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MADRID Colmenar Viejo
10 de mar. 2008
Clasificación: Yacimiento
Información mantenida por: rincesvinto
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Necropolis visigoda Ermita Virgen de los Remedios

Necropolis visigoda excavada. Es posible visitar el yacimiento que se ubica en el solar de la ermita de la Virgen del los Remedios de Colmenar Viejo.


Destacar en el interior de la ermita la única tumba antropomorfa reutilizada para el enterramiento de un niño. De esta necrópolis se han extraído vasijas votivas.


Disponibles folletos sobre el yacimiento publicados por la Comunidad de Madrid.

Cómo llegar y horarios

Desde Madrid carretera M607 a Comenar Viejo hasta la salida a la M625 en dirección Guadalix de la Sierra. A cuatro kilómetros aproximadamente se encuentra el yacimiento dentro del comlejo de la ermitra de Nuestra Señora de los Remedios de Colmenar Viejo.


El poblamiento fue geoposicionado por rincesvinto.


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Comentarios

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  1. #1 A.M.Canto 13 de mar. 2008

    En su interior se encuentra este demarcador imPerial, de confluencia, bien de municipios, más probablemente de conventos jurídicos:

    Colmenar viejo_terminus augustal

    Foto: http://www2.uah.es/imagines_cilii/Inscripciones_CAM/Complutum/compos/0155.jpg
    Copyright: Centro CIL II Alcalá de Henares
    El texto inferior es moderno.
    Más información sobre la iglesia: http://es.wikipedia.org/wiki/Ermita_de_Nuestra_Se%C3%B1ora_de_los_Remedios_(Colmenar_Viejo)
    con foto aérea.
    Parte de las tumbas excavadas pueden verse en el subsuelo de la nave, a través de una cubierta de cristal (frecuentemente opaca por la humedad, por cierto).
    La vista desde allí del embalse de Santillana y de Manzanares el Real es muy gratificante.

  2. #2 MENTERCOSA 17 de mar. 2008

    A.M. Canto, estimada profesora, con relación a su comentario: "...este demarcador imPerial, de confluencia, …más probablemente de conventos jurídicos". ¿Sería tan amable de aclarar detalles de lo qué se refiere con "probablemente conventos jurídicos"?, resultaría muy gratificante leer sus comentarios ahondando en la cuestión.


    En cualquier caso, gracias y un cordial saludo.

  3. #3 A.M.Canto 19 de mar. 2008

    Hola, Mentercosa. Sí, se lo explico con gusto. En una época aún no bien determinada, cada una de las provincias hispanas se dividió en conventos jurídicos (en latín conventus iuridici), cuyas finalidades principales, hasta donde sabemos y tenemos pruebas epigráficas (en las literarias apenas se toca este tema), eran dos: la administración de justicia de segundo o suPerior nivel y la celebración del culto imPerial (que también se hacía a escala local y provincial).
    En época de Plinio, que refleja una división existente al menos desde Augusto, los conventus eran en total 14: 7 para la Citerior, 3 para la Lusitania y 4 para la Bética.
    En la zona del terminus augustalis de la ermita de los Remedios posiblemente confluían los conventos Caesaraugustanus, Cluniensis y Carthaginensis. Hace tiempo colgué aquí este mapa, que le ayudará a hacerse una mejor idea, aunque cabe decir que en algunas zonas, como ésta, los límites conventuales no están Perfectamente fijados, por falta de más termini como éste.
    Por otro lado, he encontrado este sitio sobre la necrópolis visigoda  bajo y junto a la ermita, con mapas, planos y fotos, una aérea: http://www.colmenarviejo.biz/colmenar_historia/necropolis_remedios.htm
    Saludos pascuales.

  4. #4 Erix 19 de mar. 2008

    Parece ser que la existencia de conventus ha de remontarse a César, fruto de la emigración romano-itálica y de los equites Romani que defendían sus intereses de grupo organizándose en conventus civium Romanorum (y exigiendo posteriormente la equiparación con los itálicos), pues sólo cabe una organización planificada peninsular una vez que el norte cedió en su carácter de espacio ocupado militarmente para integrarse en una administración regular. Pero la Dra. Canto podría matizar este punto mucho mejor que yo, mera aprendiz....


    Estos conventus civium romanorum se formaron posiblemente en el Periodo republicano y fueron desapareciendo al crearse las colonias y los municipios en los que quedaron integrados. Los provinciales hispanos fueron agrupados regionalmente para facilitar las relaciones administrativas con el estado en unidades geográficas menores que se llamaron conventus iuridice. Así, al referirnos a conventus o conventos hablamos pues de los nuevos distritos judiciales. Pero el convento no es una unidad jurisdiccional inferior a la provincia, sino una parcela funcional de la misma para racionalizar la acción pública. En la capital del convento comparecía en fechas preestablecidas el gobernador provincial o sus delegados, donde se congregaban los representantes de las comunidades del distrito para regular las relaciones con el gobierno, para recibir las nuevas disposiciones emanadas de éste, para la resolución de conflictos, y en general, para todo lo concerniente a derechos y obligaciones con el estado.


    La institución conventual, que en Plinio se muestra plenamente consolidada, funcionaba a través de una asamblea (concilium conventus). La integraban los representantes (legati) de las colonias, municipios y comunidades Peregrinas. Pero, las circunscripciones conventuales no eran sólo divisiones para impartir de forma más cómoda la justicia por parte del gobernador a sus administrados. La capital de cada conventus ejercia una gran atracción sobre los habitantes de la región correspondiente y hacia ella confluían todos aquellos que deseaban exponer sus problemas al gobernador además de ser una magnífica ocasión para ligar relaciones o hacer negocios. Se unen pues al factor administrativo y religioso, el económico y político.


    ;)

  5. #5 MENTERCOSA 27 de mar. 2008

    Profesora A.M.Canto, supongo que el mapa que me indicaba sería éste, ya que la urlque puso muestra todos los mapas. Gracias por su amable atención.


    Erix, gracias por el comentario que, aunque fuera de aprendiz, poco tiene de mera.


    Jeromor, gracias por acercarnos con claridad meridiana a los Remedios.


    Entiendo que las costumbres de frontera de los conventos, en cuanto al culto, serían equivalentes a las costumbres de frontera de las provincias. ¿O no?. ¿Qué verían los romanos para que el límite pasara por la ermita de los Remedios?. ¿Diferenciarían distinta orografía, cultura, etnia…?. Saludos.

  6. #6 sansueña 27 de mar. 2008

    Antigua jurisdicción de talamanca


    El Paraje de La Segoviela  junto a Pajares del Cerro en el Camino y Cañada de la Segoviela, y  en la antigua jurisdicción de Talamanca - hoy término de El Molar - podría corresponder a Ilarcuris *Ptolomeo. EsPeremos que algunos "puntos" localizados y comunicados a la DGP y visitados posteriormente y otros en "supuesto" den los frutos esPerados.


    La Segoviela parece a todas luces un "centro neurálgico y bien comunicado"


    Hasta pronto.

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