Autor: B. Martínez Díaz (CAM)
sábado, 04 de junio de 2005
Sección: Artículos generales
Información publicada por: A.M.Canto
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¿Patrimonio arqueológico vs. desarrollo urbano?
La autora es Jefa del Servicio de Protección del Patrimonio Arqueológico de la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura y Deportes de la Comunidad de Madrid. Reflexiona en este artículo acerca de la "arqueología preventiva" en el marco urbano y sobre cómo, ante la falta de una titulación específica de "Arqueología" en España, la responsabilidad de velar por la profesionalidad de los arqueólogos ha acabado recayendo en las administraciones competentes en Patrimonio Histórico.
La autora es Jefa del Servicio de Protección del Patrimonio Arqueológico de la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura y Deportes de la Comunidad de Madrid. Reflexiona en este artículo acerca de la "arqueología preventiva" en el marco urbano y sobre cómo, ante la falta de una titulación universitaria específica de "Arqueología" en España, la responsabilidad de velar por la profesionalidad de los arqueólogos ha acabado recayendo en las administraciones competentes en Patrimonio Histórico.
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LA ARQUEOLOGÍA PREVENTIVA
Autor | Belén Martínez Díaz
El difícil equilibrio entre protección del Patrimonio Arqueológico y desarrollo urbano
El Patrimonio Arqueológico es la huella de nuestro pasado como seres humanos; en su mayor parte se encuentra dentro y sobre los suelos, formando parte del paisaje. La Comunidad de Madrid *, como otras, sufre una gran presión en la ocupación del territorio. Grandes y pequeñas obras de infraestructuras o de urbanismo se realizan año tras año. Y en ellas, ese Patrimonio Arqueológico aparece y después desaparece**.
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En los últimos 20 años, desde las Comunidades Autónomas se han diseñado y puesto en práctica un conjunto de actividades arqueológicas -conocidas hoy como Arqueología Preventiva- que se destinan a evitar el impacto que sobre los restos del pasado pueden provocar las grandes y pequeñas obras, y a documentar aquellos que van a destruirse por imperativos sociales, económicos o políticos.
Este tipo de Arqueología no tiene una historia muy larga. A su desarrollo ha contribuido la expansión de los núcleos urbanos y la dotación de infraestructuras de carreteras, oleoductos o ferrocarriles. Las Administraciones responsables del Patrimonio Histórico de las Comunidades Autónomas han ido perfeccionando poco a poco estos mecanismos preventivos ante la destrucción masiva que suponen esos grandes movimientos de tierra.
Durante la década de los 80, estas Administraciones se centraron, por un lado, en realizar grandes campañas de prospección para obtener el "Inventario de Yacimientos Arqueológicos" de la región y conocer así dónde se encontraba aquello que había que proteger; por otro lado, organizaron intervenciones "de urgencia" con el fin de "salvar" o "rescatar" los restos afectados por las obras, sin que apenas existieran alternativas de conservación de los yacimientos encontrados en su sitio original.
El marco legal que permitió el desarrollo de esta Arqueología Preventiva se encontraba en la Ley de Patrimonio Histórico Español 16/85, que además de establecer la necesidad de apoyar los mecanismos de protección del Patrimonio Histórico en los de ordenación del territorio, abrió la puerta a la Arqueología Preventiva al incluir el artículo 43: "La Administración podrá ordenar la ejecución de excavaciones o prospecciones arqueológicas. donde se presuma la existencia de yacimientos o restos arqueológicos, paleontológicos o geológicos relacionados con ellos."
Un año después España ingresa en la Comunidad Europea y asume, al hacerlo, una serie de normas que afectan a esta prevención arqueológica. Destaca la directiva sobre Evaluación de Impacto Ambiental en obras públicas, que obliga a incluir los bienes culturales en el Estudio de impacto que la obra produce en el medio. Durante los años 90, casi todas las Comunidades Autónomas aprobaron sus propias leyes de Patrimonio Histórico o Cultural - en la actualidad sólo faltan Murcia, La Rioja y Navarra-. En su mayoría desarrollan esta directiva, además de recoger ideas expresadas en otros documentos internacionales, como el "Convenio Europeo para la protección del Patrimonio Arqueológico (Londres 1969)" del Consejo de Europa (al que España se adhiere en 1975) o su revisión más reciente "Convención Europea para la protección del Patrimonio Arqueológico (La Valetta, 1992)", relacionadas de un modo directo con la Arqueología Preventiva.
