Autor:
viernes, 04 de enero de 2008
Sección: De los pueblos de Celtiberia
Información publicada por: DelaCarpetania
Mostrado 93.135 veces.
El teatro romano de Sagunto deberá volver a su estado original
El teatro romano, de la ciudad de Sagunto, volverá a su estado original antes de las obras de reconstrucción.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado el plazo de dieciocho meses para que se ejecuten las obras de reversión del Teatro Romano de Sagunto dictadas en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) de abril de 2003.
Escribe aquí el segundo bloque de texto de tu artículo
No hay imágenes relacionadas.
Comentarios
Pulsa este icono si opinas que la información está fuera de lugar, no tiene rigor o es de nulo interés.
Tu único clic no la borarrá, pero contribuirá a que la sabiduría del grupo pueda funcionar correctamente.
Si te registras como usuario, podrás añadir comentarios a este artículo.
De Las Provincias, la opinión de un ciudadano sobre la obra y uno de los autores:
"Carlos - 11/01/2008 20:14
Yo he sufrido em mis carnes como alumno de la Escuela de Arquitectura de Valencia al señor Portacelli, donde por el bien de todos debería inminentemente dejar de dar clases, y os aseguro que no me extraña en absoluto la atrocidad que se cometió con el impresionante escenario que los romanos nos dejaron en Sagunto. Tampoco me extraña que este incomparable teatro haya sido víctima de tan egocéntrico, horRIPilante y arrasador proyecto de "rehabilitación".
Lucus:
NO se si el ciudadano que opina y yo coincidimos en el parecio por el Tomate o no, pero, visitado el teatro de Sagunto antes y después de la intervención de Portacelli y cía, coincido totalmente con él en que el teatro es "egocéntrico , horRIPilante y arrasador "
Giannini: Disculpe, pero no es así. La Ley de Patrimonio de 1985 era la única de aplicación en la Comunidad Valenciana en el momento en el que se comienzan las obras (1986), y también cuando se suspenden (1993), ya que la primera normativa propia es la Ley 4/1998 del Patrimonio Cultural Valenciano, que además no trataba de la cuestión de las intervenciones, esto se contempla en la modificación de 2004: Ley 7/2004 "de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio,
del Patrimonio Cultural Valenciano". Y, con todo, véase lo que ésta dispone al respecto:
"Artículo
38. Criterios de intervención en monumentos y jardines históricos.
1. Cualquier intervención en un
monumento o jardín histórico declarado de interés cultural deberá ir encaminada
a la preservación y acrecentamiento de los intereses patrimoniales que
determinaron dicho reconocimiento (1) y se ajustará a los siguientes criterios:
a) La intervención respetará las
características y valores esenciales del inmueble. Se conservarán sus
características volumétricas, espaciales, morfológicas y artísticas, así como
las aportaciones de distintas épocas que hayan enriquecido sus valores
originales. En caso de que se autorice alguna supresión deberá quedar
debidamente documentada.
d) No se autorizarán las reconstrucciones totales o
parciales del bien, salvo que la pervivencia de elementos originales o el
conocimiento documental suficiente de lo que se haya perdido lo permitan, y
tampoco cualquier añadido que falsee la autenticidad histórica. En todo caso,
tanto la documentación previa del estado original de los restos, como el tipo
de reconstrucción y los materiales empleados deberán permitir la identificación
de la intervención y su reversibilidad."
(1) En este caso, sus valores romanos, pues este teatro fue el primero en ser declarado monumento nacional, en 1896.
No mencioné en el tema de la irrectroactividad la única excepción que hay y Ud. señala porque atañe a la limitación de derechos individuales, especialmente el de privación de libertad, y por tanto se aplica en lo penal, como bien sabemos a raíz de la excarcelación obligada de algunos etarras. Y tiene toda lógica: si alguien cumple 20 años por un delito, no puede pasar a cumplir 5 más porque quince años después se cambie la ley. Pero, vamos, aquí eso no tiene nada que ver y, aunque se aplicara la prescRIPción de 2004, el final sería el mismo. El caso de la anulación de sentencias de los tribunales franquistas (que debe considerarse excepcional desde el punto de vista de los sistemas democráticos) ha requerido a pesar de todo una ley expresa. No se hubiera podido hacer si no, además de que estamos de nuevo en el ámbito penal.
Como conclusión, la ley de Patrimonio de 1985 es la única aplicable a este caso y, aunque se pudiera aplicar la autonómica (que tampoco, por la misma irretroactividad), ésta también prohíbe las reconstrucciones de edificios arqueológicos y los falseamientos. Cosas ambas que en Sagunto se han hecho, siendo evidente que no quedaban elementos originales para levantar la scaenae frons como fue, ni tampoco la escena de los teatros romanos, ni hacia dentro ni hacia fuera, tiene un mínimo parecido con el "invento" de Grassi y Portaceli.
Cuando estaba en primero de carrera (corría el año 2001), asistí a un curso de "Patrimonio al Debate" y mi investigación final consistió en la polémicas restauraciones del Teatro de Sagunto. Os pego mi trabajo, xq recoge bastante información sobre el tema y puede conseguir de q nos hagamos una idea de en q consistió la "restauración" de Grassi y Portaceli.
Existen arqueólogos que tienen diferentes conceptos sobre la restauración y rehabilitació
- Arqueólogos no intervencionistas: esta postura deja en manos de los arquitectos la libertad para hacer lo que quieran. Este extremismo llevaría a la gloria (o lo contrario) a un arquitecto y a la empresa que lo dirige, manteniéndose el arqueólogo, relegado a un plano secundario.
- Arqueólogos que sólo permiten unas "restituciones mínimas": aunque este concepto es muy débil, y sino sólo hay que ver el teatro romano de Sagunto o monumentos comparables a este. Este sentido ha conseguido convertir en un caos, monumentos y tipologías arquitectónicas.
- Arqueólogos clásicos: promueven la restauración profunda de los monumentos, y se preocupan por como deberían ser las relaciones entre arqueólogos y arquitectos, aunque estos últimos están mejor situados que los primeros.
