterios lingüísticos este tipo de problemas ortográficos y llegar al establecimiento de una convención que refleje con la mayor claridad y concisión posibles la transcripción al papel de los elementos fonéticos. De esta manera se evitaría que criterios extralingüísticos, y en la mayoría de ocasiones sentimentales, impidieran un cambio que es a todas luces necesario.
La norma escolar

Hemos visto hasta el momento cómo coexisten, con mayor o menor éxito, tres tipos de norma en una lengua. Dos de ellas son descriptivas, la norma lingüística y la norma sociolingüística. Y una es prescriptiva, la norma académica. Existe un cuarto tipo de norma que es la encargada de enseñar el buen uso. Se trata de la norma escolar. Según Pedro Carbonero 8, a esta norma escolar que también tiene carácter prescriptivo, le llegan las influencias de los otros tres tipos de norma: a) el concepto de lo adecuado, procedente del uso común que describe la norma lingüística, b) el concepto de ideal de lengua que proporciona la norma sociolingüística , y c) el concepto de lo prescrito, que viene definido por la norma académica.

Tradicionalmente ha sido la norma académica la encargada de suministrar las reglas a la norma escolar. Es por esto que usualmente los conceptos de uso normal y uso prestigiado anteriormente expuestos no hayan sido recogidos en dicha norma escolar. Sin embargo, en los últimos tiempos esto ha comenzado a variar y encontramos ya en las disposiciones del Ministerio y de las diferentes Consejerías de Educación referencias explícitas para que la enseñanza del español se lleve a cabo teniendo en cuenta los datos proporcionados por las normas lingüística y sociolingüística. Ya es común en España que los alumnos conozcan algunos de los universales del lenguaje, como el relativo a la diversidad y unidad de las lenguas, y conceptos sociolingüísticos como el de norma culta, norma popular, etc. A ello ha contribuido el hecho de que ya no se considera a la norma castellana desde el punto de vista académico como la única norma ejemplar del español. Por eso, es común hoy que, como bien recoge Vidal Lamíquiz 9 nuestros escolares aprendan no sólo la gramática del arte de escribir, sino también la gramática del arte de hablar.

Así, pues, vemos como la norma escolar puede convertirse en la primera norma prescriptiva del español basada en criterios totalmente descriptivos. Para lograr este objetivo es necesario, según Pedro Carbonero, tener en cuenta los siguiente:

Todo proceso de enseñanza-aprendizaje de la lengua propia en la escuela ha de construirse a partir de la modalidad de habla materna, así como del entorno más inmediato del niño, para llegar en etapas sucesivas hacia el mayor dominio posible de las destrezas en la lengua ejemplar. Pues bien, en este camino será siempre menos traumático y más eficaz encauzar las tareas didácticas pasando por las normas locales y la norma regional hacia la norma general del español. Es mejor ir subiendo escalones que el riesgo de dar grandes saltos en el vacío 10.

En la misma línea se manifiesta el profesor Miguel Ropero con respecto a los escolares de Andalucía:

Simultáneamente, junto a la norma local, se le debe enseñar [al alumno] progresivamente otros usos lingüísticos de Andalucía y de la lengua española estándar. De esta forma, se desarrolla la capacidad lingüística del niño a partir del entorno, enriqueciendo su experiencia con un léxico cada vez más rico y variado. Esta riqueza léxica le permitirà ampliar sus posibilidades comunicativas y le dará libertad para cambiar o elegir el término más adecuado de acuerdo con el ámbito sociolingüístico, los interlocutores y sus intenciones comunicativas 11.

