Autor: kallaikoi
sábado, 16 de junio de 2007
Sección: Edad Media
Información publicada por: kallaikoi
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Acerca de D. Pero Fernández, Señor da Casa Dandrade
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Es curioso comprobar cómo tras un descubrimiento de cierta importancia, como ha sido el hallazgo de la destrozada lápida de la tumba de D. Pero Fernández, Señor da Casa Dandrade, bajo el piso de la iglesia de Perlío (Fene, A Coruña), cobran nueva vida informaciones que en su día sólo consideramos anecdóticas.
En la Historia y Descripción de la Villa y Departamento del Ferrol, de D. José Montero y Aróstegui, publicada en 1858, se puede encontrar en la Sección 2ª, páginas 294 y siguientes, la reproducción de un curioso documento medieval del siglo XV, en el cual se hace referencia a D. Pero Fernández de Andrade.
La villa de Ferrol no estaba sujeta al dominio de ningún Señor desde mucho tiempo antes de que le confirmasen sus privilegios los reyes Fernando III, el Santo (15-04-1250); Alfonso X, el Sabio (05-08-1270); y el infante Don Sancho, el Bravo (22-01-1283).
La situación duró hasta que el rey Enrique II cedió a D. Fernán Pérez de Andrade el señorío de la villa, pero los ferrolanos recuperaron la pertenencia a la Corona mediante la confirmación de sus antiguos privilegios que les fue otorgada por el rey Juan II (25-04-1429), los cuales fueron confirmados de nuevo por el rey Enrique IV (15-05-1467).
El documento que se reproduce en el libro, fechado en 1432, contiene una protesta ─notable protesta, opina D. José Montero─ de los habitantes de la antigua villa de Ferrol ante las puertas del palacio del rey Juan II en Zamora, por causa de las contínuos abusos y crímenes que les habían causado hasta entonces el Señor Nuño freyle Dandrade y su hijo Pero Fernández.
La protesta, presentada por escrito por el entonces procurador de la villa de Ferrol, Pedro Padron, ante las puertas del palacio del rey Juan II en Zamora, el 18 de enero de 1432, donde le recuerda al rey los privilegios que había otorgado a la villa, es prueba patente de los continuados ataques del Señor de Andrade y su hijo contra los vecinos de Ferrol, tras haber perdido el dominio de la villa.
Igualmente, Pedro Padron trasmite las protestas de los vecinos de Ferrol, y las suyas propias, contra la probable cesión del Señorío de la villa y sus tierras al indeseable y criminal hijo del Señor de Andrade, Pero Fernández de Andrade.
Teniendo a la vista una copia de tan curioso documento, y sin querer privar a sus lectores del gusto de verlo, transcribe D. José Montero:
En la ciudad de Zamora ante las puertas de los palacios á donde posaba nuestro Señor el Rey, diez y ocho días del mes de Enero año del nacimiento de nuestro Señor Jesucristo de mill é quatrocientos é treynta é dos años en presencia de mí Alvaro Alfon…[ilegible] escribano del dicho Señor rey é su notario público en la su corte é en todos los sus reynos é de los testigos de yuso escriptos paresció Pedro Padron vesino de la villa de Ferrol del Reyno de Gallisia é presentó é fiso leer por mí el dicho notario un escripto de testigos y protestación fecha de esta guisa:
Notario presente daredes testimonio á mí Pedro Padron procurador del Concejo de la villa de Ferrol desta protestación que por ante vos fago aquí ante las puertas del Palacio de nuestro Señor el Rey, por cuanto non puedo aver su presencia, é digo que por cuanto yo en nombre del dicho Concejo he dado ciertas querellas por ciertas peticiones que ante el dicho Señor Rey presente en el su muy alto Concejo querellándome en el dicho nombre de los muchos males, é daños, cohechos, despechamientos é arranzonamientos é muertes de omes é presiones é despoblamiento de la dicha villa que de Nuño freyle Dandrade é de su hijo Pero Fernandez é de sus escuderos é omes por su mandado recibimos é avemos recibido fasta aquí, é agora antes de los vesinos de la dicha villa seyeren