La problemática relación de los dos profesionales antes nombrados se ha sacado a la luz tras las opiniones sobre la rehabilitació
Las leyes españolas, que rigen el desarrollo científico de la investigación arqueológica y la materia de patrimonio histórico, viven en una constante renovación. Por ejemplo, la ley de 1985 sustituye el término de ruina-monumento, por el de bien de interés cultural. Este término hace que el concepto que se tiene de un arqueólogo no sea el de experto en ruinas, y se le juzgue por sus estudios y su documentación. En la actualidad, el turismo cultural crece, por lo que se demanda espacios históricos, es ahora cuando los arqueólogos deben aprovechar para demostrar que sus investigaciones son estudios con base y argumento.
Una sentencia del Tribunal Supremo de Valencia, acaba da avivar la polémica en lo referido a la rehabilitació
Un ejemplo en los errores cometidos en la intervención al Teatro de Sagunto: la cávea tiene un boquete debido a que la "restitución mínima" de las gradas ha desajustado su ritmo compositivo, de modo que en la parte superior irrumpe la bóveda de un pasillo subterráneo de distribución, al no haberse calculado que las losas que recubrían los asientos iban sumando altura a las gradas.
Los extremos de la cávea se han consolidado como si fueran parodoi, elemento que no tiene lugar en un teatro latino, aunque para conseguir ese plano vertical se recurriera a volar con un cartucho de dinamita una parte de la estructura romana.
También el escenario se había ensanchado, sellando las substrucciones del frente escénico y del proscenio, con un piso de cemento sobre el que se elevan los restos de dos valvas.
Pueden elaborarse trabajos orientados a subsanar esos errores. No podemos tener un planteamiento rígido en cuanto a la restauración. Por eso, esas intervenciones mínimas, a veces irreversibles, son tan peligrosas como una restauración de mayores ambiciones, siendo por este motivo, por lo que el informe arqueológico es decisivo para optar por uno o por otro grado de intervención. Para conocer la articulación constructiva, la arqueología clásica dispone de un método basado en el estudio directo del monumento. Se han realizado la planta y las secciones arqueológicas del Teatro de Sagunto en la documentación aportada por Emilia Hernández en 1986 y esas conclusiones sí que han sido utilizadas en la rehabilitació
La contemplación de las formas romanas desprovistas de decoración, produce una impresión de proyecto inacabado y eso puede achacarse al proyecto del Teatro de Sagunto: un cuerpo arquitectónico de ladrillo depositado sobre la cimentación pétrea romana, limpio y claro, que cobija en su interior capiteles, inscRIPciones y mosaicos procedentes de la ciudad de Sagunto. Hay quien opina que la memoria del lugar no justifica una restauración. La intervención de G. Grassi y M. Portaceli partía de unos criterios que pueden tomarse como defendibles, pero que analizados no soportan una crítica rigurosa. G. Grassi atribuye a anteriores intervenciones objetivos y criterios que parecen infundados y subjetivos, al definir el estado del monumento como una ruina artificial. En base a ello, se establecían las justificaciones de su actuación. Pero esto no podía resultar excusa para el tipo de intervención realizada, que se desentiende de la originalidad del propio monumento para plantear una idea propia sobre el mismo que acaba implantándose por encima de toda otra consideración. No puede afirmarse que el proyecto se haya basado en un conocimiento científico del edificio, ni que haya sido respetuoso con éste. Ni se hizo la adecuada investigación previa a la fase del proyecto, ni los resultados obtenidos de los hallazgos o estudios posteriores han provocado las modificaciones que hubieran sido de rigor, lo que lleva a suponer que tales datos no importaban a los autores del proyecto.
Como ejemplo: la reconstrucció
A este efecto contribuye en gran medida la reconstrucció
¿Hasta qué punto se justifica una intervención de esta envergadura en un monumento histórico?
Existen dos tipos de justificaciones:
a) En primer lugar se apela que históricamente ha habido intervenciones de cada época en los edificios, llegando alguna a tener tanta o mayor calidad que la obra original. La existencia de una mayor conciencia histórica y de un respeto hacia el legado del pasado, en este caso arquitectónico. Nuestra época se caracteriza por haber plasmado este sentir en legislaciones protectoras de este legado. En este caso nos enfrentamos con la esencia misma del concepto de conservación de un patrimonio. Argumentar que igual que se hizo en esas épocas se puede hacer hoy, es un contrasentido histórico, y será en su concepción y actitud, arquitectura de otra época, no arquitectura actual. En cualquier caso debe respetar la esencia y la naturaleza del monumento, no sobreponerse a él, ni menos ocultarlo o enmascararlo detrás de la obra actual. Y respetar su esencia puede en muchos casos querer decir respetar su estado de ruina. Conviene aquí preguntarse hasta que punto es necesario que todos los monumentos vuelvan a recuperar un uso. Hay muchos que merecen quedar como meros símbolos. Y si hace falta un teatro, hay muchos lugares en que poder edificarlo.
b) Otro de los argumentos es la supuesta restauración del espacio original. La recuperación del espacio primigenio original, choca con la conservación de la materia auténtica del monumento. Lo que no tiene sentido es una restauración cree un espacio nuevo o transforme el original. En un monumento llegado a nosotros en estado de ruina, su espacio ruinoso no será el "auténtico" original, pero puede llegar a cobrar significación propia como ruina, y por tanto nueva autenticidad.
El atractivo y la veneración que para nuestra sociedad encierran muchos monumentos, no cabe duda que en muchos casos se desvanecería tras actuaciones de reconstrucció
En la actualidad, quince meses después de que el Tribunal Superior de Justicia confirmara la sentencia dictada en
El derribo podría costar unos seis millones de euros y, no comenzará hasta septiembre. Todos los informes sobre la reversibilidad de las obras en la zona de la gradería son favorables tras la realización de diversas catas sobre la zona. En cuanto a la zona del escenario, la reversibilidad será posible hasta cuotas de 1/20, ya que este a partir de este nivel cuando hay peligro de tocar la piedra original. Habrá partes del escenario en las que será posible intervenir en mayor profundidad debido a que la obra de mármol no está nivelada. Es imposible devolver los restos arqueológicos hallados y sacados del teatro cuando se hicieron las obras. Estos restos pasarán a exponerse en uno de los museos de la localidad, en la denominada casa del Mestre Penya.