Como conclusión me gustaría resaltar cómo el concepto de norma escolar ha variado en España debido a los cambios políticos ocurridos en el país. Hay que recordar que durante años, se enseñaron en las escuelas barbaridades tales como que el catalán y el gallego eran dialectos del castellano, y como se insistía en corregir a los alumnos andaluces lo que entonces se consideraban vicios e incorrecciones: seseo, aspiración de las s implosivas, etc. Sin embargo, con la llegada del régimen democrático, los conceptos lingüísticos descriptivos ya son considerados como los más acertados para la enseñanza de nuestro idioma Éste es un logro del que debemos sentirnos orgullosos, ya que para que una sociedad libre adquiera los valores democráticos hay que enseñar que la variedad no está reñida con la diversidad. Y que, desde luego, el uso adecuado de la lengua no lo da una manera determinada de pronunciar, sino la correcta aplicación de nuestras habilidades comunicativas. Teniendo en cuenta que España es hoy una diversidad de comunidades, cada una de ellas con sus respectivas modalidades lingüísticas, es acertado pensar que para que los españoles nos conozcamos mutuamente es necesario que aprendamos a conocer cuáles son los aspectos que nos diferencian y nos unen al mismo tiempo. Porque en definitiva, a pesar de nuestros acentos y particularidades lingüísticas, todos hablamos español.
Hacia el concepto de norma mediática

En cuanto al estudio de las diferentes normas he seguido hasta el momento la esquematización propuesta por Pedro Carbonero en su estudio Norma sociolingüística, norma académica y norma escolar en Andalucía 12. Sin embargo, creo necesario definir un quinto tipo de norma que, como la escolar, recibiría los conceptos de lo adecuado de la norma lingüística el de lo prescrito de la norma académica y el de lo prestigioso de la norma sociolingüística. Se trata de la norma mediática. Esto es, la aplicable a los medios de comunicación. Este tipo de norma tendría carácter prescriptivo como la norma escolar, con la que la uniría el espíritu de instrucción. De hecho hay que reconocer que en la actualidad, y debido al auge de las empresas de comunicación, sobre todo audiovisuales (radio y televisión), la educación ha dejado de ser monopolio de la enseñanza.

Esta norma mediática representaría el concepto de lo influyente. Para apoyar esta aseveración, conviene recordar que, según las últimas estadísticas presentadas por la empresa española de medición de audiencias televisivas, SOFRES, los españoles pasamos frente al televisor una media de 200 minutos al día, y los andaluces unos 210 minutos. Es lógico pensar, por tanto, que la influencia que el lenguaje de los medios de comunicación audiovisuales tiene sobre los espectadores es enorme. Pero ahora bien ¿qué tipo de lengua se usa en la radio y en la televisión? Hagamos un somero repaso a esto, basándonos sobre todo en datos televisivos.

En la actualidad existen en España cientos de cadenas de televisión que utilizan el español como lengua en sus programas. De ellas, la mayor parte son emisoras locales que emiten para una audiencia muy reducida; cinco son cadenas generalistas o nacionales que emiten toda su programación en español: la Primera y la 2 de TVE, Telecinco, Antena 3 y Canal +; y cuatro son televisiones autonómicas que emiten, o totalmente o en parte, en español: Telemadrid, Canal Sur, Canal 2 Andalucía y Canal 9. Tenemos, por lo tanto, que en la mayor parte del territorio nacional pueden sintonizarse entre 6-8 emisoras de televisión emitiendo en español: cinco nacionales, una o dos autonómicas y al menos una local. En términos de audiencia, las cadenas generalistas consiguen un 80% de espectadores, un 18% las autonómicas y un 2% las locales. Todo esto sin olvidar las cadenas autonómicas y locales que emiten en una lengua vernácula del Estado Español diferente de la lengua española, y que no voy a tratar en este trabajo.

En cuanto al habla utilizada en estas cadenas que emiten en español la proporción de modalidades utilizadas viene a situarse en los siguientes porcentajes:

* Modalidad o norma castellana 95%.
* Otras modalidades del español peninsular 5%.

En el caso de Andalucía, los porcentajes varían algo y se sitúan como sigue aproximadamente:

* Modalidad o norma castellana: 70-80%.
* Alguna modalidad local del andaluz: 20-30%.