A la vez que esto ocurría, España seguía en plena expansión urbanística: generando nuevas infraestructuras, aumentando las concentraciones de población alrededor de las grandes urbes e industrializándose el sector agrícola. El mundo de la construcción, y en consecuencia la destrucción de yacimientos arqueológicos, estaba en pleno apogeo.
Al mismo tiempo, las primeras promociones de especialistas en Arqueología habían salido al mercado lAboral, la calidad de vida mejoraba y en consecuencia, la sensibilización por los bienes culturales crecía; las Comunidades Autónomas, mucho más cercanas al territorio que la centralizada, asumieron con energía y entusiasmo, la responsabilidad de gestionar el Patrimonio Arqueológico de sus suelos, enfrentándose a la ausencia de recursos, de presupuesto, de modelos válidos o contrastados, y construyéndolos.
Este caldo de cultivo posibilitó que en los 90 comenzara el desarrollo de la Arqueología Preventiva, con muchos puntos en común pero con personalidad propia en cada Comunidad Autónoma.
La evidente necesidad de conservar algunos de los yacimientos afectados por las obras - no solo de documentarlos antes de su destrucción- provocó el desarrollo de un conjunto de técnicas de protección, amparadas en la legislación que se iba aprobando, que se utilizaban tanto en yacimientos conocidos que corrieran peligro, como en aquellos otros sitios arqueológicos de los que tan sólo se presumía su existencia.
Hoy se sabe y se asume que la unión de los mecanismos legales de Patrimonio Histórico, de Suelo y de Medio Ambiente, permite planificar la protección de los restos arqueológicos y, con ello, un ejercicio más eficaz de la Arqueología Preventiva. Así, cada vez se consigue conservar más restos arqueológicos en posición original, modificando trazados o conservados bajo las edificaciones; no obstante, sigue siendo mucho más lo que se excava y se destruye que lo que se conserva en su sitio.
Así, el gran reto de hoy es conocer el Patrimonio Arqueológico antes de que se planifique el suelo en el que se encuentra, manejar la información patrimonial con suficiente antelación como para tener capacidad de decisión. Sólo así se podrá evitar la intervención e introducir en el planeamiento, en el momento oportuno, su conservación y puesta en valor.
En España la Arqueología no es, por ahora, una profesión titulada. Su enseñanza se realiza a través de una serie de materias ofrecidas en las titulaciones universitarias de Historia y de Humanidades, desde Departamentos de Arqueología y de Prehistoria de 34 universidades públicas repartidas por todo el Estado.
Para superar esta situación de la profesión, las normas de protección del Patrimonio Histórico han incorporado la necesidad de garantizar la idoneidad y calidad de quienes elAboren los Proyectos de intervención arqueológica. De esta manera, la responsabilidad de velar por la profesionalidad, no recae en la Universidad o en los Colegios Profesionales, sino en la Administración competente en Patrimonio Histórico.
Desde 1984, ha habido diversas iniciativas para el reconocimiento de la Arqueología como profesión, promovidas por Asociaciones Profesionales de Arqueología y por los gobiernos regionales. Además de la licenciatura en Humanidades o Historia, para considerar a una persona especialista en Arqueología, las principales exigencias se refieren a la experiencia en trabajos de campo o lAboratorio (especialidades históricas, duración de estos trabajos, dibujo de cerámicas, etc.) y en las publicaciones científicas realizadas.
A pesar de estos esfuerzos por definir la profesión, existe una cierta confusión social en cuanto a su significado. Así, aparecen dos visiones principales sobre la Arqueología: por una parte se confunde con otras materias y especialidades, tales como la Paleontología, Geología o Espeleología, y por otra, aún más desafortunada y extendida, se la une a conceptos como aventura, afición, diletantismo o misterio, muy apoyados por las imágenes cinematográficas y la visión anticuarista de la ciencia, que poco tienen que ver con la realidad cotidiana de la profesión.