El proyecto definitivo de restauración será elaborado por una comisión multidisciplinar, en la que tendrán cabida desde arquitectos a delineantes, pasando por historiadores. Los miembros de esta comisión debatirán exclusivamente cuestiones técnicas. La sentencia prohibe la nueva construcción y sólo indica la demolición de la obra nueva y la adecuación del recinto para que éste tenga finalidad funcional y pueda ser utilizado por el público. Se harán las reformas pertinentes para evitar las filtraciones de agua que han perjudicado durante estos años la piedra original de la gradería."
Espero q os haya gustado mi trabajo, si véis algún fallo me lo decís.
Las fuentes q utilicé fueron:
- El Teatro Romano de Sagunto: Génesis y Construcción.
LARA ORTEGA, Salvador
- Revista de ARQUEOLOGÍA, nº 147
- Revista de ARQUEOLOGÍA, nº 150
- Revista de ARQUEOLOGÍA, nº 153
Para finalizar, voy a citar algo q escribí en la opinión personal de este trabajo y q no os he adjuntado (xq son opiniones personales sin importancia.
"El patrimonio es nuestro pasado, el cual nos ayuda a afrontar el futuro sin sensación de desarraigo, ni cultural, ni social. Si acabamos con este patrimonio o lo convertimos en una obra actual, perdiendo así su identidad, no habrá pasado al que recurrir para fijar nuestro presente, ni tampoco para sentir nostalgia por él y enorgullecernos de lo que un día fuimos."
Más documentación. El que sigue es un trabajo de curso reportado por J. Blanco en la Lista de terraeantiqvae. Procede un hilo de foros de la UNED sobre el mismo tema del teatro, y lo firma "gericault", de Tenerife, aquí. Lo voy a transcribir con ambas venias (espero), porque contiene detalles y precisiones poco comentadas en prensa sobre algunos errores muy concretos, que me permitiré resaltar, entre otros:
«Cuando
estaba en primero de carrera (corría el año 2001), asistí a un curso de
"Patrimonio al Debate" y mi investigación final consistió en la
polémicas restauraciones del Teatro de Sagunto. Os pego mi trabajo, xq recoge
bastante información sobre el tema y puede conseguir de q nos hagamos una idea
de en q consistió la "restauración" de Grassi y Portaceli.
"LAS POLEMICAS RESTAURACIONES EN EL MUNDO ANTIGUO. EL
TEATRO ROMANO DE SAGUNTO
Aunque últimamente hayamos visto proliferar las intervenciones en nuestros
monumentos de forma rápida, no han ido con la misma velocidad, los estudios
sobre nuestro patrimonio y lo que este nos puede transmitir, o lo que es mejor,
enseñar. Es por esto mismo que hablamos de intervenciones y no de restauraciones, ya que sería
impropio utilizar este último término, para designar a actuaciones que se
caracterizan por su falta de documentación y rigor. De todas formas, no
todas las intervenciones se realizan mal, sino que todo depende del interés que
despierte el monumento que se va a someter a restauración. En este caso, el
monumento a investigar es el Teatro Romano de Sagunto, el cual se encuentra
entre los primeros a los que el Estado dio tal calificativo. Tras la
destrucción ejecutada por el hombre en la baja antigüedad, convirtiéndose en un
esqueleto al ser saqueado de toda ornamentación y de los sillares que
conformaban sus partes más nobles, la majestuosidad y potencia de su estructura
se han mantenido expresando la sabiduría y conocimientos técnicos de sus
constructores y ha sido causa de admiración y curiosidad, por todos los que han
sentido y sienten la atracción por el pasado y sus variantes.
Existen arqueólogos que
tienen diferentes conceptos sobre la restauración y rehabilitación de los
monumentos, pudiéndose englobar en tres grupos:
- Arqueólogos no intervencionistas: esta postura deja en manos de los
arquitectos la libertad para hacer lo que quieran. Este extremismo llevaría a
la gloria (o lo contrario) a un arquitecto y a la empresa que lo dirige,
manteniéndose el arqueólogo relegado a un plano secundario.
- Arqueólogos que sólo permiten unas "restituciones mínimas": aunque
este concepto es muy débil, y si no sólo hay que ver el teatro romano de
Sagunto o monumentos comparables a este. Este sentido ha conseguido convertir
en un caos, monumentos y tipologías arquitectónicas.
- Arqueólogos clásicos: promueven la restauración profunda de los monumentos, y
se preocupan por como deberían ser las relaciones entre arqueólogos y
arquitectos, aunque estos últimos están mejor situados que los primeros.
La problemática relación de los dos profesionales antes nombrados se ha sacado
a la luz tras las opiniones sobre la rehabilitación del Teatro de Sagunto,
monumento al que va dirigido este trabajo. En estos últimos años, algunos arquitectos han criticado
la situación penosa a la que se ven sometidos los arqueólogos, haciendo de esta
forma una crítica indirecta hacia sus compañeros arquitectos Grassi y Portaceli,
que llevaron a cabo la rehabilitación ejercida sobre el monumento mencionado. A
pesar de estas críticas, los
arquitectos han englobado el trabajo que debería ser ejercido por los
arqueólogos, los cuales son los que conocen sobre los temas de Patrimonio y
Arqueología, ya que un arquitecto intervendría guiándose solamente por la
estética.
Las leyes españolas, que rigen el desarrollo científico de la investigación
arqueológica y la materia de patrimonio histórico, viven en una constante
renovación. Por ejemplo,
la ley de 1985 sustituye el término de ruina-monumento, por el de bien de
interés cultural. Este
término hace que el concepto que se tiene de un arqueólogo no sea el de experto
en ruinas, y se le juzgue por sus estudios y su documentación. En la
actualidad, el turismo cultural crece, por lo que se demanda espacios
históricos, es ahora cuando los arqueólogos deben aprovechar para demostrar que
sus investigaciones son estudios con base y argumento.
Una sentencia del Tribunal Supremo de Valencia, acaba de avivar la polémica en
lo referido a la rehabilitación llevada a cabo en el Teatro Romano de Sagunto.
