Autor: F.
sábado, 21 de abril de 2007
Sección: Artículos generales
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La querella priscilianista. Aspectos políticos
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Saludos
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El Brujo Redivivo22 de abr. 2007"Parece ser que polo ano 400 da nosa era, na antiga Sé
episcopal de Celenes (Caldas de Reis, próxima á vila de
Cuntis), tívose que celebrar un concilio, presidido polo
prelado de Braga, Paterno, para tentar poñer fin á difusión
da corrente herética priscilianista por estes lugares (Hic
Conventus municipiis Celenis actus est). O enraizamento
desta sería tal que o reino dos suevos galegos quedaría
enmudecido no seu agnosticismo durante un largo
período; a Crónica de Idacio de Chaves nitidamente así o
expresa: "despois da morte de Prisciliano a herexía
asolagou Galicia". Posteriormente, parello á aparición da
figura de San Martiño Dumiense e a aceptación do
catolicismo pola monarquía galega, xermolarían novas
igrexas e mosteiros que "educaban" o nacente grupo
fregués."
Esto dice, sin dar mayores referencias, ni de la cita ni de su interpretación, Héitor Picallo Fuentes en A ARTICULACIÓN DO POBOAMENTO MEDIEVAL NA ANTIGA TERRA TERMARUM (in Xurxo Ayán Vila (coord.), PASADO E FUTURO DE CASTROLANDÍN (CUNTIS): UNHA PROPOSTA DE RECUPERACIÓN E REVALORIZACIÓN, TAPA nº 29, Santiago, 2002, pp. 117-118) (en la red: http://phatenea.usc.es/descarga/CapaTapa/Tapa/TAPA29.pdf).
No sé si este autor se basa en otros (que no refiere) o si es elAboración suya.
El sínodo del que se habla es el de Toledo. No conozco yo ninguno que tuviera lugar en Celenis. Pero todo puede ocurrir en esa tierra sagrada.
Por cierto, no es por molestar ni ser quisquilloso, pero el subtitulo del artículo es "Aspectos políticos". No me quejo de los comentarios, que conste (para una vez que hay tranquilidad), pero yo, personalmente, preferiría Abordar el tema de Prisiciliano desde el punto de vista político.
En cuanto (me resigno, empero) a la amplia propagación (presunta) del priscilianismo por Galecia, sospecho que se ha exagerado bastante. Y lo sospecho después de leer a Hidacio del derecho y del revés.
Saludos
- Concilio I de Toledo. Año 400
Las actas de este concilio figuran en los manuscritos más importantes de Hispania (ORLANDÍS 1996: 80). Sus actas son muy precisas en cuanto a la datación de este concilio, que sabemos tuvo lugar el día 7 de Septiembre, durante el reinado de Estilicón (400-405).
Concilio I de Toledo en el que abjuran de la herejía priscialianista una serie de obispos de Gallaecia: Symphonio, Dictinio, y otros obispos de Gallaecia seguidores de Prisciliano. En sus actas aparecen nombrados Ortigio y Exuperancio como obispos de Celenis. Ortigio, fuera expulsado por los priscialianistas de su sede de Celenis y vivía en el exilio, y Exuperancio es el que, como obispo de Celenis sustituto sustituto de Ortigio, firma las actas.
Las actas se dividen en dos bloques. Por un lado están los veinte cánones redactados en la sesión del 7 de Septiembre de carácter disciplinar y por otro la Regla de Fe de carácter doctrinal y dogmático. Las actas han transmitido, también, el nombre de diecinueve obispos de los que sólo se menciona la sede de uno. Exuperancio era obispo de Aquae Celenae y como tal firma en las actas.
La normativa disciplinar de este concilio está compuesta por los siguientes documentos.
1. Los cánones disciplinares (Constitutio concilii).
2. El símbolo de la Fe con sus correspondientes anatemas (Regula fidei Catholicae).
3. Profesiones de Fe para aquellos que abjuraron del Priscilianismo (Exemplaria professionum).
4. La sentencia definitiva (Exemplar definitivae sententiae traslatae gestis).
a. Apertura
Antes de comenzar los cánones propiamente dichos se insertan unas palabras de apertura en las que se denuncia las desviaciones, casi cismáticas de algunas iglesias. Dentro de esas desviaciones destaca la de Sinfosio, obispo de Astorga, que se dedicó a consagrar nuevos obispos priscilianistas (ORLANDÍS 1986: 84), ya que “ la mayoría del pueblo de Gallaecia sentía lo mismo que ellos”...
b. Simbolo de la fe y anatematismos.