proveydos de remedio de justicia cerca los susodichos males é robos é daños é espechamientos é prisiones de omes é mugeres é fuerzas é desaguisados que les así fueron fechos según dicho es, fisiéronme entender que dicho Señor Rey no acatando á lo susodicho á fecho ó quiere faser merced al dicho Pero Fernandes de la dicha villa é su tierra dándole el Señorío della por ende que yo en el dicho nombre protesto que caso que al dicho Pero Fernandes sea fecho merced del Señorío de la dicha villa é su tierra antes que el dicho Concejo é vesinos del sean proveydos de remedio de justicia cerca los susodichos males, robos é daños é muertes é presiones é cohechos é arranzonamientos nin seren punidos ni nos aver dello ni de parte dello alcanzando complimiento de justicia que al dicho Concejo e vesinos é moradores del no corra tiempo al su derecho cerca los susodichos males é robos é daños por no poder al presente alcanzar complimiento de justicia é que al dicho Concejo quede é esté é sea sano é eso mismo á los vesinos del su derecho para lo segir é acusar é demandar siempre é en todo tiempo, ónde é quando é cómo é ante quien debieren. Otrosí por quando la dicha villa de Ferrol pertenece á la Corona rayal de nuestro Señor el Rey segund los previllejos que en esta razon tenemos, é que sobrello nos fueron dados por los Reyes antecesores de nuestro Señor el Rey los cuales por su alteza nos fueron é son confirmados é otorgados é por su Señoría fecho juramento por su fe rayal de los guardar é mantener segund que en ellos se contiene é agora es venido nuevamente á noticia de mí el dicho Pedro Padron procurador del dicho Concejo que su alta Señoría quiere faser merced de la dicha villa al dicho Pero Fernandes de Andrade contra todo lo susodicho é non catando á ello quebrantando los dichos previllejos é usos é costumbres á que fuemos é somos poblados, por ende que yo en el dicho nombre no consiento en ninguna ni alguna gracia é merced que de la dicha villa é su tierra sea fecha al dicho Pero Fernandes é protesto que si le es ó fuera fecha que sea en sí ninguna é de ningun valor, é de cómo lo digo pídolo por testimonio sinado para guarda del derecho del dicho Concejo de la dicha villa é vesinos della é de su tierra é alfoges é mío en su nombre. Testigos que á esto fueron presentes Juan Sanches de Vallid é Juan de los Santos pescador vesinos de la villa de la Cruña é Pero Lopes vesino de la villa de la Ponte de ume é otros; é yo el dicho Alvaro Alfonso escribano é notario público sobredicho porque fui presente a todo lo que dicho es escrebí esta carta e fise en ella este mío signo:
>>(Hay un signo.)
No sabemos si, finalmente, el rey Juan II cedió el Señorío de la villa de Ferrol a Pero Fernández de Andrade, aunque sí hay prueba documental de que el rey Enrique IV confirmó de nuevo sus antiguos privilegios a los vecinos de Ferrol (15-05-1467).
Probablemente, los Señores de Andrade recuperaron el Señorío de la villa durante el reinado de los Reyes Católicos, y lo conservaron hasta que lo cedió de nuevo a la Corona el Conde de Lemos, según Real Cédula del 21-09-1733, reinando en España el rey Felipe V.
A la vista del lamentable estado de la aparecida lápida del sarcófago de D. Pero Fernández, señor da Casa Dandrade ─como escribió el procurador Pedro Padron y todavía se puede leer en la lápida─ podría pensarse, de acuerdo con sus antecedentes, que su tumba pudo ser profanada y el sarcófago destruido. Sería interesante poder comprobar si D. Pero se murió en la cama o tuvo una muerte violenta, a causa de la situación que denunció el procurador de la villa de Ferrol.
Los Celtíberos avisados también encontrarán interesante ver cómo escribieron Alvaro Alfonso y Pedro Padron en sus respectivos documentos, tanto el nombre del Reino de Galicia (Reyno de Gallisia), como el de la villa de Pontedeume (la villa de la Ponte de ume).
Más informacióen en: http://es.geocities.com/kallaikoi
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