Esta sentencia ha declarado ilegal dicha intervención, basándose en el artículo 39.2 de la ley de
Patrimonio Histórico Español, que contiene una redacción del artículo 19 de la
antigua Ley del Tesoro Artístico que prohibía toda reconstrucción en los
monumentos. La redacción matiza esta ley, utilizando términos ambiguos
que dan pie a confusión. Ante la poca claridad que esta ley transmite, los
jueces han aplicado una interpretación general, a pesar de que a éstos no se
les debería permitir juzgar casos en los que entre en juego la restauración
arqueológica. Las redacciones de la ley tampoco resolverán el problema, ya que
los intentos de precisión sólo serán los desencadenantes de más dificultades.
Para mejorar una ley, esta debe ser discutida y elaborada por las personas
implicadas en el cuidado y la conservación de nuestro Patrimonio Cultural,
siendo esta fruto del sentido común y de lo lícito y correcto, si no será
imposible que exista una ley que garantice una adecuada restauración de los
monumentos. Todo esto se corresponde con los criterios de restauración, basados
en una situación cultural concreta.
Un ejemplo en los errores
cometidos en la intervención al Teatro de Sagunto: la cávea tiene un boquete
debido a que la "restitución mínima" de las gradas ha desajustado su
ritmo compositivo, de modo que en la parte superior irrumpe la bóveda de un
pasillo subterráneo de distribución, al no haberse calculado que las losas que
recubrían los asientos iban sumando altura a las gradas.
Los extremos de la cávea
se han consolidado como si fueran parodoi, elemento que no tiene lugar en un
teatro latino, aunque para conseguir ese plano vertical se recurriera a volar
con un cartucho de dinamita una parte de la estructura romana.
También el escenario se había ensanchado, sellando las substrucciones del
frente escénico y del proscenio, con un piso de cemento sobre el que se elevan
los restos de dos valvas.
Pueden elaborarse trabajos orientados a subsanar esos errores. No podemos tener
un planteamiento rígido en cuanto a la restauración. Por eso, esas
intervenciones mínimas, a veces irreversibles, son tan peligrosas como una
restauración de mayores ambiciones, siendo por este motivo, por lo que el
informe arqueológico es decisivo para optar por uno o por otro grado de
intervención. Para conocer la articulación constructiva, la arqueología clásica
dispone de un método basado en el estudio directo del monumento. Se han realizado la planta y las
secciones arqueológicas del Teatro de Sagunto en la documentación aportada por
Emilia Hernández en 1986 y esas conclusiones sí que han sido utilizadas en la
rehabilitación planteada por el proyecto, de modo que el recubrimiento
de las gradas, la anchura y distribución de los praecinctiones, el lugar en que
se elevan los baltei, la correspondencia y servicio de cada uno de los
vomitorios y la consiguiente altura del edificio escénico por los que se decide
el proyecto de los arquitectos G. Grassi y M. Portaceli, incorpora el resultado
de un análisis arqueológico. Por
una vez el equipo arqueológico no se ha limitado a hacer un simple seguimiento
de la obra, sino que ha ido por delante, frente a cuyas propuestas se ha
manifestado disconforme.
La contemplación de las formas romanas desprovistas de decoración, produce una
impresión de proyecto
inacabado y eso puede achacarse al proyecto del Teatro de Sagunto: un cuerpo arquitectónico de
ladrillo depositado sobre la cimentación pétrea romana, limpio y claro, que
cobija en su interior capiteles, inscRIPciones y mosaicos procedentes de la
ciudad de Sagunto.
Hay quien opina que la memoria del lugar no justifica
una restauración. La
intervención de G. Grassi y M. Portaceli partía de unos criterios que pueden
tomarse como defendibles, pero que analizados no soportan una crítica rigurosa.
G. Grassi atribuye a anteriores intervenciones objetivos y criterios que
parecen infundados y subjetivos, al definir el estado del monumento como una ruina artificial. En base a
ello, se establecían las justificaciones de su actuación. Pero esto no
podía resultar excusa para el tipo de intervención realizada, que se desentiende de la
originalidad del propio monumento para plantear una idea propia sobre el mismo
que acaba implantándose por encima de toda otra consideración.No puede
afirmarse que el proyecto se haya basado en un conocimiento científico del
edificio, ni que haya sido respetuoso con éste. Ni se hizo la adecuada
investigación previa a la fase del proyecto, ni los resultados obtenidos de los
hallazgos o estudios posteriores han provocado las modificaciones que hubieran
sido de rigor, lo que lleva a suponer que tales datos no
importaban a los autores del proyecto.
Como ejemplo: la
reconstrucción del muro de cierre de postscaenium. En sus orígenes
seguramente fue ejecutado en dos fases y presentaba exteriormente una
estructura de machones de refuerzo de opus quadratum, cuyos grandes sillares
habían sido arrancados ya de antiguo, pero de los que quedaban las huellas, con
relleno de sillarejos de opus vittatum. Respecto al remontaje de algunos elementos
de los órdenes que decoraron el frons scaenae, parece un intento serio de
mostrar lo que pudo ser la ornamentación del teatro. Las columnas se han dispuesto con una proporción
rechoncha, lo que las priva de la elegancia y de la armonía que caracteriza a
los órdenes clásicos. Parece que la escena tuvo tRIPle orden, lo que el montaje
realizado se encarga de contradecir. La reconstrucción del edificio escénico es
errónea en la altura, pues queda achaparrado al no haber alcanzado la altura
que debió tener originalmente. Las superficies que se presentan, ni siquiera
una cuarta parte son restos originales romanos.
A este efecto contribuye en gran medida la reconstrucción del graderío
realizado en un material, distinto
del original tanto en color como en textura, pues frente al color gris azulado
de los sillares opus quadratum de caliza local se ha utilizado un aplacado de
piedra blanca de tipo travertino, de Teruel. A esto le unimos la
arbitraria decisión de interrumpir las scalae en los corredores o balteus.
¿Hasta qué punto se justifica una intervención de esta envergadura en un
monumento histórico? Existen dos tipos de justificaciones:
a) En primer lugar se apela a que históricamente ha habido intervenciones de
cada época en los edificios, llegando alguna a tener tanta o mayor calidad que
la obra original. La existencia de una mayor conciencia histórica y de un
respeto hacia el legado del pasado, en este caso arquitectónico. Nuestra época se caracteriza por
haber plasmado este sentir en legislaciones protectoras de este legado.