Por un lado tenemos los símbolos de la fe, contenidos en una Regula Fidei , y por el otro los anatematismos o catálogos de errores y desviaciones condenados en el concilio toledano. Se contienen 12 o 18 anatematismos según las versiones. La redacción más breve sería según J.A. De Aldama la que reproduce el auténtico símbolo del concilio toledano.
c. Profesiones de Fe.
No se conocen las profesiones de fe enteras, sino unos resúmenes de ellas, hechas en época posterior, que fueron entresacadas de las actas conciliares. Son las profesiones de fe de Dictinio, Sinfonio y Comasio, que abjuran de los errores priscilianistas.
d. Sentencia definitiva
1. Se depusieron los obispos que no abjuraron del priscilianismo.
2. Vegetio es admitido a la comunión.
3. Paterno, Sinfonio, Dictinio y Anterio y los demás de la provincia de Gallaecia, podían permanecer en sus sedes respectivas si aceptaban y firmaban la fórmula del concilio.
4. Se establece que el obispo Ortigio sea restituido en su sede de Aquis Celenis, de la que fue despojado a causa de su fidelidad a la ortodoxia.
5. Se hacen por último recomendaciones generales a los obispos para que se mantengan alejados de ambientes poco convenientes.
En la Regla de Fe que figura en esas actas se dice que el concilio se celebró por mandato del papa León (que fue papa entre el 440 y el 461). En el exordio de la Regla de Fe se lee:
Incipit Regula Fidei Catholicae contra omnes haereses, et quam maxime contra Priscilianos, quam, Episcopi Tarraconenses, Carthaginenses, Lusitani et Baetici fecerunt, et cum preceptuo Papae Urbis Romae Leonis ad Balconium, Epicopum Gallaeciae transmiserunt. Ipsi etiam et suprascripta viginti Canonum capitula statuerunt in Concilio Toledano...
6. II Concilio de Toledo en Celenis, año 447
Esta referencia al Papa León retrasa la elAboración de esta Regla de Fe hasta el año 447, según Hipólito de Sa Bravo. Dice este autor que los obispos de Tarragona, Cartagena, Lusitania y Bética enviaron la Regla de Fe a Balconio, por orden del papa León, y que fue en el año 447 cuando se celebra el II Concilio de Toledo en Celenis, momento en el que se unen las actas de los dos concilios, o mejor dicho las actas del primero y la Regla de fe elAborada en el concilio II de Toledo o simplemente sínodo del año 447, por mandato de la carta que envía el papa León.
Al primer Concilio atañen a aspectos de tipo histórico y disciplinar y al segundo otros encargados de definir el dogma para combatir las desviaciones heréticas priscialianistas. Según Hipólito de Sa el sínodo debió celebrarse pero no llegando a ningún acuerdo a la hora de condenar el priscianismo y adoptar el catolicismo, no se constituyeron actas sino que simplemente se elAboraría una Regla de Fe de ámbito exclusivamente doctrinal y que serían cosidas o anexionadas a las conclusiones o actas del concilio I de Toledo del año 400. Esto tendría lógica si al celebrarse el sínodo del año 447 no se hubiesen puesto de acuerdo los obispos de Gallecia sobre la doctrina ejercida desde sus sedes episcopales. La frase de que Hic conventus Municipiis actus est podría llevar a pensar que esta reunión sinodal del 447, pudo celebrarse en Celenis, puesto que en anterior concilio I del año 400, se mandara restituir en su sede de Celenis al obispo Ortigio, expulsado por los priscilanistas, y a quién substituyó Exuperancio mientras duró el exilio del primero hasta el año 400. En algunos manuscritos de las actas aparece una frase que ha suscitado no pocas controversias: Hic conventus municipiis Celenis actus est. Existen autores que mantienen que esta frase implica que el Concilio II de Toledo o I de Callaecia se celebró en la sede de Celenis.
salut
El soborno es una actividad de las de rancio Abolengo, y las leyes 'de ambitu' de las más antiguas del mundo romano en vigencia al final de la antigüedad. Desde el punto de vista humano no hay que rasgarse las vestiduras, y si a Santiago lo consideramos santo y a los de Prisciliano unos perillanes, tal vez la gente de aquellos entonces, no sólo tres obispos y un escritor de segunda fila, opinó en ese sentido. Lo interesante es que podamos seguir conociendo esas cuestiones, sine ira et studio, y sin sorprendentes e infalibles proclamaciones.