El ejercicio libre de la profesión arqueológica, comprende hoy el mayor número de especialistas. Estas personas son las que llevan a cAbo las intervenciones arqueológicas motivadas por las afecciones que las obras o distintas construcciones tienen sobre los yacimientos, por encargo de promotoras, constructoras, estudios de arquitectura o los propietarios del suelo. Es decir, se dedican exclusivamente a las intervenciones preventivas y trabajan, bien como autónomos/ as o bien constituyéndose en empresas arqueológicas.
En este cuadro [cf. la imagen contigua] se puede ver que del número total de intervenciones arqueológicas realizadas en la Comunidad de Madrid en los años 2002 y 2003, las intervenciones promovidas por obras alcanzan el 99% y 98% respectivamente.
En lo que se refiere a este último colectivo, a veces trabajan directamente para los clientes de modo directo, o bien lo hacen subcontratados por otras empresas de Arqueología. Así, el mayor mercado directo de trabajo para tales profesionales es consecuencia de las obras de menor envergadura (p.e., en solares de ciudades).
Por su parte, las empresas de Arqueología - que rondan entre los dos y los 10 miembros en plantilla- son pequeñas organizaciones que compiten por realizar las intervenciones arqueológicas correspondientes a las grandes obras de infraestructuras.
Aunque estas son las formas más comunes del ejercicio de la profesión, conforme ésta se ha ido asentando, se han diversificado las figuras legales utilizadas. Así, existen por ejemplo empresas dedicadas a la realización de trabajos medioambientales que cuentan con plantilla de especialistas en Arqueología. Igualmente, la propia Administración, escasa en recursos humanos para supervisar todas las lAbores relacionadas con la Arqueología preventiva, también contrata a profesionales libres para que colAboren con ella en el control de la actividad arqueológica (por ejemplo, coordinando y supervisando los estudios que se generan por una gran obra de infraestructura que se está desarrollando por tramos, y en cada tramo de su ejecución, trabajan distintas empresas de Arqueología).
En los planes de estudio de nuestras Universidades no se contempla apenas la formación en Arqueología preventiva, de manera que los y las recién tituladas deben formarse en el libre mercado para poder ejercitar su profesión una vez terminada la carrera. Desafortunadamente, ello facilita que se den situaciones de precariedad lAboral.
Este tipo de Arqueología es percibida por la sociedad, en la mayoría de los casos, como una traba más que pone la Administración pública antes de realizar una obra.
El gran reto que se plantean las Administraciones competentes, es doble; por un lado hay que llegar a conocer el Patrimonio Arqueológico antes de que se planifique el suelo en el que se encuentra, sólo así se podrá evitar la intervención e introducir en el planeamiento, en el momento oportuno, su conservación y puesta en valor. Por otro lado, la propia sociedad, a través de la educación y la información, ha de asumir una actitud positiva frente a la conservación de los restos del pasado y no ver en ella una carga impuesta sino un valor añadido.
Hoy (2005), en muchas Comunidades Autónomas se trabaja en estas líneas, aunque con grandes diferencias entre unas y otras. Pasarán todavía años antes de que estas nuevas técnicas se consoliden y pueda calibrarse su verdadera validez.
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Fuente: Análisis madri+d 02/06/05
http://www.madrimasd.org/
* El link en “Comunidad de Madrid” lleva a la página de la Dirección Gral. del ramo de la CAM.
http://www.madrid.org/dgpha/patrimonio_arqueologico/patrim_paleon.htm
** El link en “aparece y desaparece” lleva a: http://www.elmundo.es/elmundo/2005/04/23/cultura/1114241969.html
Es una noticia sobre la desarticulación de una red de falsificadores, expoliadores y traficantes, que fue objeto de un artículo aquí en el mes de abril pasado: http://www.celtiberia.net/articulo.asp?id=1259
Cf. además "Arqueología industrial en la CM": http://www.madrimasd.org/cienciaysociedad/patrimonio/rutas/arqueologia/default.asp
Más informacióen en: http://www.madrimasd.org/
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ADIÓS AL YACIMIENTO DE LA PLAZA DE LA ENCARNACIÓN (SEVILLA)
Esta noticia, aparecida hoy mismo, para algunos pudiera tener cierta relación con lo que comentaba en mi mensaje del día 5.