En este caso nos enfrentamos con la esencia misma del concepto de conservación
de un patrimonio. Argumentar que igual que se hizo en esas épocas se puede
hacer hoy, es un contrasentido histórico, y será en su concepción y actitud,
arquitectura de otra época, no arquitectura actual. En cualquier caso debe respetar la esencia y la
naturaleza del monumento, no sobreponerse a él, ni menos ocultarlo o
enmascararlo detrás de la obra actual. Y respetar su esencia puede en
muchos casos querer decir respetar su estado de ruina. Conviene aquí preguntarse hasta que punto es
necesario que todos los monumentos vuelvan a recuperar un uso. Hay muchos que
merecen quedar como meros símbolos. Y si hace falta un teatro, hay
muchos lugares en que poder edificarlo.
b) Otro de los argumentos es la supuesta restauración del espacio original. La
recuperación del espacio primigenio original, choca con la conservación de la
materia auténtica del monumento. Lo que no tiene sentido es una restauración cree un espacio nuevo o
transforme el original. En un monumento llegado a nosotros en estado de
ruina, su espacio ruinoso no será el "auténtico" original, pero puede
llegar a cobrar significación propia como ruina, y por tanto nueva
autenticidad.
El atractivo y la veneración que para nuestra sociedad encierran muchos
monumentos, no cabe duda que en muchos casos se desvanecería tras actuaciones
de reconstrucción como la aquí realizada. La idea de recuperar el espacio original no puede tomarse
como válida en todos los casos y cuando hay serias dificultades para conocer su
auténtica forma, y más cuando exige realizar un volumen de obra que rivaliza
con las partes originales conservadas, resulta dudosa su validez como criterio
de actuación. Es comprensible que una parte de la sociedad haya
entendido que la obra ha supuesto una agresión contra el monumento. Y que hayan
intentado detener esa agresión por todos los medios, incluidos los legales.
En la actualidad, quince meses después de que el Tribunal Superior de Justicia
confirmara la sentencia dictada en 1993 a favor de la reversibilidad del Teatro
Romano de Sagunto, la
Generalitat ha anunciado las zonas en que se realizarán los
trabajos que devolverán al recinto al estado en que se encontraba en 1988.
Todas las obras de nueva construcción en parte del escenario, los laterales y
las gradas serán derribadas hasta dejar el teatro tal y como estaba antes de la
polémica intervención de los arquitectos Grassi y Portaceli.
El derribo podría costar unos seis millones de euros y, no comenzará hasta
septiembre. Todos los
informes sobre la reversibilidad de las obras en la zona de la gradería son
favorables tras la realización de diversas catas sobre la zona. En cuanto a la
zona del escenario, la reversibilidad será posible hasta cuotas de 1/20, ya que
este a partir de este nivel cuando hay peligro de tocar la piedra original.
Habrá partes del escenario en las que será posible intervenir en mayor
profundidad debido a que la obra de mármol no está nivelada. Es imposible devolver los restos
arqueológicos hallados y sacados del teatro cuando se hicieron las obras.
Estos restos pasarán a exponerse en uno de los museos de la localidad, en la
denominada casa del Mestre Penya.
El proyecto definitivo de restauración será elaborado por una comisión
multidisciplinar, en la que tendrán cabida desde arquitectos a delineantes,
pasando por historiadores. Los miembros de esta comisión debatirán
exclusivamente cuestiones técnicas. La sentencia prohibe la nueva construcción
y sólo indica la demolición de la obra nueva y la adecuación del recinto para
que éste tenga finalidad funcional y pueda ser utilizado por el público. Se
harán las reformas pertinentes para evitar las filtraciones de agua que han
perjudicado durante estos años la piedra original de la gradería."
Espero q os haya gustado mi trabajo, si véis algún fallo me lo decís.
Las fuentes q utilicé fueron:
- El Teatro Romano de Sagunto: Génesis y Construcción. LARA ORTEGA, Salvador
- Revista de ARQUEOLOGÍA, nº 147
- Revista de ARQUEOLOGÍA, nº 150
- Revista de ARQUEOLOGÍA, nº 153
Para finalizar, voy a citar algo q escribí en la opinión personal de este
trabajo y q no os he adjuntado (xq son opiniones personales sin importancia...
y tampoco soy un experto en arqueología). Lo escribí hace 6
años, pero para mi sigue teniendo la misma validez:
"El patrimonio es nuestro pasado, el cual nos ayuda a afrontar el futuro
sin sensación de desarraigo, ni cultural, ni social. Si acabamos con este
patrimonio o lo convertimos en una obra actual, perdiendo así su identidad, no
habrá pasado al que recurrir para fijar nuestro presente, ni tampoco para
sentir nostalgia por él y enorgullecernos de lo que un día fuimos."»
Varios de 12-14 de enero en Las Provincias
Editorial
Teatro "inservible"
El Colegio de Arquitectos de la Comunitat Valenciana terció ayer en la
polémica suscitada a partir de la sentencia del Tribunal Supremo que
obliga al Consell a revertir el Teatro Romano de Sagunto al estado que
tenía antes de la desafortunada rehabilitación de Grassi y Portaceli. Y
lo hizo para advertir del riesgo que el cumplimiento del fallo judicial
supondría para el monumento, que, según el decano del Colegio, quedaría
"inservible". No obstante, este organismo reconoce que la intervención
arquitectónica nunca debió hacerse como se hizo, aunque a estas
alturas, tras diecisiete años de litigios y con varias sentencias en
contra de las obras, resulte innecesario decirlo.
La advertencia del Colegio de Arquitectos parece primar en exceso
el concepto utilitarista de un monumento histórico único, como el
Teatro Romano, tal vez sin pararse a pensar en que su mayor valor es en
sí mismo el edificio, sin que esto signifique ni mucho menos renunciar
a darle un uso. Otros teatros romanos, escrupulosamente restaurados,
que no reconstruidos, han sabido combinar sabiamente el respeto a la
obra histórica con una programación estable. Pero, además, el Colegio
de Arquitectos no debería olvidar que la sentencia del Tribunal Supremo
-como cualquier pronunciamiento judicial- es de obligado cumplimiento.
Guste o no guste.