Esto quiere decir que las emisoras de radio y televisión de casi toda España utilizan una modalidad de habla muy similar a la castellana tanto en acento como en pronunciación. Si a esto añadimos que casi la totalidad de los anuncios publicitarios que emiten dichas emisoras utilizan también esta modalidad de habla, tenemos que la realidad lingüística del país, su diversidad de hablas y sus diferentes normas lingüísticas, no se recoge casi en ningún momento en los espacios audiovisuales, donde impera taxativamente la modalidad lingüística castellana.

Como vemos, a diferencia de la norma escolar donde ya se aceptan los conceptos descriptivos establecidos por la norma lingüística y sociolingüística, en la norma mediática reina de manera imperante la norma castellana o centronorteña peninsular. Esto se debe al error de considerar que la norma ejemplar del español es idéntica a la norma ejemplar castellana. Este error es causa de discriminaciones lingüísticas, porque la población, en este caso la televidente, tiende a identificar lo cotidiano, lo normal y por añadidura lo correcto con lo castellano. No es extraño. Si en las cadenas de televisión y radio y en los anuncios publicitarios audiovisuales, el español que oímos, sobre todo en cuanto pronunciación, es el español castellano, tendemos a considerar a este tipo de español como el ejemplar. Si a esto añadimos el hecho de que las pocas veces en que otros acentos y pronunciaciones del español peninsular aparecen en estos medios son sólo como manera de estereotipar a esos hablantes, llegamos a la conclusión de que los españoles en realidad no conocemos a través de nuestros medios de comunicación las diversas modalidades lingüísticas de nuestro idioma. Además, debido a la fuerte influencia que estos medios tienen en la población, no es raro comprobar cómo, desde un perfil sociolingüístico, todo aquel acento que no sea castellano está considerado no prestigioso.

Así, pues, no parece ilógico proponer que en los medios de comunicación audiovisuales nacionales aparezcan de manera más frecuente los diversos acentos correspondientes a las diferentes normas lingüísticas españolas peninsulares. De esta manera utilizaríamos el medio más influyente hoy en día (la radio y la televisión) para promover un mayor conocimiento de nuestro idioma común entre la población.
Problemas de una norma mediática andaluza

En Andalucía nos encontramos con un caso un tanto especial. En los últimos años varios lingüistas han abogado por establecer una norma culta andaluza que sirviera como base para establecer una consiguiente norma mediática en Andalucía, al estilo de la norma escolar que se usa en la enseñanza. Como sabemos, el andaluz es básicamente una manera de pronunciar el español, aunque no hay que olvidar que existen rasgos morfológicos y léxicos que también son propios de esta modalidad. Además, existen rasgos distintivos de tipo sintáctico, pero hay que reconocer que pese al esfuerzo que están desarrollando las universidades andaluzas, todavía no disponemos de datos completos sobre la sintaxis oral de las diferentes hablas andaluzas. Para ser exactos hay que concluir que algunos rasgos distintivos del andaluz también se dan en otras modalidades del español, pero la totalidad de ellos no se da en ninguna otra.

También es cierto que no podemos considerar al andaluz como una modalidad acabada y definida. La diversidad de las hablas andaluzas se ha contrapuesto en muchas ocasiones frente a la supuesta homogeneidad del español como lengua común. Pero creo que esto no es exacto, porque ¿cómo podemos decir que el español peninsular es una lengua nivelada si el 20% de sus hablantes utilizan una modalidad no nivelada? No podremos hablar de un español nivelado hasta que la modalidad lingüística andaluza lo esté. Lo cierto es que algunos lingüistas creen que no es necesario el establecimiento por parte de las autoridades políticas de una norma culta andaluza, y por supuesto tampoco de una norma mediática andaluza, y piensan que se producirá, sin intervención política de ningún tipo, una nivelación de la modalidad andaluza desde abajo: Veamos lo que dice al respecto el profesor Antonio Narbona:

Cierto grado de nivelación —no homogeneización, ni mucho menos uniformidad— se producirá, se está produciendo ya, pero desde abajo, desde los propios habitantes, no impuesto desde arriba. En la medida en que se eleva el nivel de instrucción (no exclusivamente idiomática) de los andaluces, estos van prescindiendo de ciertos rasgos, incluidos algunos de su pronunciación. ¿De cuántos y de cuáles? Imposible contestar en general, pues se trata de un proceso siempre gradual, pero puede afirmarse que de aquellos que, por razones muy diferentes, en la propia Andalucía carecen de prestigio 13.

