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Al Druida: A todos los Druidas
Formulada el sábado, 12 de noviembre de 2005
Número de respuestas: 7
Categoría: Temas Históricos y Artísticos

Legislación sobre los materiales arqueológicos.


Desconozco si existe legislación suficiente respecto a los materiales recuperados despues de una excavación arqueológica. Supongo que si.

Mi pregunta es la siguiente: ¿A partir de cuanto tiempo es obligatorio exponerlos al público?, o dicho de otra forma, ¿qué tiempo máximo ha de transcurrir para que un ciudadano pueda ejercer el derecho, como mínimo, a poder mirarlas?.

Muchas gracas. Saludos.

Respuestas

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  1. #1 Cierzo sábado, 12 de noviembre de 2005 a las 01:51

    Uff me queda un poco lejos mis tiempos de la asignatura Patrimonio Histórico Arqueológico, pero creo que no existe una obligación. Un museo puede tenerla en sus fondos y si no lo ve conveniente no tiene porque exponerla. Pero si realizas una petición, quizá te la muestren. Algun druida más especializado en arqueología o en patrimonio te responderá mejor que yo.

    Salud


  2. #Gracias Abo AGRADECIMIENTO

    Gracias a todos por vuestras aportaciones.

  3. #2 perejón sábado, 12 de noviembre de 2005 a las 13:02

    pues si, Abo,
    existe legislación al respecto. Busca en ARQUEOLOGÍA PARA TODOS y encontrarás el apartado dedicado a legislaciones de las comunidades autónomas.
    A modo de introducción y referido a la que corresponde a Castilla y León, que es la que me toca mas de cerca, es muy escrupulosa; desde la atribución de la capacidad (de arqueólogo reconocido) para obtener un permiso de excavación (privado y financiado con dinero privado, o pública) a lo que se hace con el informe que se obtiene finalmente tras la cata, prospección o excavación programada y los materiales obtenidos. Todo se entrega obligatoriamente a la delegación provincial pertinente para su registro y custodia. Los materiales obtenidos serán almacenados y siempre estarán a disposición de la Administración. Es posible, como Cierzo cita, que se puedan observar esos materiales tras ser archivados o almacenados, previa solicitud a la delegación de Patrimonio correspondiente.

    Espero haberte ayudado algo.

    Salud


  4. #3 Deobrigense sábado, 12 de noviembre de 2005 a las 17:28

    Interesante cuestión la de observar los materiales por parte de cualquiera: ¿es eso posible?¿permiten a cualquiera, sin justificación, solo con la presentación del DNI, entrar en el depósito de materiales de las administraciones públicas y examinar -incluyendo tocar- los materiales arqueológicos?

    Para exposición como tal, en la vitrina de un museo, no hay tiempo previsto: es una decisión de los técnicos de Patrimonio, conservadores de museos (llámalo x).

    Pero es una buena pregunta: yo casí diría que no es posible que pase eso, pero quizás alguien me pueda dar un ejemplo de lo contrario.

    Saludos


  5. #4 Cierzo sábado, 12 de noviembre de 2005 a las 18:05

    Deobrigense, no recuerdo la legislación pero creo que igual que a través de carnet de investigador puedes acceder a los documentos de archivo, es posible que con una instancia en un museo puedan permitirte observar una pieza que esta en sus fondos (si el estado lo permite. Que te dejen tocarla lo veo mucho más dificil por motivos de conservación).
    Yo personalmente pedí poder observar un libro de rezos islamico del siglo XIV que se encontraba en los fondos del museo provincial de Zaragoza, y me lo permitieron ver, ni pregunte en tocarlo, pues su estado no era muy bueno. Incluso hable sobre él con el director del museo, por cierto muy amable. A veces preguntando, y con una buena razón te puedes llevar grandes sorpresas.

    salud


  6. #5 Deobrigense sábado, 12 de noviembre de 2005 a las 20:47

    Gracias, me devuelves la fe en las instituciones (al menos en las aragonesas). Lo del carnet de investigador, afortunadamente, se está convirtiendo solo en un mero trámite y cualquiera -independientemente de su formación- puede acceder a todos (o casi) los fondos documentales históricos que solicite.

