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viernes, 04 de enero de 2008
Sección: De los pueblos de Celtiberia
Información publicada por: DelaCarpetania
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El teatro romano de Sagunto deberá volver a su estado original
El teatro romano, de la ciudad de Sagunto, volverá a su estado original antes de las obras de reconstrucción.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado el plazo de dieciocho meses para que se ejecuten las obras de reversión del Teatro Romano de Sagunto dictadas en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) de abril de 2003.
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"La posición oficial de los
arquitectos -en la línea de lo ya expresado a Levante-EMV por el
presidente del Consejo de Colegios de España, Carlos Hernández Pezzi-
es ganar tiempo, que los actores en el proceso se avengan a dilatar la
ejecución de la sentencia hasta que se cambie la ley de Patrimonio
estatal (de 1985) de forma que la intervención en Sagunt no sea ya
ilegal [sic] y se pueda solicitar al tribunal que deje sin efecto la
ejecución de la sentencia."
(Declaraciones de D. Juan Castillo Carpio, decano del Colegio de Arquitectos de la Comunitat Valenciana, aquí)
Parece mentira que personas preparadas puedan afirmar estas cosas (a Pezzi no se lo he leído), y que otras se las crean.
El principio de irretroactividad de las leyes,
mencionado ya entre los griegos, se fijó en el Derecho Romano para
siempre, entre otras por la conocida como "Regla Teodosiana" de
Teodosio II, del año 440 («Leges et constitutiones futuris certum est dare formam negotiis, non
ad facta praeterita revocari, nisi nominatim de praeterito tempore, et
adhuc pendentibus negotiis cautum sit»), fundada a su vez en una norma de su abuelo Teodosio el Grande ("omnia constituta non praeteritis calumniam faciunt, sed futuris regulam ponunt... omnes leges non ea, quae anteriore tempore acta sunt, damnant, sed in futurum obServanda constituunt"), y prácticamente desde entonces es de universal aplicación en todos los sistemas legales del mundo. Por el mismo principio de irretroactividad, como ya comenté (#22), pero aplicado a la inversa, es imposible revertir restauraciones abusivas hechas antes de la ley de 1985.
Y eso es así porque las sociedades, y el hombre mismo, necesitan seguridad jurídica, y que se sepa que los actos, propios o de los demás, tienen determinadas consecuencias. Si no, quedaríamos a merced de las mayores arbitrariedades, y no en este campo, sino en todos.
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