Esta observación del profesor Narbona es comprobable sociolingüísticamente. Sin embargo, no hay que olvidar que los hablantes de una lengua no deciden por arte de birlibirloque cuáles son los hábitos lingüísticos que tendrían que abandonar, sino que se fundamentan en cuestiones de prestigio social para dar esa especie de salto. Si un hablante de andaluz solamente conoce en la escuela y en los medios de comunicación el español correspondiente a la norma castellana, es lógico pensar que cualquier variación de sus hábitos irá encaminada a aceptar los que marca esa misma norma castellana. A este respecto conviene recordar que son muy pocos los rasgos de la modalidad andaluza que son aceptados por los hablantes de la modalidad castellana. La explicación a este hecho es que no sienten la necesidad de hacerlo, ya que desde los medios de comunicación —recordemos el concepto de lo influyente— el andaluz no es más que una desviación de su propia modalidad, y por lo tanto son los andaluces los que tienen que adoptar los rasgos castellanos y no al contrario.

Al hilo de este razonamiento, viene bien tomar en consideración el tan traído complejo de inferioridad lingüística andaluza, o de sentimiento de inferioridad como lo llama el profesor Narbona 14. Evidentemente este sentimiento existe, pero nadie habla del también existente sentimiento de superioridad castellano. Es lógico pensar que si los andaluces nos sentimos en desventaja con respecto a la modalidad lingüística castellana, los castellano-parlantes bien pueden sentirse en superioridad. Pero la realidad muestra dos caras en esta ocasión. Así los andaluces, o los hablantes de la norma meridional española, que apenas ven reflejada nuestra manera de hablar en los medios de comunicación tienen como algo corriente y común el uso de la modalidad castellana. Puesto que oyen hablar en castellano al menos dos horas y media diarias, no les resulta extraño que haya otra manera, diferente a la nuestra, de pronunciar el español. Sin embargo, los castellano-parlantes, al desconocer casi por completo la modalidad lingüística meridional, que raras veces se utiliza en los medios de comunicación, suelen quejarse de que tienen problemas de entendimiento cuando vienen al sur. Así pues, son los propios castellano-parlantes los que se ven discriminados por la ausencia en los medios de comunicación nacionales de cualquier modalidad de español que no sea la castellana. Es paradójico, pero es cierto. El establecimiento de una norma mediática española que permitiera y difundiera los distintos acentos y modalidades de nuestra lengua común facilitaría, sin lugar a dudas, una mayor comprensión y respeto entre todos los hablantes de español que existen en nuestro país.
Norma peninsular española y norma andaluza

Retomando el asunto de si es necesario o no establecer una norma culta andaluza, hay que distinguir antes entre lo que entendemos por norma y normalización:

No hay que discutir si hace falta o no una norma en Andalucía, porque la norma existe como algo inherente a la naturaleza de la lengua, desde el momento en que existen unos usos mejor considerados que otros y unos rasgos más generalizados que otros en el seno de cualquier comunidad de hablantes. Lo que sí es objeto de debate, con sus argumentos en pro y en contra, es la necesidad u oportunidad de una normalización, entendida como un conjunto de actuaciones de política lingüística, basada en decretos, normas prescritas para la escuela, etc. 15.