León Magno
León ha sido el primer papa que ha merecido pasar a la historia con el apelativo de Magno.
Su pontificado (440-461), el más largo del siglo V, se vio envuelto en numerosas controversias teológicas. Sin embargo, León, como representante de la Tradición latina, supo aunar y conjugar las, hasta entonces enfrentadas, cristologías de la Escuela de Alejandría y Antioquía.
Recogió el testigo del concilio de Éfeso (431) e impulsó la convocatoria del de Calcedonia (451), celebrado justo en la mitad de su pontificado.
http://www.ciudadnueva.com/old/autores.htm
pérola
23/04/2007 22:46:59 - Concilio I de Toledo. Año 400
...
En la Regla de Fe que figura en esas actas se dice que el concilio se celebró por mandato del papa León (que fue papa entre el 440 y el 461). En el exordio de la Regla de Fe se lee:
Incipit Regula Fidei Catholicae contra omnes haereses, et quam maxime contra Priscilianos, quam, Episcopi Tarraconenses, Carthaginenses, Lusitani et Baetici fecerunt, et cum preceptuo Papae Urbis Romae Leonis ad Balconium, Epicopum Gallaeciae transmiserunt. Ipsi etiam et suprascripta viginti Canonum capitula statuerunt in Concilio Toledano...
Toribio. Año 447
El Obispo de Astorga Toribio recibe el 21 de Julio del año 447 una
carta del papa León, que figura en su epistolario con la nº 93.
Lecciones del oficio litúrgico de Santo Toribio. 447
En ellas se rezaba siguiendo el breviario antiguo de la diócesis de Astorga. En una de las lecciones, al reseñar la vida del santo se dice, después de hablar del Concilio I de Toledo, que el concilio de Gallaecia, cuya organización le fue encomendada al papa León se celebró en municipio celinense.
Esta referencia al Papa León retrasa la elAboración de esta Regla de Fe hasta el año 447, según Hipólito de Sa Bravo. Dice este autor que los obispos de Tarragona, Cartagena, Lusitania y Bética enviaron la Regla de Fe a Balconio, por orden del papa León, y que fue en el año 447 cuando se celebra el II Concilio de Toledo en Celenis, momento en el que se unen las actas de los dos concilios, o mejor dicho las actas del primero y la Regla de fe elAborada en el concilio II de Toledo o simplemente sínodo del año 447, por mandato de la carta que envía el papa León.
Lo entendemos o no lo entendemos.
El Concilio o sólo sínodo se celebra en el 447, cuando el papa León tenía 57 añitos o añazos, según se vea, y al no llegar a acuerdo alguno sobre las desviaciones priscilianistas no se concluye, no hay concilio sólo un amago o intento. Las profesiones de fe, léase mas arriba se redactaron, pero no hay concilio porque no se concluyó, debieron acabar como el rosario de la aurora, las profesiones en las que se condena lo de la interpretación del zodíaco y las matemáticas: matemáticos-astrólogos, intimamente unidos en ese tiempo, se cosen al concilio I de Toledo.
Por eso hay dos versiones según las copias de ese concilio. Las del I de Toledo a secas, y las del que además se le añaden las del II de Toledo o Gallecia o municipio celinensis, que no llegando a acuerdo alguno no se considera concilio, puesto que no hay actas firmadas, lo que no quiere decir que no se hubiese celebrado, pero parece que si se intentó. Entonces, se celebró, parece, parece, y se cosieron las condenas del II al I , y por eso aparece una referencia al papa León en el 447 en un concilio del 400.
¿Se entiende o lo explico de nuevo?
Esa es la controversia de la que doy fe
saludos
Pues no deja de ser curioso que Hidacio guarde silencio al respecto, crecano como estaba a los hechos tempral y geográficamente, además de ser colAborador direct de Toribio para esa época. Me parece un silencio de lo más elocuente.