    Lo del material arqueológico..... bastante más complicado, pero espero que alguien me ilustre sobre experiencias positivas; yo las he tenido bastante negativas, y eso que soy del oficio (o quizas por eso mismo).

    :-)))

    Saludos


  7. #6 Abo sábado, 12 de noviembre de 2005 a las 22:00

    Os reitero las gracias, a todos, por vuestras aportaciones que utilizo.

    Ley 8/1995, de 30 de Octubre, del Patrimonio Cultural de Galicia. Título III - Del Patrimonio Arqueológico.

    " Artº 62, 3.- Una vez depositados los materiales y presentada la memoria correspondiente a cada actuación, estos quedaran a disposición del público en general, a fin de facilitar otros estudios e investigaciones" ( tomado de "Arqueología para todos", informe del druida perejón).

    En el Artº 62, 2 se comenta que el arqueólogo titular de la autorización de la excavación y hasta que los materiales sean entregados a los museos que designe la Consejería de Cultura, cuenta con la autorización de depósito legal.

    Disculpar que mi pregunta inicial no fuese mas precisa. Lo que quería saber es si desde que aparecen los materiales que posteriormente se van a musealizar, ya en vitrinas o depositadas en sus fondos, y previos los informes arqueológicos, si existe algún plazo de entrega, de los objetos, a la Administración.

    Deobrigense tú como arqueólogo tienes algún plazo de entrega del informe y de los materiales encontrados?. En algún lugar, que no recuerdo, creí entender que era de dos años a contar desde el día de su hallazgo; la ley que me facilita perejón nada dice (la leí un poco por encima) y es posible exista otra complementaría que regule la anterior. No lo sé, vosotros que decís. Gracias y saludos.



  8. #7 Deobrigense domingo, 13 de noviembre de 2005 a las 00:27

    Más que leyes lo que hay en algunos sitios son algo así como reglamentos y otros "métodos" para que se acaben entregando, pero en principio no hay un plazo más o menos fijo. Tiene ventajas e inconvenientes.
    Ventajas: os lo creaís o no se nos acumula el trabajo de gabinete por una sencilla razón y es que es muy difícil presupuestarlo y calcular el tiempo que vas a estar liado con la cuestión, y entonces te llaman de tres sitios distintos a la vez para curarr de campo y no puedes seguir, trabajos que debieran solucionarse en un par de semanas se demoran en exceso (palínolog@s, analisis de C-14, análisis de materiales.... -excusas al fin y al cabo-)
    Inconvenientes: el que estaís pensando, las memorias se retrasan, pierden frescura y lo peor es que la comunidad científica no puede saber lo que se ha hecho en sitios que han dado resultados que pueden servir para apuntar nuevas líneas de investigación.

    Los materiales se suelen entregar antes tras su inventario, aunque también es habitual solicitar una prórroga para tenerlos en el laboratorio y poder estudiarlos.... a veces estas prórrogas son sine die.

    No siempre es así y hay cosas que pueden ir más rápido, como ejemplo la exposición de Pintia que hay ahora mismo en el Museo de la Universidad de Valladolid con materiales recuperados este verano (según dicen en la expo); aunque en este caso el contenido científico de la exposición es de un nivel bajo, solo exhibiendo piezas que pueden servir para dar publicidad a un yacimiento tan imortante como este.

    Luego hay otra cuestión: pueden pasar años hasta que una pieza importante, o una colección importante para su musealización, sea expuesta al público por la falta de agilidad que tienen las administraciones con los temas arqueológicos sobre todo por la falta de recursos.

    Bueno, un panorama un poco pesimista y seguro que alguien puede decir lo contrario, de lo cual me alegraré mucho.

    Saludos


  9. Hay 7 comentarios.
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