Nos encontramos entonces con dos posturas, la que mantienen aquéllos que creen que mientras que no tengamos una norma culta andaluza clara y definida, una norma que complemente —y no que sustituya— a la ya establecida norma culta castellana, la norma del español ejemplar, al menos el español peninsular, seguirá estando basada en meros criterios prescriptivos, sin base sociolingüística. Y la que mantienen los que critican el intento de establecer con criterios normativos, aunque basados en datos sociolingüísticos, una norma culta andaluza, y una subsiguiente norma mediática andaluza. Veamos algunas de estas críticas:

¿Qué procede, entonces, someter a normalización? ¿Qué criterios objetivos pueden aducirse para que una parte de los andaluces modifique ciertos hábitos articulatorios, de modo que se acomoden a los de otra parte? ¿O debemos hacer todos un esfuerzo de adaptación en favor de una hipotética pronunciación media o neutra? ¿Cómo conseguir pronunciar a la andaluza manteniendo la distancia con la pronunciación castellana, constante eje de referencia? 16.

No vendría mal intentar contestar estas preguntas. Primero: hay que someter a normalización los rasgos considerados por los andaluces como más prestigiosos y definir claramente cuáles son considerados no prestigiosos. Segundo: no se trata de imponer a los andaluces que modifiquen sus hábitos articulatorios para que se asemejen a otros, sino de proveer a los hablantes de andaluz de un modelo culto, ni mucho menos cerrado e inamovible, que les permita expresarse en andaluz en cualquier nivel de lengua, y no sólo en ambientes familiares y coloquiales (usualmente los únicos ambientes en los que se utiliza el andaluz en las radios y televisiones). Tercero: no se trata tampoco de establecer una pronunciación media o neutra. Se trata de permitir todos los acentos, pero todos aquéllos que en su ámbito más local estén considerados como prestigiosos. Y cuarto: ya hemos visto que los rasgos de pronunciación del andaluz son muchos, y que los hablantes de andaluz, no los suelen usar todos a la vez: hay gente que sesea, pero que no implosiona las s; hay gente que distingue entre s/z, pero que utiliza la h suave o faríngea, etc. Lo claro en este sentido es que si no seseamos o ceceamos, ni aspiramos las s implosivas y de final de palabra; si no somos yeístas; si no pronunciamos las h de manera faríngea, etc., podemos concluir que no estamos hablando con acento andaluz. De hecho, hay muchos andaluces que no hablan con acento andaluz. Tampoco se trata de imponerles a estos andaluces una modalidad a la fuerza, sino de establecer una norma de prestigio, a nivel político, educativo y mediático, que sirva para que los andaluces que sí hablan con acento andaluz puedan utilizar su manera de expresarse en cualquier nivel de lengua.

Sin embargo, las preguntas del profesor Narbona son verdaderamente atinadas y bien podrían ser aplicables a la norma ya establecida que se utiliza en la actualidad en España. Porque ¿acaso no puede aducirse, según lo que oímos en los medios de comunicación nacionales, que al utilizar taxativamente la modalidad castellana se pretende que los andaluces modifiquen sus hábitos articulatorios? ¿No es cierto que los andaluces hace ya años, si no siglos, que deben hacer un esfuerzo de adaptación a una pronunciación hipotéticamente media o neutra que casualmente corresponde a la castellana? Mientras no se contesten estas preguntas, creo que lo único que se consigue es seguir promoviendo que el andaluz a la hora de nivelarse no tenga más espejo donde mirarse que la modalidad lingüística castellana o centronorteña peninsular.

Así pues, si se estableciera una norma andaluza, basada en criterios lingüísticos y sociolingüísticos, se podría establecer al mismo tiempo una norma escolar y una norma mediática que sirvieran para que los maestros andaluces de español y los profesionales andaluces de los medios de comunicación tuvieran una guía en cualquier momento de duda. Ahora es bien sabido que, ante la duda, siempre se echa mano de la modalidad lingüística castellana, sobre todo en materia de pronunciación. Otro ejemplo más de que se considera a la norma castellana como norma ejemplar del español.
Algunas conclusiones

Volviendo al tema de la norma mediática en Andalucía, conviene recordar que, según un estudio elaborado por José Luis Carrascosa sobre el habla en Canal Sur Satélite Radio y Televisión 17, del total de presentadores y redactores que aparecen en los programas de esta cadena, un 32% se expresan en andaluz y un 68% lo hacen en castellano. Esta proporción resulta claramente llamativa si tenemos en cuenta que del total de personas ajenas a Canal Sur que aparecen en sus programas, un 77% se expresaba en andaluz y un 23% lo hacía en castellano. Estos datos demuestran que el habla utilizada en la mayor empresa de comunicación audiovisual de Andalucía tiene poco que ver con el habla de la mayoría de los andaluces.