Entrevista a Tomás Llorens, Director Gral. de Patrimonio de la CV en 1986:
El impulsor de la reforma del Teatro Romano critica que no se haya permitido al autor defender su proyecto ante los tribunales
Entrevista al arquitecto Francisco Muñoz Antonino
[...] ...recalcó ayer que la propia sentencia "ya establece en sí misma una
reversión parcial y consensuada, que es la que se planteó en su
momento. No se habla en ningún instante de una reversión total del
monumento"
[...] El arquitecto explica que por debajo de la cota establecida [1.20 m para la escena] en la
resolución jurídica "quedan muchos restos, algunos de nueva obra, pero
fundamentalmente estructuras romanas y algunas posteriores que no
saldrán a la luz pese a la reversión". Las intervenciones realizadas "destruyeron y afectaron a partes
antiguas de la estructura, pero este apartado no saldrá a la luz, tal y
como establece la propia sentencia. No hay que olvidar que bajo el
nivel de la escena quedan en torno a 8 o 10 metros más de profundidad"... Esta "solución intermedia y no radical", que supone mantener la obra de
Manuel Portaceli y Giorgio Grassi hasta la cota 1,20 en el caso
concreto de la escena, "permitirá acoger futuras representaciones sin
ningún problema, por lo que la utilidad del recinto estará asegurada"...
Entrevista al abogado J. Marco Molines
Marco Molines critica que Camps [PP] siga posponiendo la reunión[...] Según el abogado, el conseller, además de obviar fijar una cita
concreta con Camps, le explicó que el tema del Teatro "sólo tiene
interés en un ámbito muy limitado (Sagunto) y por ello, no habría que
darle tanta importancia como se le está dando".
[...]Desde el Consell se mantienen abiertas todas las posibilidades, aunque
todo apunta a que se busca un acuerdo con Marco Molines para que no
solicite al Supremo la ejecución inmediata de la sentencia. Si el
abogado aceptara la propuesta, el Ejecutivo valenciano entiende que el
Teatro podría quedarse como está, al entender que el Supremo no
preguntaría nunca por la ejecución de la sentencia que ordena la
reversión.
Artículo de F.P. Puche:
El manual de Sagunto
En el asunto de la sentencia del Supremo sobre las obras ilegales del
teatro romano de Sagunto hay un manual de procedimiento virtual que ha
comenzado a cumplirse desde el prólogo. Inspiradas por el eterno
titubeo del PP, inflamadas por la demagogia de la izquierda, las
prescRIPciones se están siguiendo. La primera, la duda de la
consellera, su temor ante "el marrón", estaba descontada. Y sobre la
orgullosa plataforma del corporativismo arquitectónico, el futuro no
hará sino crecer y crecer el temor, que se adueñará de los territorios
de acción y acabará determinando -¿qué duda cabe?- que la ilegal obra
no se derribe jamás.
No tengo una bola de cristal. Pero para presumir el desarrollo del
manual me basta con ver los titubeos de la Generalitat desde que en
1995 asumió, con el Gobierno, la titularidad de la obra. Si cada año ha
venido programando campañas de teatro, ¿por qué habrá de dejar de
hacerlo? ¿Y por qué habrá de derribar una obra que aceptó y acatar una
sentencia que no ha aplaudido con verdadera alegría?
En el delicado vestíbulo de unas elecciones, es obvio que se huye
de los radicalismos. Es impensable, pues, la imagen de una consellera
de Cultura con casco y piqueta, dispuesta a la acción. Se requiere, oh
sí, un bien pensante respeto, una afectuosa proximidad al mundo de la
moda y a la crema de la intelectualidad. La señora Miró, de ese modo,
habla de marrón porque no heredó de sus antecesores una carpeta con un
plan para el día D que contuviera un proyecto de desmontaje redactado,
adjudicado y provisto de fondos hace una década.
¿Para qué, además, ese esfuerzo, si un derribo cortará el anual
ciclo de teatro e impedirá programar el Aristófanes desfigurado de
siempre, la consabida obrita feminista y un par de conciertos de
flamenco?
El manual, ya verán, se irá cumpliendo. Estamos ya en las
declaraciones corporativas y vamos a pasar a la temible recogida de
firmas, la mejor alfombra para que desfile el titubeo. Antes de las
elecciones, seguro, llegará la visita rogativa pastoral de Teresa
Fernández de la Vega y Carmen Alborch.
Y el punto de vista más prágmático:
El debate beneficia al tirón turístico del teatro.
Con la sentencia firme, expertos y hosteleros de Sagunto afirman que la polémica y la reversión dispararán las visitas
[...] Y es que, según ha podido conocer este medio, varios centenares de
visitantes acuden diariamente a conocer lo poco que queda de ruina del
Teatro Romano. Es más, la curiosidad puede más que nada, y son cientos
los turistas que llegan a Valencia en crucero quienes se acercan hasta
la antigua Arse ibérica para conocer in situ el estado de la polémica.
Tal y como avecina Muñoz Antonino, "ya no tiene interés ver una
obra nueva. Muchos de los visitantes que han venido hasta el momento,
se han marchado de Sagunto con una imagen negativa y fuera lo que se
esperaban encontrar de unas ruinas".
El arquitecto [Muñoz Antonino] considera que las críticas de los comerciantes de Ciutat
Vella de las molestias que conllevarán las obras de reversión del
Teatro, no tienen ningún fundamento a lo que "pan para hoy y hambre
para mañana" ante el poco futuro que le augura a la obra proyectada por
Grassi y Portaceli. Asegura que "es una obra que no refleja la
decoración romana ni por dentro ni por fuera".
Opinión que comparten varios hosteleros de Sagunto que, les guste la
sentencia o no, afirman que la polémica está haciendo que el nombre de
Sagunto aparezca en todos los medios de comunicación nacionales.
Yo, la verdad, no he leido todo el foro, transcRIPción de opiniones extrañas en muchos casos. Yo creo que opino como Giannini en #7. ¿era realmente necesaria la reconstrucción o era mejor simple consolidación?.