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HABRÁ DESTRUCCIÓN PARCIAL DE LOS RESTOS ARQUEOLÓGICOS
La ejecución del proyecto Metropol Parasol en el solar de la Encarnación implicará la destrucción parcial del yacimiento arqueológico excavado, a la sazón el más relevante, por extensión y calidad de los restos, documentado hasta la fecha en Sevilla de su pasado romano.
La cimentación de los hongos que singularizan el diseño del alemán Jürgen Mayer obligará a cortar las estructuras romanas emergentes con hilo de diamante para su posterior traslado mientras se prolonguen las obras. Una vez erigidos los cimientos, dichas estructuras serán devueltas a su cota original –sólo en algunos casos habrá de alterarse mínimamente la cota, se señala–, pero no todas serán repuestas. Se estima que cada pozo (y habrá nueve) requerirá de un vacío arqueológico de unos 25 metros de perímetro, espacio imprescindible tanto para poder introducir la maquinaria que realizará la cimentación como para la ejecución del dado de hormigón sobre el que descansarán los hongos.
De este perímetro, se calcula que se perderá irremisiblemente en torno a un 10 ó 12 por ciento de los vestigios. Realidad que los responsables políticos tanto de Urbanismo como de la Consejería de Cultura, amén del arqueólogo director de los trabajos, Fernando Amores, se han afanado en minimizar señalando que se ha ajustado el diseño de la cimentación al objeto de afectar lo menos posible y, en todo caso, sacrificando las partes "de menor interés o valor desde el punto de vista patrimonial".
Estos planes, que cuentan con el visto bueno de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, chocan sin embargo frontalmente con lo que en 2003 dictaminó la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico, cuya presidenta y entonces delegada provincial, María Isabel Montaño, impuso al Ayuntamiento de Sevilla, propietario del solar, con fecha de 24 de junio de 2003, la total conservación del yacimiento histórico aparecido a resultas de su "relevancia científica excepcional". De hecho, tal calificación obligó a remodelar el proyecto previsto, que contemplaba la ejecución de varias plantas subterráneas dedicadas a aparcamiento.
En puridad, el visto bueno dado recientemente por Cultura debe entenderse como una vulneración de lo acordado con anterioridad, algo en lo que ha pesado como una losa la decantación del Ayuntamiento por un proyecto rompedor que ya sobre el papel planteaba fricciones con el mandamiento de la conservación en extensión del yacimiento arqueológico.
Ante la política de hechos consumados impuesta por el Consistorio, la Junta se ha visto Abocada a suavizar su conservacionismo y a dar marcha atrás, poniendo en crisis el criterio de la Comisión de Patrimonio. Aún así, Bienes Culturales deberá valorar el proyecto arquitectónico en todo conjunto y su impacto visual en el entorno, cuestión harto peliaguda y generadora de tensiones.
Fuente:
http://www.diariodesevilla.com/diariodesevilla/articulo.asp?idart=1408616&idcat=1168
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Posted by M. ADR. COMPLVTENSIS to COMMENTARIOLA HISPANIAE at 6/8/2005 08:46:00 AM
Revista Terrae Antiqvae. Editor José Luis Santos: http://www.terraeantiqvae.com
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Debo añadir: ¿Parece o no una vergüenza, y en parte cuestión de personas? La conservación del Patrimonio en España muchas veces no parece depender de criterios sólidos, que da igual quién aplique, ni tampoco de la importancia o rareza del propio patrimonio, sino de que éste tenga la suerte de disponer de las personas adecuadas y dispuestas para su defensa, no importa qué o quién se les ponga enfrente...
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