Esto se produce, entre otras cosas, porque no existe en Canal Sur Radio y Televisión una norma clara y definida sobre la modalidad lingüística andaluza y sobre la pronunciación del andaluz. En el libro de Estilo de esta cadena se explicita que:

En Andalucía existen multitud de acentos distintos y en Canal Sur deben estar todos presentes, dentro de los criterios comunes de inteligibilidad 18.

Como vemos, tan poca concreción sólo puede deberse a que no existe ninguna norma andaluza culta a la que ceñirse. Está bien que se permitan todos los acentos, pero hay que dejar claro también a los profesionales de la comunicación oral cuáles son los rasgos que gozan de mayor o menor prestigio en Andalucía. Es evidente que para los medios de comunicación hacen falta una serie de reglas, no sólo léxicas y gramaticales, sino también de pronunciación a las que atenerse. En este sentido José María Vaz de Soto 19 ha apostado por hacer un primer acercamiento al problema y proponer unas pautas para locutores andaluces que podrían resumirse en las siguientes:

1. Seseo
2. Yeísmo
3. Jota suave o faríngea
4. Pronunciación aspirada de la s final de palabra y de la s que precede a consonante?

Además, propone una serie de rasgos que convendría evitar:

1. Aspiración de la h procedente de la f inicial latina.
2. Neutralización de r y l finales de sílaba.
3. Pérdida casi general de la -d- intervocálica.
4. Realización fricativa de la ch.
5. Rehilamiento de la y-ll en zonas yeístas.

Como vemos, este es un primer intento de hacer llegar a los locutores que hablan andaluz —por supuesto el que hable cualquier otra modalidad de español bienvenido sea sin que tenga que cambiar sus hábitos articulatorios— unas reglas precisas sobre los rasgos más prestigiosos y menos prestigiosos de nuestra modalidad de español. Es cierto que esta iniciativa está todavía inacabada, pero convendría desde el mundo de la lingüística plantearse si no sería necesario que se dejara constancia a todos los andaluces de que existe una norma andaluza culta que no sólo puede ser comprobada en la misma sociedad, sino que puede ser utilizada por lo que hoy en día tiene más influencia en la sociedad, por los medios de comunicación. Entonces los andaluces se convencerían de que los rasgos propios de nuestra modalidad no son exclusivamente andaluces, sino que son españoles. Algo que ya tienen asumido al otro lado del Atlántico, donde los rasgos de seseo, pronunciación implosiva de las s, etc. no son considerados rasgos americanos o andaluces, sino rasgos propios de nuestro común idioma español. Es quizás por este motivo que la norma mediática hispanoamericana ya existe en la realidad y lo normal en estos países es que los presentadores de televisión y los locutores de radio utilicen su propia modalidad y no se les pase por la cabeza la necesidad de utilizar la norma culta castellana para expresarse ante la cáMara o el micrófono.

Con este breve repaso a las diferentes normas que conviven en el español peninsular, creo que han quedado claras algunas actuaciones en materia lingüística que convendría acometer cuando antes. Primero, establecer según criterios lingüísticos y sociolingüísticos una norma de andaluz ejemplar que tenga su correlación en una norma escolar y mediática andaluza. Segundo, establecer como norma de español ejemplar peninsular una norma que no discrimine a la modalidad lingüística andaluza. Tercero, tener en mente que para que el futuro de nuestro idioma no se vea amenazado por una improbable, pero posible disgregación, es necesario comenzar a establecer lo que sería una futura norma de español panhispánico, basada principalmente en la norma atlántica. Tomando las palabras de E. Coseriu:

De todo esto se infiere que a España y a las autoridades españolas les corresponde una función rectora de coordinación de los esfuerzos en pro de la unidad y unificación idiomática; función de alta responsabilidad, y que evidentemente no puede reducirse a imponer la ejemplaridad española, sino que implica también la selección y aceptación razonada y razonable de lo creado, en este mismo plano, en cualquier parte del mundo hispánico y, al mismo tiempo, la exclusión de lo que, con respecto a este nivel y en perspectiva panhispánica, es sólo localismo o regionalismo del español de España 20.