Por otra parte, las fotografías que ha puesto lucus del teatro de Aspendos, me gusta. Me parece hermosa la reconstrucción, no así la de Sagunto
Por cierto, creo recordar que "civilis" venía a significar algo así como "energúmeno" (no tengo aquí el texto en el que lo leí, pero se que era de Ortega y Gasset y creo que ninguno de los dos se equivocaba)
Pues bien, señor lucus, creo que Vd y los señores que citan están equivocados y que su concepción no justifica una interrelación urbs-civitas. Efectivamente la Urbs es un espacio físico delimitado, ordenado o no, un conjunto de edificaciones qyue, supongo, en la Roma Quadrata no sería más que una especie de "castro" en que las normas urbanísticas no eran sino un deseo inasible. La Civitas es una cualificación jurídica que deriva de la pertenencia al grupo, a la descendencia de las Tribus iniciales. Así se puede ser Cives sin haber pisado la ciudad, sencillamente por la adscRIPción a alguna de las tribus no urbanas. No confundamos la Roma histórica inicial con la gran urbe que llegará a ser. La zona del Septimontium es extensa y no se configuraba como una sucesión edificada ordenada (urbs), pero si era una civitas en la que todos los miembros del territorio descendientes de los compañeros de Rómulo poseían los mismos derechos.
Sr. lucus. Vamos a ver, porque a mi no me agrada entrar en estériles polémicas. Se lo podré fácil.
Lo primero es que no es deseo el término que debe vd emplear. Si Vd me proporciona razones que avalen su tesis yo gustoso la podré comprender, esto, hacer mia. pero creo que no es así
Su tesis, manifestada en #92 es
"La ciudad como lugar ordenado donde sus habitantes con sus derechos y obligaciones son llamados ciudadanos."
La condición de ciudadano alude, pues, a una doble dimensión: por
un lado, la que lo vincula con la polis, con la esfera de lo público,
de la política en tanto que participación en los asuntos públicos; y
por otro lado, la que le da su nombre y lo vincula con la experiencia
de la ciudad, es decir, con el locus, espacio o topos que habita. (urbs).
Y todo ello para justificar su posición a favor de que se incumpla la Ley, porque
Dentro de esta “filosofía” el edificio del teatro de la civitas romana
tenía un papel principal y fundamental, por su aforo y su utilidad se
alcanzaba en ellos, y como en ningún otro lugar de toda la ciudad
(foro, curia, basílica....) un espíritu cívico solemne.
Afirmar que el Teatro romano era el lugar en que se alcanzaba el "espíritu cívico solemne" como en ningún otro lugar de la ciduad, urbe quiere Vd decir, me parece una auténtica osadía y pudiera deducirse que desconoce Vd la idiosincracia del pueblo romano. Dónde el romano se siente CIVES por encima de todo es en el Foro
Y como Vd no acredita en modo alguno su tesis yo mantengo que el concepto romano de CIVES es independiente de la existencia de un lugar fíisco en el que desarrollar el conjunto de derechos y deberes que se deriva de la adscRIPción al pueblo romano y, además, tengo la mala idea de aportarle argumentos, algo que Vd no hace. Puesto que lo que transcribe no es un argumento sino una conclusión que no explicita el camino por el que los autores de la misma han llegado a ella.
Así podemos considerar que Civitas es la agrupación de personas que participan de un nexo común, pero ese nexo no es un espacio físico, sino la descendencia de un personaje común, la aceptación de determinados ritos o si vd lo prefiere aquellos que participan del ius propio, del derecho que el pueblo se da a si mismo, esto es la ordenación de esa agrupación de personas cuyo conjunto se denomina CIVITAS
Ejemplo:
Coetus hóminum jure sociati civitates appellantur.(Ciceron)Las uniones de hombres asociados bajo la respectiva ley se llaman ciudades-ciudadanía
Hombres y Ley, nada de espacio físico. Creo que Ciceron si tenía algo que decir a este respecto.Particularmente porque él se sentía CIVES, miembro de la CIVITAS aún estando fuera de Roma
Que los romanos entendían el concepto de Civitates, Civitas como algo ajeno a la urbs es evidente si acudimos a la posibilidad de ser cives sin haber puesto los pies nunca en Roma e incluso de no serlo habiendo nacido en Roma (peregrinii, latinos)
La CIVITAS no es un lugar ordenado, es un "orden" en si mismo.
Ofión: Correcto, se puede ser civis Romanus, y de hecho miles lo fueron, sin haber pisado nunca Roma. Es exactamente como ahora: un matrimonio español tiene un hijo en China y éste, sin necesidad de viajar a España ni de vivir en ella a lo largo de su vida, recibe automáticamente y disfruta de la ciudadanía española con los derechos que le son inherentes, porque la ciudadanía se puede ejercer sin necesidad y al margen de la ciudad física. Es más: tanto para los griegos como para los romanos las ciudades físicas eran entes vacíos de sentido en sí mismas, que sólo adquirían en función de los grupos humanos que las habitaban; esto se aprecia muy bien en las inscRIPciones.
Cicerón lo expresa perfectamente en la frase que Ud. citaba, en el De Republica 6.13.13, aunque no es exactamente así, la transcribo de un estudio de Alberto Grilli, p. 125, porque el párrafo resalta expresamente el rechazo de Cicerón del término urbes:
"Questo coetus ha il suo fine nella formazione della res populi, cioè nella res publica: fine che trova la sua consacrazione nel Somnium Scipionis, quando l’Africano maggiore comunica al Minore che al hegemón del tutto (illi principi deo, secondo la concezione d’Antioco) niente è più gradito che concilia coetusque hominum iure sociati, quae civitates appellantur, dov’è chiaro il senso sociopolitico nella scelta di civitates e non di urbes (6,13,13)." (http://www.fondazionecanussio.org/atti2004/09%20Grilli_123.pdf)
Del mismo modo, el foro, la basílica y el espacio de las votaciones (saepta) eran los espacios por antonomasia para ejercer la ciudadanía, mientras que el teatro, como casi todo el mundo sabe, lo era, a partir de Augusto, para las demostraciones del culto imperial.
En fin... ¿servirán para algo nuestras informaciones?
Lucus
Que sí, que La CIVITAS es un lugar ordenado,
En la republica señores la ciudadanía la daba la pertenencia una
ciudad, no existe ciudadania sin ciudad, construida, ordenada
y legislada.
Ofion
El concepto romano de CIVES es independiente de la existencia de un lugar
fíisco en el que desarrollar el conjunto de derechos y deberes que se
deriva de la adscRIPción al pueblo romano
Si, si existe ciudadanía sin ciudad construida, no es necesaria la existencia de un espacio físico delimitado por murallas (urbs) para que un romano hablara de cives
¿lo entiende ahora?