Saludos
delcampo03 de mayo de 2007Varios temas me vienen a la mente:
1. Dejas bastante claro que ya en el siglo IV hay un poder de los sacerdotes, y yo no estoy del todo seguro de esto. Poder de los obispos sí, de los sacerdotes…
Vemos la evolución del cristianismo de una manera especial los que estamos más relacionados con la arqueología. Y no me estoy refiriendo al cristianismo del Vaticano o el de las sedes episcopales, sino del cristianismo que va cuajando en los grandes señores y que se percibe en sus grandes villas, sobre todo a partir de este siglo IV. En ese cristianismo, como el de El Gatillo o Casa Herrera por poner un ejemplo, ¿qué poder tienen los sacerdotes? ¿Quiénes son los oficiantes en ese cristianismo de las grandes villas? Yo creo que es en este caldo de cultivo donde crece un cristianismo especial, bastante herético si se quiere decir, de raíz más romana o pagana… más culto y menos influenciado por el teatro oficial. De hecho, el Priscilianismo parece que tiene una base social en estos grandes terratenientes con un nivel cultural mayor al cristianismo de los obispos y de las ciudades, en donde el cristianismo parece que estaba más controlado.
Creo que esas acusaciones de maniqueísmo o de influencias de magos orientales no es sino la manifestación de un cultismo o, en todo caso, de un conocimiento que no se basa exclusivamente en un determinado tipo de tradición oral y escrita.
En ese espacio es como se podría relacionar a los priscilianistas con Teodosio, sobre todo si sale adelante la hipótesis de Carranque como villa relacionada con este emperador.
Habría que explorar este mundo y esta reacción prisciliana para hacerse con los obispados, entendiéndola como una reacción de los grandes señores por contrarrestar el creciente poder de los obispos.
2. Cuando el priscilianismo es tratado en los textos, se presenta como algo ya muy configurado que contaba con muchos seguidores. Entiendo que esto es así porque hubo antecedentes a la lAbor de Prisciliano. Aunque se habla siempre de la influencia oriental, tanto pagana, maniqueos, magos, etc…, como cristiana, primeros eremitas, entiendo que el mismo sustrato del paganismo hispánico fue decisivo en el desarrollo de este primer cristianismo. Prisciliano no es ningún inventor ni se sacó un cristianismo de la manga, al contrario, es el heredero que presenta batalla porque tiene tras de sí un gran respaldo. El mismo y sus seguidores quieren rentabilizar políticamente lo que económicamente ya es un hecho y por eso quieren ocupar el nivel que les pertenece. En la vertiente religiosa, ocupando las cátedras, en la vertiente política, accediendo al imperio.
En el fondo, la contradicción priscilianista es muy similar a la cátara y un referente claro: por un lado, un mundo religioso herético que predica el eremitismo y la renuncia, y por otro, un mundo religioso que impregna y está presente en todas las capas del poder civil y económico.
Quizás esas serían las dos preguntas que yo me haría actualmente:
A) Bases del priscilianismo
B) Estructuras de poder del priscilianismo
Esta realidade peculiar de Callaecia será denunciada, máis tarde por San Martiño Dumiense,
quen en torno ó ano 550 chegua a Gallaecia coa intención de reformar a igrexa local, e de converter
ó catolicismo á monarquía sueva (DíAZ 2000). Nomeado no ano 561 bispo de Dumio acodirá ó Concilio
do ano 572 como metropolitano de Bracara, e será ahí onde arremeta contra ós costumes galaicos de
iluminar os cruces dos camiños dicindo:
“ Nam ad petras et ad arbores et ad fontes et per trivia cereolos incendere,
quid est aliud nisi cultura diAbolici?” .
No último tercio do século VI, escoitamos as queixas das autoridades eclesiásticas pola persistencia dun sentimento
alleo a relixión imperante, circunscripto a Gallaecia e que levaba as suas xentes a encender cirios nas encrucilladas.
San Martiño manifesta o carácter relixioso das luminarias nos cruces dos camiños de Gallaecia ó calificalas como
producto dunha cultura diabólica.
Aquí, en este párrafo anterior vemos como san Martiño critica las desviaciones heréticas galaicas. Quizás como dice Delcampo porque se trata de un sincretismo con las tradiciones o manifestaciones de la religiosidad popular, y lo hace sin nombrar al priscilianismo o el intento de algunos obispos galaicos de aunar lo tradicional con la religión del ya desaparecido imperio, cristiano. Lo que quedaba de el, los obispados, como vemos en Celenis, sino querían ser desterrados por " el pueblo" tenían que atender a la religiosidad local.
O eran sincréticos o eran nada. Una de dos. Ante la disyuntiva ...
A ver si me explico. Cuando llega San Martiño, parece que no eran, o no había obispos heréticos, con concilios como el del 400 o el amago del 447....pero con el Dumiense, ese si debió apretar las tuercas, y poner a la línea a todos. Ese si puso orden, ¿verdad?. No se si decirlo...
me lo pienso.
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