Creo que el profesor Coseriu no puede dar un acercamiento más unitario a los problemas actuales del español, que como vemos tienen que resolverse en dos sentidos. Aceptar que la norma castellana no puede seguir siendo la única en la que se base la norma de español ejemplar peninsular, y que una norma ejemplar de español peninsular no puede seguir siendo la única válida, excluyendo al español de América, como norma ejemplar de nuestro idioma común. En este sentido, el andaluz puede convertirse en el eslabón más importante de esta cadena llamada lengua española que a todos, españoles y americanos, nos une tan dulcemente, tan libremente.
Referencias bibliográficas

1. ALVAR, M. (1982): La lengua como libertad, Madrid: Cultura Hispánica, p. 37.

2. COSERIU, E. (1989): Teoría del lenguaje y lingüística general, Madrid: Gredos, p. 90.

3. COSERIU, E. (1990): «El español de América y la unidad del idioma». En: I Simposio de Filología Iberoamericana, Universidad de Sevilla, p. 67.

4. CASSIRER, E. (1983): Antropología filosófica, Madrid: Fondo de Cultura Hispánica, p. 195.

5. COSERIU, E. (1990): «El español de América», op. cit. p. 49.

6. COSERIU, E. (1990): «El español de América», op. cit. p. 51.

7. COSERIU, E. (1995): «Norma andaluza y español ejemplar». En: Actas del III Congreso sobre enseñanza de la lengua en Andalucía, Diputación de Huelva, p. 163.

8. CARBONERO, P. (1996): «Norma sociolingüística, norma académica y norma escolar en Andalucía». En: Actas de las I Jornadas sobre Modalidad Lingüística Andaluza. Sevilla: Alfar, p. 57.

9. LAMÍQUIZ, V. (1996): «Situación sociolingüística de la Comunidad Andaluza». En: Actas de las I Jornadas sobre Modalidad Lingüística Andaluza, Sevilla: Alfar, p. 16-18.

10. CARBONERO, P (1995): «El concepto de norma andaluza: su adecuación al contexto didáctico». En: Actas del III Congreso sobre enseñanza de la lengua en Andalucía, Diputación de Huelva, p. 54.

11. ROPERO, M. (1993): La modalidad lingüística andaluza, Madrid: Grazalema, p. 15.

12. CARBONERO, P. (1996): «Norma sociolingüística», op. cit. p. 54.

13. NARBONA, A. (1998): «Normalizar el andaluz?». En: Revista El Siglo que Viene, Nº 33. Ayuntamiento de Sevilla, p. 22.

14. NARBONA, A. (1998): El español hablado en Andalucía, Barcelona; Ariel Lingüística, p. 9.

15. CARBONERO, P. (1995): «El concepto de norma andaluza», op. cit. p. 51.

16. NARBONA, A. (1996): «¿Normalizar el andaluz?», op. cit., p. 19.

17. CARRASCOSA, J.L. (1997): «El habla en Canal Sur Satélite (radio y televisión). En: Actas del Congreso de Habla Andaluza, Sevilla: Antonio Narbona y Miguel Ropero, p. 425.

18. ALVAR, M. Supervisor (1991): Libro de estilo de Canal Sur Televisión, Sevilla: Canal Sur Televisión, p. 67.

19. VAZ DE SOTO, José M. (1995): «El andaluz en los mass media». En: Actas del I Simposio regional sobre actualización científica y didáctica sobre «Literatura culta y popular en Andalucía». Sevilla: Asoc. de Profesores de Español, p. 83.

20. COSERIU, E. (1990): «El Español de América», op. cit. p. 74-75.


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