Y doy por terminado el asunto porque me aburre soberanamente
De ayer y hoy. En Las Provincias, un artículo (a favor de la sentencia del Supremo) y dos noticias (en contra)
aquí:
Pleitos tengas y los ganes
23.01.08 F. P. PUCHE
En la historia de la jurisprudencia internacional suelen citarse cuatro
pleitos famosos, tanto por su complejidad como porque la persistencia
de las partes compite con fortuna con la delirante inutilidad del caso
que les enreda. Dos de esos litigios son históricos, y responden a los
nombres de Barcelona Traction y Matesa; y los otros dos son actuales,
afectan a intereses valencianos y se muestran tan capaces de lastimar
como de aburrir a la selecta audiencia valenciana.
El primero, ya saben, es el que enfrenta a los equipos de vela
Alinghi y BMW Oracle ante el juez Cahn, en la corte suprema de Nueva
York. Y el segundo es el famosísimo pleito del Teatro Romano de
Sagunto, que, de tan largo y pastoso, parece proceder de los tiempos de
Aníbal y sus elefantes.
Si hoy es 23 de enero, el juez neoyorquino [...]
Si hoy es 23 de enero, por otra parte, también es posible que el
señor Marco Molines vea satisfecho su ego de vencedor y sea recibido
por una instancia adecuada de la Generalitat. Él es el primero en
saber, no obstante, que es un trámite generoso. Porque en Sagunto todo
está dicho, escrito y sentenciado. Las habas están contadas: la
Generalitat lo que debe hacer es o bien cumplir la sentencia, con sus
arquitectos y un martillo pilón de alquiler, o bien enfrentarse
penalmente al Supremo. Sencillo.
aquí:
El Col·lectiu inaugura un blog para aumentar las 20 adhesiones al Manifiesto del Teatro Romano
El PP rechaza la moción del PSPV en la Diputación en la que pedía buscar soluciones a la sentencia
24.01.08 - C. M. R. / S. G. M. SAGUNTO
y aquí:
El Col·lectiu pel Patrimoni convoca con 8.000 octavillas a la concentración del Teatro Romano
La plataforma cívica se reunió ayer con el alcalde pero no logró "acercar posturas" sobre la reversión
C. M. R. SAGUNTO
En el Levante:
-
El PP rechaza votar contra la demolición del Teatro Romano El grupo popular en la Diputación de Valencia rechazó ayer una moción
presentada ante el pleno por el PSPV en la que esta formación demandaba
que la corporación provincial solicitara a la Generalitat que «estudie
todas las alternativas legales y llegue a los consensos necesarios para
evitar la [...]
-
Los promotores de los Talleres Clásicos ligan su continuidad al futuro del teatro romano El Camp de [...]
- CULPABLE, PERO INOCENTE
Rafael Rivera
Este
peRIPlo jurídico del caso del Teatre de Sagunt llega a su fin. No diré
que me gusta la sentencia, que no, pero está bien que las cosas
concluyan. Supongo que los jueces han dicho lo que podían decir con las
leyes que tenemos. Es lo que hay.
Dicen que el teatro ha de volver
a ser una ruina como antes, aunque aquí, la palabra antes adquiere un
valor añadido de difícil consideración. ¿Cuándo es antes? En cualquier
caso, ahora son los políticos los que deben tomar en consideración lo
que, seguramente, los jueces no han podido. No son argumentos jurídicos
pero sí civiles, por así llamarlos, y tal vez se acerquen al sentido
común más que las propias leyes.
Por un lado, la calidad de la obra,
ejemplar en lo que significa el trabajo en sí y reconocida por voces
más sabias que la mía. Un ejemplo que supone una nueva visión del
patrimonio que, sin perder su identidad, recupera su función y se
integra en la sociedad de hoy. Por otro, el impulso cultural que ha
transformado el teatro en un referente no sólo para Sagunt, sino para
todos y ha posibilitado un proyecto que va más allá de la propia
arquitectura. Por último, la promoción económica que ha supuesto para
el municipio y su entorno, la revitalización de actividades
complementarias imprescindibles para entender esta ciudad rica en
patrimonio como pocas. Todo eso es también el proyecto del teatro,
formaba parte de una apuesta valiente por la cultura y no lo han podido
juzgar los jueces. Con quince años de experiencia sabemos que la
actuación ha sido un éxito, ha cumplido sus objetivos y ha llevado el
Patrimonio, con mayúsculas, a un lugar que nunca antes había alcanzado,
solo con los romanos.
Por eso ahora tienen su papel los políticos, y
ojalá den la talla. Por favor, aléjense del localismo y recurran a
voces de prestigio internacional, hablen con el Consejo Superior de
Colegios de Arquitectos o con la Unión Internacional de Arquitectura, y
zanjen de verdad este asunto sin que tengamos que encadenarnos unos u
otros a las ruinas de ayer o a la rehabilitación de hoy. Acierten, no
vaya a ser que volvamos a salir en los telediarios de Tokio, pero esta
vez no por un evento cirquense o un circuito desafortunado, sino por
ser los nuevos bárbaros que destruyen otra vez el sufrido teatro.
Tal
vez no se ajuste a la ley, pero el indulto, la amnistía o cualquiera
que sea la figura jurídica que lo ampare puede, dar la razón a quien lo
denunció, pero permitir que el teatro siga admirado y cumpliendo su
función.
*Arquitecto.
...............
En toda esta historia, el silencio sepulcral de los arqueólogos actuales y más próximos, al menos en la prensa, resulta estruendoso, parece como si no tuvieran nada que opinar en el tema.
Para lo que opinaron algunos de ellos hace 20 años, en los informes de época, véase arriba en el mensaje # 80.
Ahora caigo, sr. ofion, usted no sabe de que edificio habla.
Eso que tanto le horRIPila es lo propio de ese edificio, y por eso el proyecto lo recuerda, para que nadie piense que en ese lugar se construyó otra cosa que un teatro romano.
ventanucos en segunda planta por no hablar del impacto visual del exterior con el murallón que cierra el horizonte
No más manipulación, salvemos al actual teatro de Sagunto.
Hay 14 comentarios.
1