Al utilizar Celtiberia.net, asumes, por tu honor, no hacer uso de las informaciones aquí publicadas para destruir, expoliar ni realizar actividades ilegales relacionadas con el patrimonio, en ninguno de los lugares aquí detallados.
MADRID Colmenar Viejo
10 de mar. 2008
Clasificación: Yacimiento
Información mantenida por: rincesvinto
Mostrada 15.921 veces.
Necropolis visigoda Ermita Virgen de los Remedios
Cómo llegar y horarios
El poblamiento fue geoposicionado por rincesvinto.
No hay imágenes relacionadas.
Comentarios
Pulsa este icono si opinas que la información está fuera de lugar, no tiene rigor o es de nulo interés.
Tu único clic no la borarrá, pero contribuirá a que la sabiduría del grupo pueda funcionar correctamente.
Si te registras como usuario, podrás añadir comentarios a este artículo.
En su interior se encuentra este demarcador imperial, de confluencia, bien de municipios, más probablemente de conventos jurídicos:
Foto: http://www2.uah.es/imagines_cilii/Inscripciones_CAM/Complutum/compos/0155.jpg
Copyright: Centro CIL II Alcalá de Henares
El texto inferior es moderno.
Más información sobre la iglesia: http://es.wikipedia.org/wiki/Ermita_de_Nuestra_Se%C3%B1ora_de_los_Remedios_(Colmenar_Viejo)
con foto aérea.
Parte de las tumbas excavadas pueden verse en el subsuelo de la nave, a través de una cubierta de cristal (frecuentemente opaca por la humedad, por cierto).
La vista desde allí del embalse de Santillana y de Manzanares el Real es muy gratificante.
A.M. Canto, estimada profesora, con relación a su comentario: "...este demarcador imperial, de confluencia, …más probablemente de conventos jurídicos". ¿Sería tan amable de aclarar detalles de lo qué se refiere con "probablemente conventos jurídicos"?, resultaría muy gratificante leer sus comentarios ahondando en la cuestión.
En cualquier caso, gracias y un cordial saludo.
Hola, Mentercosa. Sí, se lo explico con gusto. En una época aún no bien determinada, cada una de las provincias hispanas se dividió en conventos jurídicos (en latín conventus iuridici), cuyas finalidades principales, hasta donde sabemos y tenemos pruebas epigráficas (en las literarias apenas se toca este tema), eran dos: la administración de justicia de segundo o superior nivel y la celebración del culto imperial (que también se hacía a escala local y provincial).
En época de Plinio, que refleja una división existente al menos desde Augusto, los conventus eran en total 14: 7 para la Citerior, 3 para la Lusitania y 4 para la Bética.
En la zona del terminus augustalis de la ermita de los Remedios posiblemente confluían los conventos Caesaraugustanus, Cluniensis y Carthaginensis. Hace tiempo colgué aquí este mapa, que le ayudará a hacerse una mejor idea, aunque cabe decir que en algunas zonas, como ésta, los límites conventuales no están perfectamente fijados, por falta de más termini como éste.
Por otro lado, he encontrado este sitio sobre la necrópolis visigoda bajo y junto a la ermita, con mapas, planos y fotos, una aérea: http://www.colmenarviejo.biz/colmenar_historia/necropolis_remedios.htm
Saludos pascuales.
Parece ser que la existencia de conventus ha de remontarse a César, fruto de la emigración romano-itálica y de los equites Romani que defendían sus intereses de grupo organizándose en conventus civium Romanorum (y exigiendo posteriormente la equiparación con los itálicos), pues sólo cabe una organización planificada peninsular una vez que el norte cedió en su carácter de espacio ocupado militarmente para integrarse en una administración regular. Pero la Dra. Canto podría matizar este punto mucho mejor que yo, mera aprendiz....
Estos conventus civium romanorum se formaron posiblemente en el periodo republicano y fueron desapareciendo al crearse las colonias y los municipios en los que quedaron integrados. Los provinciales hispanos fueron agrupados regionalmente para facilitar las relaciones administrativas con el estado en unidades geográficas menores que se llamaron conventus iuridice. Así, al referirnos a conventus o conventos hablamos pues de los nuevos distritos judiciales. Pero el convento no es una unidad jurisdiccional inferior a la provincia, sino una parcela funcional de la misma para racionalizar la acción pública. En la capital del convento comparecía en fechas preestablecidas el gobernador provincial o sus delegados, donde se congregaban los representantes de las comunidades del distrito para regular las relaciones con el gobierno, para recibir las nuevas disposiciones emanadas de éste, para la resolución de conflictos, y en general, para todo lo concerniente a derechos y obligaciones con el estado.
La institución conventual, que en Plinio se muestra plenamente consolidada, funcionaba a través de una asamblea (concilium conventus). La integraban los representantes (legati) de las colonias, municipios y comunidades peregrinas. Pero, las circunscripciones conventuales no eran sólo divisiones para impartir de forma más cómoda la justicia por parte del gobernador a sus administrados. La capital de cada conventus ejercia una gran atracción sobre los habitantes de la región correspondiente y hacia ella confluían todos aquellos que deseaban exponer sus problemas al gobernador además de ser una magnífica ocasión para ligar relaciones o hacer negocios. Se unen pues al factor administrativo y religioso, el económico y político.
;)
Una aproximación al trifinium de la Ermita de los Remedios, en donde se encontraban tres territorios de ciudades de tres conventos jurídicos distintos.
Profesora A.M.Canto, supongo que el mapa que me indicaba sería éste, ya que la urlque puso muestra todos los mapas. Gracias por su amable atención.
Erix, gracias por el comentario que, aunque fuera de aprendiz, poco tiene de mera.
Jeromor, gracias por acercarnos con claridad meridiana a los Remedios.
Entiendo que las costumbres de frontera de los conventos, en cuanto al culto, serían equivalentes a las costumbres de frontera de las provincias. ¿O no?. ¿Qué verían los romanos para que el límite pasara por la ermita de los Remedios?. ¿Diferenciarían distinta orografía, cultura, etnia…?. Saludos.
El Paraje de La Segoviela junto a Pajares del Cerro en el Camino y Cañada de la Segoviela, y en la antigua jurisdicción de Talamanca - hoy término de El Molar - podría corresponder a Ilarcuris *Ptolomeo. Esperemos que algunos "puntos" localizados y comunicados a la DGP y visitados posteriormente y otros en "supuesto" den los frutos esperados.
La Segoviela parece a todas luces un "centro neurálgico y bien comunicado"
Hasta pronto.
Allí se encontrarían carpetanos, de las tierras cerealísticas del S y arévacos ganaderos del N, que explotaban los pastos serranos. El límite va por las Presierras, por los límites naturales de la Sierra de S. Pedro, del Hoyo de Manzanares y las Machotas, tan naturales que sirvieron también para los musulmanes que colocaron sobre ellos su línea de atalayas, para el Real de Manzanares y para los límites municipales actuales.
Hay 10 comentarios.
1